Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2014 (20/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014

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Articulo Segundo.NACIMIENTO DE LA OBLIGACION La condicion de contribuyente se configura con arreglo a la situacion juridica configurada al 1 de Enero del ano a que corresponda la obligacion tributaria. Articulo Tercero.- CONTRIBUYENTES Estan obligados al pago del monto por concepto de Derechos de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a Domicilio, en calidad de contribuyentes: a. Los Propietarios de los predios ubicados en la jurisdiccion de Lince. b. Los Pensionistas y Personas inafectas al pago por concepto de Impuesto Predial conforme a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Articulo Cuarto.- INAFECTACIONES La Municipalidad de Lince se encuentra inafecta al pago por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a Domicilio. Articulo Quinto.- EXONERACIONES GENERICAS Las exoneraciones genericas de tributos otorgados o por otorgarse no comprenden a los Derechos de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a Domicilio contemplados en la presente Ordenanza. El otorgamiento de exoneraciones, debera ser expreso. Articulo Sexto.- DE LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y DEL INFORME TECNICO Apruebese el importe de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a Domicilio correspondientes al ano 2014 que se determinara de la aplicacion del Informe Tecnico, la Estructura de Costos; el Cuadro de Estimacion de Ingresos y demas anexos que aprueban la presente MORDAZA y forma parte integrante de esta Ordenanza. Articulo Septimo.- BASE IMPONIBLE La base imponible del Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a Domicilio, se encuentra constituida por los costos efectivos totales de los servicios a prestar, determinado en el articulo precedente. Articulo Octavo.- PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO DEL TRIBUTO El monto por concepto de Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a Domicilio es anual. Debiendo ser cancelada al vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2014. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTADES DEL MORDAZA Facultese al senor MORDAZA para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza. Segunda.- DEROGATORIAS Deroguese toda MORDAZA que se oponga al contenido de la presente Ordenanza. Tercera.- CUMPLIMIENTO Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Tecnologia de Informacion y MORDAZA y a la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, previa publicacion del Texto Integro de la Ordenanza, del Informe Tecnico, de la Estructura de Costos; del Cuadro de Estimacion de Ingresos y del Acuerdo de ratificacion emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima.

de Seguridad Ciudadana, ratifica lo senalado por la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 494-2013 de fecha 23.12.2013, se designa a partir del 01.01.2014, al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de confianza de Subgerente de Serenazgo, el mismo que resulta competente para clasificar la informacion de caracter reservada, conforme a la normatividad vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el articulo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha, al Senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Subgerente de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, como funcionario responsable de clasificar la informacion de caracter reservada, conforme a lo establecido en el articulo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de La MORDAZA, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la colocacion de una MORDAZA en un lugar visible de cada una de las sedes administrativas de la Entidad y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion, la publicacion de la presente Resolucion en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P-F MORDAZA 1051931-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban Monto por Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a Domicilio para el ano 2014
ORDENANZA Nº 332-MDL Lince, 28 de noviembre del 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTOS: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 07, de fecha 25 de Noviembre del 2013, emitido por las Comisiones de Economia y Administracion, y Asuntos Legales, con votacion por Unanimidad, de los senores regidores, y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion del Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y DISTRIBUCION A DOMICILIO PARA EL ANO 2014 Articulo Primero.- AMBITO DE APLICACION El ambito de aplicacion de la Ordenanza que aprueba el Monto por el Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a Domicilio para el ano 2014, es la jurisdiccion de LINCE, por el monto de S/. 9.10 (Nueve y 10/100 Nuevos Soles).

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