Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (14/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 13

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014 516743 del sector agricultura y riego, que incluye lo forestal y de reforestación, con enfoque en la inclusión de las familias menos favorecidas dentro del ámbito de las provincias del Datem del Marañón, Alto Amazonas y Loreto, en el departamento de Loreto, y Condorcanqui, en el departamento de Amazonas; Que, el artículo 8 del Decreto Supremo citado en el considerando precedente dispone que, el Ministerio de Agricultura y Riego aprobará mediante Resolución Ministerial, el Manual de Operaciones del PEDAMAALC, en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del referido Decreto Supremo; Que, de acuerdo a lo previsto en los artículos 4 y 36 de los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, aprobados por Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, los Programas y Proyectos contarán con un Manual de Operaciones que defi na sus funciones, y de ser el caso, su estructura orgánica; Que, por Resolución Ministerial Nº 0302-2011-AG se dictan las disposiciones para la aprobación de los Manuales de Operaciones de los Programas y Proyectos Especiales adscritos a este Ministerio; Que, en consecuencia, es necesario aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Datem del Marañón - Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui”, a efectos de establecer las funciones y estructura orgánica que al mismo corresponden; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modifi cado por la Ley Nº 30048; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; el Decreto Supremo Nº 043- 2006-PCM, el Decreto Supremo Nº 010-2013-MINAGRI y la Resolución Ministerial Nº 0302-2011-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto Especial “Datem del Marañón - Alto Amazonas - Loreto - Condorcanqui”, PEDAMAALC, adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego, que consta de cinco (05) Títulos y un (01) Anexo, y forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano, y en la misma fecha, publicar dicha Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob. pe) y el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) conjuntamente con el Manual de Operaciones aprobado por el artículo 1 de esta Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura y Riego 1049748-2 Designan Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra - Centro Sur RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0060-2014-MINAGRI Lima, 12 de febrero de 2014 VISTO: El Ofi cio N° 004-2014-MINAGRI-PESCS-C.D./P. del Presidente del Consejo Directivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0196-2012- AG de fecha 08 de junio de 2012, se designó a la señora Juana Aide Huancahuari Paucar, como Directora Ejecutiva del Proyecto Especial Sierra - Centro Sur, siendo necesario dar por concluida la citada designación; Que, el literal c) del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 011-2008-AG modifi cado por el Decreto Supremo Nº 002- 2012-AG, señala que la designación del Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra - Centro Sur, la efectuará el REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN