Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2014 (13/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 13 de febrero de 2014

516723
PERIODOS HORARIOS

PLAYAS

ESPACIOS HABILITADOS 60 100 45 50 165

amarillas con el lema "ZONAS DE SEGURIDAD" en color amarillo. Zonas Reservadas.- Areas de la via publica delimitadas por la Autoridad Municipal para el parqueo exclusivo de un beneficiario. Se distingue por el pintado similar a las zonas de seguridad con el lema "ZONA RESERVADA", igualmente pintado de color amarillo. ESTRUCTURA DE COSTOS-ESTIMACION INGRESOS E INFORME TECNICO: DE

LA HERRADURA AGUA MORDAZA I LA HERRADURA AGUA MORDAZA I MORDAZA

03 DE DICIEMBRE 2013 AL 31 DE MARZO 2014

08:00 A 24:00 Horas

01 DE MORDAZA AL 01 DE DICIEMBRE 2014 03 DE DICIEMBRE 2013 AL 31 DE MARZO 2014

08:00 A 24:00 Horas

08:00 A 18:00 Horas

RENDIMIENTO DEL TRIBUTO: Articulo 10º.- El rendimiento de la Tasa por Estacionamiento Vehicular constituyente ingreso tributario de la Municipalidad de Chorrillos, cuyo monto sera destinado a la administracion y mantenimiento de dicho servicio. SENALIZACION DE LOS ESPACIOS DE ESTACIONAMIENTO Y TRANSPARENCIA EN EL COBRO DE LA TASA: Articulo 11º.- La Municipalidad senalizara los espacios sujetos al pago de la tasa por estacionamiento temporal vehicular. A efectos de dotar de transparencia al cobro de la tasa de estacionamiento temporal vehicular, la Municipalidad publicitara en lugares visibles de la MORDAZA de estacionamiento la siguiente informacion relacionada con la denominacion y numero de la presente Ordenanza, el Acuerdo de Concejo de MML que la ratifica, el monto de la tasa aprobada, el tiempo de tolerancia, la unidad de medida de tiempo, el horario de cobro para el uso de los estacionamientos, el numero de espacios habilitados en la MORDAZA, el significado del color de las zonas senalizadas, entre otros aspectos relevantes. La Municipalidad dispondra las medidas pertinentes a efectos de que la informacion MORDAZA mencionada sea consignada en los boletos o comprobantes de pago de la tasa que se emitan en las zonas aledanas de las playas del distrito. INAFECTACIONES AL PAGO DE LA TASA Articulo 12º.- Se encuentran inafecto al pago de la tasa de estacionamiento vehicular Temporal, los conductores de los vehiculos oficiales en cumplimiento de sus funciones que de acuerdo a ley les corresponda o realicen labores propias de su actividad y que MORDAZA de propiedad de: a) El Cuerpo General de Bomberos del Peru. b) Las Fuerzas Armadas c) La Policia Nacional del Peru. d) Ambulancias en general e) Vehiculos oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local f) Vehiculos estacionados en zonas reservadas para su categoria o actividad publica, segun autorizacion municipal. LUGARES DONDE SE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR: PROHIBE EL

Articulo 14º.- En cumplimiento de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 739, forma parte integrante de la presente Ordenanza Informe Tecnico, los MORDAZA que sustentan la estructura de costo y la estimacion de ingresos del servicio de estacionamiento vehicular. Articulo 15º.- Se encarga a la Gerencia Municipal, a traves de la Division de Desarrollo MORDAZA y la Division de Comercializacion y Mercados, en lo que fuera de su competencia, la administracion y supervision del servicio. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facultese al senor MORDAZA a fin de que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones que fueran necesarias para el logro de la Adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- Deroguense y dejense sin efecto la Ordenanza No. 221-MDCH, Ord. 229-MDCH en sus Articulos 8 y 9 y toda MORDAZA que se oponga a la presente Ordenanza. Tercera.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA que la ratifique. Cuarta.- Precisar que la exigibilidad de la tasa senalada en el articulo 7º y 9º entrara en vigencia una vez que se MORDAZA cumplido con publicar el texto integro de la Ordenanza y del Acuerdo del Concejo Metropolitano que la ratifica. Quinta.- La informacion de la Ordenanza conforme lo previsto en el ultimo parrafo del Articulo 19º de la Ordenanza Nº 1533, se puede encontrar en la pagina Web. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 1049538-1

Modifican la Ordenanza que aprueba la tasa por Estacionamiento vehicular temporal en las playas del distrito
ORDENANZA Nº 246-2013-MDCH Chorrillos, 30 de noviembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS POR CUANTO: El Concejo Distrital de Chorrillos en Sesion Ordinaria de fecha 30 de Noviembre del 2013, CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, las Municipalidades Provinciales, Distritales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Que, el Articulo 195º de la MORDAZA constitucional, establece que los gobiernos locales promueven el Desarrollo y la economia local, la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad en MORDAZA con las politicas y planes nacionales de desarrollo. Que, el Concejo Municipal cumple su funcion normativa, entre otros mecanismos, a traves de las

Articulo 13º.- Se prohibe el estacionamiento en zonas rigidas, zonas de seguridad y zonas reservadas. Entiendase por: Zonas Rigidas.- Areas de la via publica en las que se prohibe el estacionamiento de vehiculos. Se distingue por el pintado de sardineles en color amarillo. Zonas de Seguridad.- Areas de la via publica en las que se prohibe el estacionamiento sobre paro de los vehiculos. Se distingue por el pintado de lineas

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