Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2014 (20/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014

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un mayor conocimiento mutuo de nuestra diversidad cultural. 7. Intercambiar conocimientos referentes a la tecnica del cine y el audiovisual en diferentes formatos y favoreceran su promocion a escala local y comunitaria, asi como en otras instituciones con especialidades de los medios audiovisuales. Asimismo, promoveran las co-producciones y consideraran la participacion de obras cinematograficas de los respectivos paises en los llamados Festivales Internacionales de Cinematografia. 8. Favorecer, a traves de la Agencia D´ARTE, de la Republica de MORDAZA, la oferta a la Parte peruana de la contratacion de servicios profesionales y tecnicos de la cultura. 9. Promover las condiciones generales y especificas para la ejecucion de las acciones de cooperacion e intercambio cultural derivadas del presente anexo. Los costos derivados de los servicios prestados como resultado de la implementacion del presente anexo seran acordados posteriormente mediante los respectivos contratos o acuerdos especificos. 10. Programar el desarrollo de talleres de capacitacion del personal tecnico involucrado en la conservacion, restauracion y preservacion del Patrimonio Cultural mueble e inmueble en los centros especializados del Peru y MORDAZA a traves de Becas del Estado. 11. Asistencia e intercambio de tecnologias en procesos de conservacion y restauracion. 12. Promover la publicacion de una revista virtual cuyo contenido involucre temas museologicos y de preservacion del patrimonio cultural mueble e inmueble. 13. En publicaciones literarias y de libros, asi como de otros bienes culturales (fonogramas, videogramas), se debera considerar la proteccion de los derechos intelectuales, favoreciendo en el intercambio entre ambos paises la difusion de la cultura, el arte y el pensamiento latinoamericanos. 14. Gestionar el desarrollo de exposiciones binacionales cuyo concepto se encamine al conocimiento de temas historicos, arquitectonicos, etnicos y linguisticos entre ambos paises. 15. Precisar las instituciones de ambos paises que llevarian adelante estos acuerdos. 1052783-1

Informatica del deporte Transportacion Alimentacion (Nutricion de los atletas) Acreditaciones y Personal MORDAZA de Atletas y Acompanantes Infraestructura Servicios Medicos ( Medicina deportiva) Ceremonia de inauguracion, premiaciones, clausura y recorrido del fuego Equipamiento de pizarras, tableros, marcadores y asistencia tecnica. DISPOSICIONES GENERALES Las condiciones financieras y de participacion seran acordadas entre las Partes. La Parte cubana estara representada por la empresa CUBADEPORTES S.A. para el envio de entrenadores y especialistas en calidad de asesores tecnicos, la organizacion en MORDAZA de bases de entrenamientos y cursos de superacion. MORDAZA partes se pondran de acuerdo en la ejecucion de las actividades a realizarse en ambos paises. Siempre que ambos organismos deportivos asi lo acuerden, se podra incluir actividades o variar las fijadas. Si alguna de las partes se ve impedida de cumplir sus obligaciones segun este Calendario de Intercambio Deportivo, como resultado de circunstancias fuera de su control razonable, dicho incumplimiento no sera considerado como una violacion del mismo. ANEXO IV.- SECTOR CULTURA En la esfera de la cultura se acordaron las siguientes acciones: 1. Favorecer el intercambio a traves de artistas, grupos artisticos y especialistas en las diferentes manifestaciones de la cultura y el arte en el MORDAZA de festivales y eventos internacionales, de acuerdo a su calendario anual. Las condiciones en las que desarrollaran las diferentes actividades de intercambio cultural y artistico seran acordadas por las partes. Asimismo, valoraran la posibilidad de dar prioridad a las acciones comerciales desde MORDAZA, fundamentalmente por la via de presentaciones artisticas en vivo. 2. Apoyar la realizacion de jornadas culturales entre ambos paises con la finalidad de enriquecer el acervo cultural mutuo. Para esto, la parte cubana favorecera la presencia en el Peru de especialistas y expertos que puedan brindar asistencia en esferas de interes tales como: a) Diagnostico de las necesidades de formacion del sistema de educacion musical y danzaria, b) Asesoria para los cambios del sistema de educacion musical y danzaria del Peru. 3. Apoyar la cooperacion tecnica y la asistencia entre sus Centros de Ensenanza Artistica, a traves de Protocolos y Acuerdos Bilaterales para la realizacion de Proyectos y/o Programas Conjuntos, Intercambios de Profesores, Investigadores, Estudiantes, asi como de Informacion y Publicaciones sobre sus Centros de Ensenanza, Capacitacion e Investigacion Artistica, dentro del MORDAZA de las normativas internas de cada pais. 4. Promover la cooperacion y la asistencia tecnica entre sus instituciones competentes en los MORDAZA de: Conservacion, Restauracion y Preservacion de Bienes Culturales, asimismo promoveran el intercambio de informacion especifica y legislacion relativa a la Proteccion del Patrimonio Cultural, para estimular el conocimiento mutuo y el fortalecimiento de los bienes y valores culturales de ambos pueblos. 5. Promover publicaciones literarias y de libros de autores de ambos paises, a traves de revistas y ediciones especializadas. Ademas gestionaran el desarrollo y la ejecucion de proyectos de co-ediciones y consideraran la presencia de delegaciones de los respectivos paises en las llamadas Ferias Internacionales del Libro. 6. Fomentar el desarrollo, intercambio y difusion de compositores, musicos, interpretes y producciones musicales de ambos paises en sus diferentes generos y estilos, tanto tradicional como moderno, que facilitaran

Acuerdo de Cooperacion en el Ambito Legal entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Estado de Qatar
(Ratificado por Decreto Supremo N° 044-2013-RE de fecha 17 de octubre de 2013) ACUERDO DE COOPERACION EN EL AMBITO LEGAL ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE QATAR El Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno del Estado de Qatar, de aqui en adelante denominados "Las Partes", Considerando la necesidad de mejorar la esfera de influencia de cooperacion mutua entre ambos paises en diferentes areas, Entendiendo la importancia de ampliar los ambitos de cooperacion para incluir el area legal, Deseando ampliar los lazos de entendimiento y relaciones mutuas entre abogados de ambos paises, y Contribuyendo al intercambio de experiencias, informacion y competencia, ademas de a la organizacion de simposios cientificos y a la capacitacion relacionados con temas legales, Han acordado lo siguiente: Articulo (1) Las Partes intercambiaran sus experiencias y competencias en el ambito del trabajo de sus ministerios de justicia, con el proposito de promover el nivel de desempeno. MORDAZA partes tambien intercambiaran las legislaciones de ambos paises.

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