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El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014 516749 de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024- 2009-DE/SG de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Navío José Guillermo TUESTA Ruiz, CIP. 00886646, DNI. 09153798, para que se desempeñe como Ofi cial Asesor e Integrante del Estado Mayor de la Comandancia de Infantería de Marina de Colombia, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 15 de febrero de 2014 al 14 de febrero de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo (ida): Lima - Bogotá (República de Colombia) US$. 1,200.00 US$. 1,200.00 Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$. 2,900.00 / 28 x 14 días (febrero 2014 ) US$. 1,450.00 US$. 2,900.00 / x 10 meses (marzo - diciembre 2014) US$. 29,000.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$. 2,900.00 x 1 compensación US$. 2,900.00 ----------------------- TOTAL A PAGAR: US$. 34,550.00 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensación Extraordinaria Mensual durante el período de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Comisión de Servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El Ofi cial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7°.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8°.- El citado Ofi cial Superior, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 9°.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10°.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1050721-4 Autorizan viaje de oficiales de la Marina de Guerra a Nueva Zelanda, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2014-DE/MGP Lima, 13 de febrero de 2014 Visto, el Ofi cio P.200-0164 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 23 de enero de 2014; CONSIDERANDO: Que, el Simposio Naval del Pacífi co Oeste (Western Pacifi c Naval Symposium - WPNS), se estableció en el año 1988 como un foro de alto nivel para promover el entendimiento mutuo y la cooperación entre las Marinas del área del Pacífi co Occidental; Que, el Ejercicio de Contramedidas de Minas y Buceo del Simposio Naval del Pacífi co Oeste (Western Pacifi c Naval Symposium (WPNS) Mine Countermeasures and Diving Exercise (MCMEX), es el ejercicio del más alto nivel de entrenamiento, el cual se enmarca en el concepto de la defensa de intereses comunes ante nuevas amenazas como es el terrorismo internacional, y que por su complejidad conlleva una elaborada actividad de planeamiento y coordinación previa a la ejecución del ejercicio; Que, la Marina de Guerra del Perú, participó en las Conferencias Media y Final de Planeamiento del Ejercicio de Contramedidas de Minas y Buceo del Simposio Naval del Pacífi co Oeste (Western Pacifi c Naval Symposium (WPNS) Mine Countermeasures and Diving Exercise (MCMEX), durante el año 2013, realizadas en la Base Naval de Devonport en Auckland, Nueva Zelanda, en donde participaron también las delegaciones de las Marinas de Australia, Canadá China, Francia, Indonesia, Japón, Malasia, Corea, Singapur, Tailandia y Estados Unidos de América; Que, en consecuencia, y conforme a los acuerdos efectuados en la Conferencia Final de Planeamiento (FPC) de la citada actividad operacional, realizada en la Base Naval de Devonport, ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, del 9 al 13 de diciembre de 2013; se acordó participar en la ejecución del Ejercicio de Contramedidas de Minas y Buceo del Simposio Naval del Pacífi co Oeste 2014 (Western Pacifi c Naval Symposium (WPNS) Mine Countermeasures and Diving Exercise 2014 (MCMEX14); Que, asimismo, el Comandante del Componente Marítimo, Comodoro Jhon F. CAMPBELL, de la Real Marina de Nueva Zelanda, hace de conocimiento de los