Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 2014 (14/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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Cartagena de Indias, Republica de Colombia, del 15 de febrero de 2014 al 14 de febrero de 2015. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan al Ano Fiscal 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aereos: MORDAZA - Cartagena de Indias (Republica de Colombia) US$. 1,100.00 US$. 1,100.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalacion) US$. 2,400.00 x 1 compensacion US$. 2,400.00

El Peruano Viernes 14 de febrero de 2014

Visto, el Oficio P.200-042 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 10 de enero de 2014; CONSIDERANDO: Que, mediante el Acta de la XVII Reunion del Comite de Trabajo del Acuerdo de Asistencia Mutua y XVIII Reunion Bilateral de Inteligencia suscrito entre la MORDAZA de MORDAZA del Peru y la Armada Nacional de Colombia, realizada del 02 al 06 de setiembre de 2013 en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, MORDAZA Instituciones Armadas, revisaron la situacion de los Acuerdos establecidos anteriormente, considerando en el ANEXO "B" entre otros el Acuerdo Nº I03 - Intercambio de UN (1) Oficial Superior calificado en Infanteria de MORDAZA, para desempenarse como Oficial Asesor e Integrante del Estado Mayor de la Comandancia de Infanteria de MORDAZA de Colombia y del Peru, actualmente en ejecucion; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2014, la designacion y autorizacion de viaje de UN (1) Oficial Superior calificado en Infanteria de MORDAZA, a fin de mantener la presencia de Personal MORDAZA en dicha actividad; Que, la designacion de Personal MORDAZA para que participe en el referido intercambio, responde a la necesidad de ejercitar al Oficial designado en el area de doctrina y planeamiento operacional tanto estrategico como tactico, en instituciones militares extranjeras, dentro del MORDAZA de los compromisos bilaterales de cooperacion reciproca asumido por nuestro pais; asi como, fomentar e incrementar las medidas de confianza mutua con Instituciones Armadas de otros paises; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que se desempene como Oficial Asesor e Integrante del Estado Mayor de la Comandancia de Infanteria de MORDAZA de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 15 de febrero de 2014 al 14 de febrero de 2015; por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, teniendo en cuenta que la duracion de la Comision de Servicio MORDAZA mas de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al periodo comprendido del 15 de febrero al 31 de diciembre de 2014, se efectuaran con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, y para completar el periodo de duracion de la Comision de Servicio del 01 de enero al 14 de febrero de 2015, sera con cargo al Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal respectivo; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora N° 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 - Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley N° 29598 y por el Decreto Legislativo N° 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23° de la referida MORDAZA, mas el tiempo compensatorio previsto en el mismo articulo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 007-2005-DE/ SG de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos N° 010-2010-DE de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE de fecha 02 de octubre de 2013; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento

Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$. 2,400.00 / 28 x 14 dias (febrero 2014) US$. 1,200.00 US$. 2,400.00 x 10 meses (marzo - diciembre 2014) US$. 24,000.00 -----------------------TOTAL A PAGAR: US$. 28,700.00

Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensacion Extraordinaria Mensual durante el periodo de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El pago por gastos de traslado y pasajes aereos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Mision de Estudios, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, del Ano Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6º.- El Oficial Subalterno designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El citado Oficial Subalterno, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1050721-3

Autorizan viaje de oficial de la MORDAZA de MORDAZA a Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 065-2014-DE/MGP MORDAZA, 13 de febrero de 2014

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