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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (20/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014 517317 2. El presente Convenio Complementario podrá ser denunciado por las Partes en cualquier momento, de forma escrita y por la vía diplomática, con seis (6) meses de antelación a la fecha en que se pretenda sea efectiva la denuncia. 3. Sin perjuicio de lo señalado, los proyectos en ejecución continuarán hasta su conclusión, salvo que las Partes convinieren algo diferente. El presente Convenio Complementario será suscrito en idioma español, en dos ejemplares, siendo ambos textos idénticos y válidos. Suscrito en la ciudad de La Habana, a los doce (12) días del mes de enero de dos mil trece (2013), en dos ejemplares originales en idioma español teniendo ambos igual validez. Por la República del Perú (FIRMADO) JOSÉ BERAÚN ARANÍBAR Viceministro de Relaciones Exteriores Por la República de Cuba (FIRMADO) ORLANDO NICOLÁS HERNÁNDEZ GUILLÉN Viceministro Primero del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera ANEXO I-A.- SECTOR EDUCACIÓN Las Partes acuerdan establecer acciones de cooperación e intercambio en los siguientes temas de interés: 1. Políticas, estrategias, metodologías y materiales, en las áreas de matemáticas y ciencias. 2. Políticas metodológicas e institucionalidad en la evaluación de los aprendizajes de los estudiantes y el desempeño profesional de los docentes, en las escuelas peruanas. 3. Estrategias y metodologías de formación docente, inicial y en servicio escolar. 4. Sistema de monitoreo y supervisión escolar. 5. Políticas, estrategias, e institucionalidad para el desarrollo de la Ciencia y Tecnología. 6. Programa para la identifi cación y desarrollo de los niños especialmente talentosos. 7. Acciones relacionadas con el programa de alfabetización y post-alfabetización en atención a las necesidades de programas alternativos de inclusión a la enseñanza básica. Sin embargo, por el momento no constituye un interés priorizado. 8. Designar responsables para cada uno de los temas arriba mencionados, quienes deberán desarrollar borradores de proyectos que contengan objetivos, justifi cación, metodología, productos, cronograma y presupuesto, para lo cual tendrán un plazo de 60 días a partir de su designación. ANEXO I-B.- EDUCACIÓN SUPERIOR Las partes acuerdan, establecer acciones de cooperación e intercambio en los siguientes temas de interés: 1. Continuar la ejecución de las acciones previstas en los 109 convenios bilaterales fi rmados entre universidades de la República del Perú y la República de Cuba. 2. Dar prioridad a la aceptación de becarios de Perú en Cuba por la vía compensada en las especialidades de Medicina, Informática, Turismo, Agronomía, Biotecnología, Ciencias Naturales, entre otros para estudiar en centros adscritos a organismos formadores de profesionales en la República de Cuba. Asimismo el desarrollo de políticas sobre cultura física y pedagogía será canalizado por los organismos correspondientes de las partes. 3. Intercambiar experiencias sobre el sistema y mecanismos de acreditación de la educación, entre la República de Cuba, y los organismos de acreditación de la República del Perú. 4. Estimular la función de la investigación en las universidades defi niendo áreas en las que pueden haber intercambios. 5. Designar responsables para cada uno de los temas arriba mencionados, éstos deberán desarrollar borradores de proyectos que contengan objetivos, justifi cación, metodología, productos, cronograma y presupuesto, para lo cual tendrán un plazo de 60 días a partir de su designación. 6. Realizar acciones para la concertación de un Convenio Bilateral de reconocimiento mutuo de títulos, diplomas y estudios universitarios entre -el gobierno de- la República de Cuba y el gobierno de la República del Perú. ANEXO II.- SECTOR SALUD Las partes acuerdan: 1. Elaborar el diseño, creación y puesta en funcionamiento de Hospitales itinerantes para emergencias, atenciones e intervenciones médicas y quirúrgicas puntuales, dirigidas a poblaciones necesitadas del Perú, en el marco de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos Hospitalarios. Estos hospitales itinerantes involucrarán a médicos-especialistas y personal paramédico cubano, cuya presencia será temporal, y personal peruano. 2. El fortalecimiento de los programas de formación médica escolarizados y no escolarizados en las regiones priorizadas por el ministerio de Salud del Perú que presenten mayor vulnerabilidad, o en situación de pobreza y extrema pobreza, orientada a la atención primaria de salud, incorporando además el componente de salud mental y que sea funcional a las características y necesidades del Perú. Esta actividad se realiza con la participación de las universidades y respetando los principios de autonomía universitaria, en coordinación y participación con el Gobierno local en el marco del enfoque territorial. 3. El establecimiento de un Centro de investigación de medicamentos de última generación que involucre estudios de etnopsicofarmacología, que permitan un mejor manejo de la prescripción, con la participación de científi cos cubanos y peruanos. Por la parte peruana este emprendimiento contará con la participación del Instituto Nacional de Salud (INS) y otros que se designen en el desarrollo del proyecto; 4. Evaluar el desarrollo de programas conjuntos de atención médica y la posible inclusión de medicamentos nuevos en los esquemas de tratamiento del Perú, incluyendo: a) Trámite de registro sanitario del HEBERPROT- P. b) Proyecto de pesquisa neonatal. c) Proyecto de tratamiento integral de la úlcera de pie diabético. d) Proyecto sobre pesquisaje de la discapacidad auditiva. e) Documentos informativos sobre los servicios de formación autofi nanciada de pre y postgrados y de atención a pacientes en Cuba a través de la entidad de Servicios Médicos Cubanos (SMC). f) Proyecto de uso de nuevas formas terapéuticas en tratamientos oncológicos. 5. La posibilidad de desarrollar un intercambio de experiencias en el terreno de vacunación infantil que considere tanto el desarrollo de nuevas vacunas como los aspectos de operación programática; así como en el manejo de los casos de ESAVI, tanto desde el punto de vista del protocolo de manejo de los casos como formas del manejo de un plan de comunicaciones en estos casos. 6. Fortalecer las competencias del Instituto Peruano de Oftalmología (EsSalud) y el Instituto Nacional de Oftalmología (Ministerio de Salud del Perú), en áreas tales como docencia, capacitación, investigación, así como el desarrollo de programas de prevención. A tal efecto, el Instituto Nacional de Oftalmología establecerá los requisitos y procedimientos de acreditación en Oftalmología de la entidad cooperante de la República de Cuba, según la legislación peruana y normas institucionales. Asimismo, los profesionales de la entidad cooperante deben cumplir