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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (20/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 60

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014 517322 notifi cación que mutuamente realicen las Partes de la culminación de los requisitos de procedimiento legales y constitucionales internos para su entrada en vigencia. Firmado en Lima el 17 de febrero de 2011, en duplicado, en los idiomas ucraniano, español e inglés, siendo todos los textos igualmente auténticos. En caso de divergencia en la interpretación de las disposiciones del presente Acuerdo, prevalecerá el texto en inglés. (Firma) Por el Gobierno de la República del Perú (Firma) Por el Gabinete de Ministros de Ucrania 1052785-1 Entrada en vigencia del Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gabinete de Ministros de Ucrania en Cooperación Militar y Técnica Entrada en vigencia del “Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gabinete de Ministros de Ucrania en Cooperación Militar y Técnica”, fi rmados el 17 de febrero de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por Decreto Supremo Nº 002-2014- RE, del 15 de enero de 2014. Entró en vigencia el 20 de enero de 2014. 1052778-1 Entrada en vigencia del Convenio entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos para Evitar la Doble Tributación y para Prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta y su Protocolo Entrada en vigencia del “Convenio entre la República del Perú y los Estados Unidos Mexicanos para Evitar la Doble Tributación y para Prevenir la Evasión Fiscal en relación con los Impuestos sobre la Renta” y su Protocolo, suscrito el 27 de abril de 2011, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por el Decreto Supremo Nº 003-2014-RE, del 16 de enero de 2014. Entró en vigencia el 19 de febrero de 2014. 1052779-1 Entrada en vigencia del Acuerdo de Cooperación en el Ámbito Legal entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de Qatar Entrada en vigencia del “Acuerdo de Cooperación en el Ámbito Legal entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno del Estado de Qatar”, suscrito el 14 de febrero de 2013, en la ciudad de Lima, República del Perú y ratifi cado por el Decreto Supremo Nº 044-2013- RE, del 17 de octubre de 2013. Entró en vigencia el 5 de enero de 2014. 1052780-1 Entrada en vigencia del Convenio Complementario del Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Cuba Entrada en vigencia del “Convenio Complementario del Convenio Básico de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Cuba”, suscrito el 12 de enero de 2013, en la ciudad de La Haban, República de Cuba y ratifi cado por el Decreto Supremo Nº 075-2013-RE, del 26 de diciembre de 2013. Entró en vigencia el 7 de enero de 2014. 1052781-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN