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El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014 516759 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Decreto Supremo que declara de interés nacional la realización del “I Foro Internacional de Mujeres Líderes de los Países ASPA” DECRETO SUPREMO Nº 001-2014-MIMP EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Perú es un país miembro de la “Cumbre América del Sur y de los Países Árabes – ASPA”, foro importante en el ámbito de la economía, cultura, educación, ciencia y tecnología, preservación del medio ambiente, turismo y otros temas relevantes para el desarrollo sustentable y contribuir a la paz mundial de los países de la Liga Árabe y del UNASUR, que lo conforman; Que, mediante Resoluciones Supremas Nº 002-2012- RE y Nº 156-2012-RE se declaró de interés nacional la realización de la III Cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno del Foro América del Sur - Países Árabes (ASPA), así como también las actividades y eventos relacionados con dicho evento, y que tengan lugar antes, durante y después de la citada Cumbre, la cual se llevó a cabo en el transcurso del cuarto trimestre de 2012; Que, el 2 de octubre de 2012, en Lima, Perú, los Jefes de Estado y de Gobierno de América del Sur y Países Árabes, reunidos en la III Cumbre ASPA tomaron nota con satisfacción de las actividades y logros que han tenido lugar desde la II Cumbre ASPA en Doha, Qatar, y reafi rmaron su compromiso sobre la necesidad de desarrollar aún más las relaciones birregionales y consolidar ASPA, por ello, con el fi n de desarrollar las actividades futuras de ASPA, a través de la “Declaración de Lima”, acordaron, entre otros aspectos, como Punto 7: Cooperación en Materia Social y de Desarrollo, la organización de un foro ASPA con la participación de mujeres en puestos importantes de gobierno, incluyendo miembros de los Parlamentos, con el propósito de fomentar el entendimiento mutuo a través del intercambio de experiencias con miras a fortalecer los roles de las mujeres en los ámbitos políticos, sociales y económicos y acoger favorablemente la invitación del Perú de constituirse como anfi trión del citado evento; Que, con la Centésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se dispone autorizar, excepcionalmente hasta el 31 de abril de 2014, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a utilizar el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía previsto en el Decreto Legislativo 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo 184-2008-EF, en todas aquellas contrataciones que resulten necesarias para la organización del I Foro Internacional de Mujeres Líderes de los Países ASPA, siempre que los valores referenciales no excedan los TRESCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 300 000,00); Que, el citado Foro es un evento de carácter internacional que reunirá mujeres que ocupan puestos importantes en los Gobiernos y Parlamentos de América del Sur y Países Árabes, así como de la sociedad civil y del ámbito académico, entre otros, con el propósito de fomentar el entendimiento mutuo a través del intercambio de experiencias con miras a fortalecer los roles de las mujeres en los ámbitos políticos, sociales y económicos, el cual representa una oportunidad para posicionar al Perú en la promoción del modelo de crecimiento económico con inclusión social, cuya organización estará a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en su calidad de ente rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer y promoción y protección de las poblaciones vulnerables, el cual se llevará a cabo en el mes de abril del año 2014; Que, por lo expuesto, resulta conveniente declarar de interés nacional la realización en el Perú del “I Foro Internacional de Mujeres Líderes de los Países ASPA” que se llevará a cabo del 7 al 9 de abril de 2014; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 29963 - Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de eventos internacionales declarados de interés nacional; en la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1098; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012-MIMP; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárese de interés nacional la realización del “I Foro Internacional de Mujeres Líderes de los Países ASPA” a realizarse del 7 al 9 de abril de 2014. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y la Ministra de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de febrero del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1050721-1 PRODUCE Modifican la R.M. Nº 004-2014- PRODUCE, sobre delegación de facultades y atribuciones al Director General de la Oficina General de Administración RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2014-PRODUCE Lima, 12 de febrero de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 004-2014- PRODUCE, se delegaron facultades y atribuciones, entre otros, al Director General de la Ofi cina General de Administración; Que, a efectos de garantizar una adecuada y efi ciente gestión administrativa, resulta procedente ampliar la delegación de facultades aprobada mediante la citada Resolución Ministerial; Con la visación de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE;