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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (14/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014 516753 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 212-2010- JUS del 10 de noviembre de 2010, se resolvió acceder a la solicitud de extradición activa del procesado ARTURAS BALTRUSAITIS o BERNARDEZ CNASKAS o BERNARDAS ZINIAUSKAS, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, modalidad agravada, en perjuicio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática a la República de Colombia, de conformidad con los acuerdos internacionales vigentes y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 18-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 13 de enero de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio a partir del 16 al 20 de febrero de 2014, del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Roberto Julián SAENZ CHACHI y del Subofi cial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Manuel Antonio LOPEZ RAMIREZ, a la República de Colombia, a fi n de ejecutar la extradición activa del procesado ARTURAS BALTRUSAITIS o BERNARDEZ CNASKAS o BERNARDAS ZINIAUSKAS, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Nacional, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, modalidad agravada, en perjuicio del Estado peruano; Que, con Memorándum Múltiple Nº 27-2014-DIRGEN- PNP/EMP-OCNI del 13 de enero de 2014, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio a la República de Colombia de los funcionarios policiales antes mencionados, el mismo que irrogará gastos al Estado peruano; Que, los gastos por concepto de viáticos para el personal policial serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para el personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 – Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo N° 010-2013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión del servicio, del Subofi cial Superior de la Policía Nacional del Perú Roberto Julián SAÉNZ CHACHI y del Subofi cial de Tercera de la Policía Nacional del Perú Manuel Antonio LÓPEZ RAMIREZ, del 16 al 20 de febrero de 2014, a fi n de que ejecuten la extradición activa del ciudadano ARTURAS BALTRUSAITIS o BERNARDEZ CNASKAS o BERNARDAS ZINIAUSKAS, formulada por la Sala Penal Nacional y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del Delito Contra la Salud Pública – Tráfi co Ilícito de Drogas, modalidad agravada, en perjuicio del Estado peruano, a realizarse en la República de Colombia. Artículo 2.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Personas T/C Total S/. Viáticos US$ 370.00 5 X 2 = 3,700.00 2.809 10,393.30 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal designado para la comisión del servicio deberá presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros WALTER ALBÁN PERALTA Ministro del Interior 1050721-7 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban Directiva “Procedimiento Disciplinario de los Procuradores Públicos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0028-2014-JUS Lima, 12 de febrero de 2014 VISTOS, los Ofi cios Nºs. 1535-2013-JUS/CDJE-ST; 1925-2013-JUS/CDJE-ST; 063-2014-JUS/CDJE-ST y Nº 189-2014-JUS/CDJE-ST; el Informe Nº 034-JUS/CDJE-ST, de la Secretaría Técnica del Consejo de Defensa Jurídica del Estado; los Informes Nºs. 079-2013/OGPP-ORA y 005-2014-OGPP-ORA, de la Ofi cina de Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y los Informes Nºs. 379-2013-JUS/OGAJ y 057-2014-JUS/ OGAJ, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado, en su artículo 47º establece que la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los procuradores públicos; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1068, se creó el Sistema de Defensa Jurídica del Estado con la fi nalidad de fortalecer, unifi car y modernizar la defensa jurídica del Estado en el ámbito local, regional, nacional, supranacional