Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2014 (13/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014

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Articulo 3º.- Las parejas contrayentes podran inscribirse para el Matrimonio Civil Comunitario hasta el 04 de Febrero del 2014 para el matrimonio Civil Comunitario del 14 de Febrero y desde el 12 de MORDAZA hasta el 10 Junio para Matrimonio Civil Comunitario del 20 Junio del 2014, plazo en el que vencera la MORDAZA de expedientes matrimoniales. Articulo 4º.- Las parejas interesadas en contraer Matrimonio Civil Comunitario, deberan cumplir con presentar los siguientes documentos: a. Partida de Nacimiento original de cada uno de los contrayentes o, en su defecto la respectiva Dispensa Judicial. b. Original y MORDAZA de los documentos de Identidad de cada uno de los contrayentes. c. Declaracion Jurada del domicilio de cada uno de los contrayentes, segun formato. d. Certificado Medico. e. Recibo de Pago por el derecho de celebracion del Matrimonio, debidamente cancelado. f. Dos (02) testigos mayores de edad, por cada contrayente, adjuntando MORDAZA de sus documentos de identidad. En caso de contrayentes viudos o divorciados, ademas deberan presentar: a. Partida original de Defuncion o Partida de Matrimonio con la respectiva Acta de Disolucion en anotacion marginal, segun sea el caso. b. Declaracion Jurada legalizada ante Notario Publico, que acredite tener o no la administracion de los bienes de hijos habidos en anterior matrimonio. Articulo 5º.- Ordenese a la Unidad de Registro Civil la publicacion de la relacion de las parejas que contraeran Matrimonio Civil en la referida fecha, durante ocho (08) dias en el periodico mural de la Municipalidad y a la Sub Gerencia de Informatica en la pagina Web de la Municipalidad. Articulo 6º.- Encargar a la Secretaria General del Concejo y la Unidad de Registro Civil el cabal cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 1049528-1

pretension, a efectos de acceder al presente beneficio. Articulo 11º.- Facultar al senor MORDAZA para que mediante Decreto pueda ampliar el plazo, reglamentar y dictar medidas complementarias para el cumplimiento de los alcances de la presente Ordenanza. Articulo 12º.- Dejese sin efecto la cobranza de deudas pendientes correspondiente a Arbitrios Municipales anteriores y hasta el ano 2004, en aplicacion a lo dispuesto por el Tribunal Constitucional. Articulo 13º.- Encarguese a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Informatica, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva el fiel cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional la difusion de la presente. Articulo 14º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia el dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 1049524-1

Autorizan la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario 2014
ORDENANZA Nº 250-MDCH Chorrillos, 25 de enero del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS Visto, en Sesion Ordinaria del Concejo de fecha 25 de Enero del 2014; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado y la Constitucion protegen a la familia, promueven el Matrimonio, reconociendoseles como Institutos Naturales y Fundamentales de la Sociedad, al MORDAZA de lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Codigo Civil en su Art. 233º establece que la regulacion juridica de la familia, tiene por finalidad contribuir a su consolidacion y fortalecimiento, en MORDAZA con los principios y normas proclamados en la Constitucion Politica del Peru. Que, existen en el Distrito de Chorrillos, numerosas parejas que viven en union de hecho y que desean formalizar su Estado Civil, contrayendo Matrimonio. Que, proteger a la familia y promover el matrimonio como Institucion Natural y Fundamental de la Sociedad cautelando su legalidad y seguridad juridica, es deber que los gobiernos locales tienen, Que, la Oficina de Registro Civil ha recomendado celebrar el Matrimonio Civil Comunitario con ocasion de celebrarse el dia de San MORDAZA, el 192º Aniversario de la Inmolacion del MORDAZA MORDAZA MORDAZA Balandra, resultando pertinente autorizar la celebracion por dicha fecha, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitario organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion. Que, estando a lo MORDAZA expuesto, a lo establecido en el Libro de Familia, Arts. 233º, 234º y 248º del Codigo Civil, a las facultades conferidas al Concejo en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972, Art. 9º, el Concejo Municipal, aprobo por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA CELEBRACION DEL MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Articulo 1º.- Autorizar la celebracion del Matrimonio Civil Comunitario a realizarse los dias 14 de Febrero y 20 de Junio del 2014, asimismo brindar apoyo en los Matrimonios Comunitarios organizado por las diferentes Parroquias de nuestra Jurisdiccion Articulo 2º.- Establezcase por derecho de celebracion de Matrimonio Civil Comunitario, descrito en el Articulo precedente, un unico pago ascendente a la suma de S/. 69.66 (SESENTA Y NUEVE 66/100 NUEVOS SOLES).

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Modifican Reglamento de Organizacion y Funciones - ROF de la Municipalidad
ORDENANZA N° 362-MSI San MORDAZA, 5 de febrero de 2014 EL MORDAZA DISTRITAL DE SAN MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA En Sesion Extraordinaria del Concejo N° 04 de la fecha; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el articulo 194° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley N° 27680, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; Que, la autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la

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