Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

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interpuestas por los procuradores publicos o ex procuradores publicos contra las resoluciones expedidas por el Tribunal de Sancion, previstas en el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068, y la presente Directiva. El Presidente del Consejo de Defensa Juridica del Estado convocara a sesiones cuando asi lo considere conveniente. Las decisiones del Consejo se adoptaran por mayoria simple, siendo necesarios dos votos coincidentes para la formacion de una resolucion o recomendacion. 6.5. Tareas del Secretario del Tribunal de Sancion.Las tareas que realiza el secretario del Tribunal de Sancion ante el referido Tribunal son las siguientes: a. Custodiar y tramitar los expedientes en giro. b. Emitir razon sobre el estado de los expedientes. c. Notificar las resoluciones emitidas. d. Otras para el normal funcionamiento del proceso. 6.6. Tareas del Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica del Estado.Las tareas que realiza el Secretario Tecnico del Consejo de Defensa Juridica del Estado ante el referido Consejo son las siguientes: a. Refrendar las resoluciones que emite el Consejo. b. Emitir razon sobre el estado de los expedientes. c. Emitir copias certificadas. d. Notificar las resoluciones emitidas. e. Custodiar los expedientes elevados en apelacion o consulta, asi como los concluidos. f. Administra el registro de sanciones disciplinarias impuestas g. Otras para el normal funcionamiento del proceso. VII.- MORDAZA A.- INICIO DEL MORDAZA 7.1. Requisitos de la queja o denuncia.La queja o denuncia se presenta a traves del formato en anexo que forma parte de la presente Directiva, la cual esta dirigida al Presidente del Tribunal de Sancion, debiendo cumplir con los siguientes requisitos minimos: a. Nombre e identificacion de la persona que interpuso la queja o denuncia, en caso se trate de una entidad publica. b. Nombres y apellidos del procurador publico quejado o denunciado, asi como la indicacion de la entidad para la cual labora o ha laborado. c. Exposicion de los hechos que motivan la queja o denuncia, circunstancias de tiempo, lugar y modo que permitan la constatacion de la comision de una inconducta funcional, acompanando los elementos probatorios con que cuente para acreditar los hechos que expone. En caso de que la queja o denuncia sea presentada por un particular, sea persona natural o juridica, esta debera incluir la consignacion MORDAZA de sus datos de identificacion y domicilio o correo electronico de preferencia, a efecto de recibir las notificaciones correspondientes, segun lo dispuesto en la presente Directiva. 7.2. Subsanacion de incumplimiento de requisitos minimos.De existir el incumplimiento de uno o mas requisitos minimos por parte de quien presento la queja o denuncia, o del funcionario que MORDAZA formulado su comunicacion, el Tribunal la declarara inadmisible y concedera un plazo de cinco (05) dias habiles para su subsanacion. De no producirse tal subsanacion, el Tribunal podra rechazarla. Sin perjuicio de ello, el Tribunal podra disponer el inicio del MORDAZA contra el procurador publico, en razon a los hechos expuestos e indicios presentados. 7.3. Calificacion de la procedencia.El Tribunal de Sancion podra solicitar las aclaraciones y la informacion que considere pertinente, ademas de solicitar que el procurador publico sometido al MORDAZA

5.7. Abstencion de miembros del Tribunal de Sancion.Si durante el MORDAZA algun miembro del Tribunal de Sancion se encuentra comprendido en cualquiera de las causales de abstencion previstas en el articulo 88º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, debe plantear su abstencion motivada por escrito ante el colegiado, el cual debe resolver la pertinencia de la misma. De ser aceptada la abstencion, se debera convocar para que integre el colegiado al Procurador Publico del Poder Judicial o al Procurador Publico del Poder Legislativo. El tramite de la abstencion, su impugnacion y consecuencias se regulan de acuerdo a lo dispuesto en los articulos 89º al 94º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 5.8. Indicios de la comision de delitos.Si en el trascurso del MORDAZA, el Tribunal de Sancion evidencia la existencia de indicios de la comision de un ilicito penal, remitira MORDAZA de los actuados a las autoridades competentes, sin perjuicio de las acciones por responsabilidad administrativa del procurador publico sometido al presente proceso. 5.9. Causas de conclusion del MORDAZA disciplinario.El MORDAZA disciplinario puede concluir por los siguientes motivos: a) Por muerte del procurador o ex procurador procesado; b) Prescripcion de la potestad sancionadora disciplinaria; o c) Resolucion firme de sancion o absolucion 5.10. Plazo y planteamiento de la prescripcion.La facultad del Tribunal de Sancion para determinar la existencia de inconductas funcionales, prescribe en el plazo de cuatro (04) anos. El plazo de prescripcion de la facultad para determinar la existencia de infracciones comenzara a partir del dia en que la infraccion se hubiera cometido o desde que ceso, si fuera una infraccion continuada. Los procuradores publicos sometidos al presente MORDAZA plantean la prescripcion por via de defensa y el Tribunal de Sancion debe resolverla sin mas tramite que la constatacion de los plazos. VI.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS 6.1. El Tribunal de Sancion El Tribunal de Sancion estara conformado por el Viceministro de Justicia, quien lo preside, e integrado por el Procurador Publico de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Procurador Publico designado con mayor antiguedad, actuando como suplentes los procuradores publicos del Poder Judicial y del Poder Legislativo. En caso de impedimento o ausencia del Presidente, asume temporalmente este cargo el Procurador Publico designado con mayor antiguedad. 6.2. Sesiones del Tribunal de Sancion y adopcion de acuerdos.El Tribunal sesionara por lo menos una (01) vez al mes, pudiendo sesionar adicionalmente las veces que resulten necesarias. Sesiona en la Sede Principal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Las sesiones ordinarias o extraordinarias pueden ser presenciales o virtuales. Las decisiones del Tribunal se adoptaran por mayoria simple, siendo necesarios dos votos coincidentes para la formacion de una resolucion o recomendacion. 6.3. Secretario del Tribunal de Sancion.El Tribunal de Sancion sera asistido por un secretario, quien sera designado por el Presidente del Consejo de Defensa Juridica del Estado a propuesta del Presidente del Tribunal, a efecto de que cumpla con las tareas previstas en el numeral 6.5. de la presente Directiva. 6.4. MORDAZA instancia: Apelacion y Consulta.El Consejo de Defensa Juridica del Estado conoce en MORDAZA y MORDAZA instancia, las impugnaciones

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