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El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014 516718 En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Michell Milton Harold Moreno Gordillo con matrícula número N-4190, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Personas, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1049463-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS Aprueban el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modificado del Hospital Regional “Virgen de Fátima” ORDENANZA REGIONAL Nº 341 GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS POR CUANTO; El Consejo Regional de la Región Amazonas, de conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú de 1993 modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización, Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales Ley 27867 y sus modifi catorias, en Sesión Ordinaria de fecha 08 de enero del 2014, ha aprobado por unanimidad la presente Ordenanza Regional; CONSIDERANDO: Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867,modifi cada por la Ley Nº 27902, establece y norma la estructura, organización, competencias y funciones de los Gobiernos Regionales; defi ne la organización democrática, descentralizada y desconcentrada de los Gobiernos Regionales, conforme a la Constitución Política del Estado y a la Ley de Bases de la Descentralización. Que, el Artículo 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señala como una de las atribuciones del Consejo Regional: “Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; contexto en el cual se encuentra facultado para aprobar los documentos de gestión, entre otros, de la Sede y Dependencias Públicas del Gobierno Regional, en concordancia con el Art. 38º del mencionado cuerpo normativo que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y la administración del Gobierno Regional, son aprobadas por el Consejo Regional y promulgadas por la Presidencia Regional; Que, la Dirección Regional de Salud Amazonas, ha tramitado ante el Gobierno Regional, la propuesta del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) reformulado del Hospital Regional Virgen de Fátima, para su aprobación, de conformidad a las normas legales vigentes; el mismo que luego de ser evaluado por el Consejo Regional, se ha determinado que su modifi cación obedece a la necesidad de optimizar la organización de los servicios, reduciendo las barreras de acceso a los mismos, para asegurar una atención integral y de calidad a todos los usuarios, ampliando la capacidad operativa del Hospital Regional, atendiendo a la creciente demanda a nivel de la Región Amazonas, para lo cual se ha planteado la transferencia de funciones, procesos y procedimiento técnico-administrativos a fi n de que obedezcan a las nuevas situaciones estructurales y funcionales planteadas; así como a la implementación de mecanismos de participación y transparencia en la toma de decisiones que coadyuven a un mejor funcionamiento del hospital; además de redefi nir los órganos de asesoramiento y de línea, adecuándolos a la normatividad vigente, a fi n de optimizar el proceso de transferencias de competencias y funciones, recursos y proyectos; en conclusión atendiendo a los cambios estructurales y funcionales del Hospital Regional Virgen de Fátima, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de dicho establecimiento, ha sido actualizado según la normatividad legal del D.S. Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública. Que, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), es un documento técnico normativo de Gestión Institucional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad, orientado al esfuerzo institucional y el logro de la misión, visión y objetivos, contiene las funciones generales y compartidas, así como las funciones específi cas de los Órganos y Unidades Orgánicas, estableciendo sus atribuciones y responsabilidades en el marco de las normas legales respectivas vigentes. Que, considerando que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) reformulado del Hospital Regional Virgen de Fátima, cumple con los requisitos que exigen las normas, cuenta con el sustento legal y técnico de las áreas responsables de dicha dependencia; con la opinión técnica y legal favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional e Informática y de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica respectivamente, así como con el Dictamen favorable de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional, es procedente su aprobación mediante la norma regional correspondiente. Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria de Consejo Regional Nº 001-2014, mediante Acuerdo de Consejo Regional Nº 001 de fecha 09 de enero del 2014, contando con el voto unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y sus modifi catorias Nº 28968 y 29053 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Se ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) modifi cado del Hospital Regional “Virgen de Fátima”, que en un anillado con 63 folios, más 37 folios adicionales de sustento técnico y legal, forma parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- DERÓGUESE toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, tramite la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial El Peruano y disponer su inclusión en el portal electrónico del Gobierno Regional. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Amazonas, para su promulgación. En Chachapoyas, a los 10 días del mes de enero del 2014. PEDRO PABLO VELA VELARDE Presidente Consejo Regional de Amazonas