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El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014 516729 de Fiscalización o Rectifi cación de la Declaración Jurada, siempre y cuando dichos montos sean cancelados dentro de los veinte (20) días hábiles siguientes a la notifi cación del Acto de Conclusión del Proceso (Resolución de Determinación); previa presentación de la Declaración Jurada de Impuesto Predial d) En caso que la deuda generada sea fraccionada, siempre que las cuotas del fraccionamiento no excedan en doce (12); dicho descuento de intereses será del 100% previa presentación de la Declaración Jurada de Impuesto Predial. e) Condonación del 100% de las Multas Tributarias como consecuencia del proceso de Fiscalización o Rectifi cación de la Declaración Jurada Artículo 3º.- Deuda generada por presentación de declaración jurada por omisión o rectifi cación Los benefi cios contenidos en el artículo 2º de la presente Ordenanza alcanzan a las declaraciones juradas voluntarias presentadas por los contribuyentes omisos y a las declaraciones que rectifi can la base imponible, únicamente respecto al monto incrementado sobre la deuda determinada. Esta medida no se aplica a la deuda pendiente. Artículo 4º.- El acogimiento a los benefi cios establecidos en la presente norma: a) Constituye expreso reconocimiento de la deuda, por lo que no podrán presentarse futuras reclamaciones y/o devoluciones por tales conceptos; no obstante ello, en caso de presentarse estas, deberá entenderse que el recurrente hace renuncia a los benefi cios obtenidos. b) Dejar sin efecto los valores de cobranza y las costas procesales, que se hubieren emitido por tales conceptos Artículo 5º.- Reconocimiento de deuda • El pago al contado o fraccionado de las deudas tributarias y no tributarias con los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, implica el reconocimiento de las mismas; por lo que el contribuyente y/o administrado deberá presentar el desistimiento por escrito de los recursos administrativos y/o tributarios que haya interpuesto respecto a la deuda materia de cancelación de acuerdo a lo establecido en la presente Ordenanza. • Asimismo cuando la deuda o el procedimiento para su recuperación, se encuentre impugnado ante la Entidad Municipal vía de Reclamación o ante el Tribunal Fiscal a través de Recurso de Apelación y/o Queja, para acogerse a los benefi cios, deberán presentar copia del cargo del escrito de Desistimiento presentado ante la respectiva Entidad que corresponda con las formalidades exigidas según el caso, la misma que deberá contar con la aprobación de la instancia correspondiente, de ser el caso. • Los pagos realizados con anterioridad a la presente norma, no dan derecho a devolución o compensación Artículo 6º.- Cobranza coactiva en trámite Las deudas que se encuentren en la etapa de ejecución coactiva con medidas cautelares efectivizadas, no gozarán de los benefi cios previstos en la presente Ordenanza. Artículo 7º.- Vigencia de la presente Ordenanza La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera.- Constitúyase para los fi nes de la presente Ordenanza, el Programa “Regulariza 2014“por el cual se otorga a los contribuyentes del distrito que regularicen el defecto de sus declaraciones juradas sean por omisión o rectifi cación de las mismas, la condonación de las multas tributarias producto de sus declaraciones presentadas durante la vigencia del mismo, así como los benefi cios establecidos en el Artículo 1º de la presente Ordenanza. Segunda.- Deróguese o déjese sin efecto todas las normas o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- Facúltese al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza Cuarta.-. Se establece el plazo de vigencia del Programa “Regulariza 2014“ a partir del día siguiente de su publicación hasta el 30 de mayo del presente ejercicio. Quinta.- Encargar la ejecución del Programa “Regulariza 2014“ a la Gerencia de Rentas, a través de las Subgerencias de Administración y Recaudación Tributaria y Fiscalización Tributaria; Subgerencia de Informática y Estadística, Subgerencia de Imagen y Participación Vecinal y a Secretaría General, la difusión de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RICARDO CASTRO SIERRA Alcalde 1049187-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan viaje de funcionarios a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL Nº 007-2014-MPC Cusco, 30 de enero de 2014. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DEL CUSCO CONSIDERANDO: Que, según lo dispuesto por el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local, las mismas que cuentan con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía según el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante correo electrónico suscrito por el señor Ellis J. Juan, Coordinador General de Emerging and Sustainable Cities Initiative (ESCI), de fecha 15 de enero de 2014, invita al señor Alcalde de la Municipalidad del Cusco, a participar en el taller “Programa de Fortalecimiento de capacidades para Equipos de la Iniciativa de Ciudades Emergentes y Sostenibles”, organizado por ESCI y el Sector de Conocimiento y Aprendizaje del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a llevarse a cabo los días 4 al 6 de febrero de 2014, en la ciudad de Bogotá, Colombia; Que, en el documento mencionado líneas arriba, el señor Ellis J. Juan, Coordinador General de Emerging and Sustainable Cities Initiative (ESCI), precisa que como organizadores del evento cubrirán los gastos de pasajes Cusco – Bogotá – Cusco, alojamiento de los participantes, así como comidas, cafés y aperitivos de los días del taller, es decir del días 4 al 6 de febrero de 2014; Que, la Directora de la Ofi cina de Fomento Municipal y Cooperación Técnica, mediante Informe Nº 004 – FMCT – MPC – 2014, opina por la procedencia de la aprobación de la participación en el “Programa de Fortalecimiento de capacidades para Equipos de la Iniciativa de Ciudades Emergentes y Sostenibles”, a desarrollarse los días 4 al 6 de febrero de 2014, en la ciudad de Bogotá, Colombia, de los funcionarios que se detalla: - Ing. Joel Darío Zamalloa Jordán, Gerente de Infraestructura, - Arq. Irina Araujo Rondón, Gerenta de Tránsito, Vialidad y Transportes y,