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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 2014 (20/02/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 43

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014 517305 de Seguridad Ciudadana, ratifi ca lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 494-2013 de fecha 23.12.2013, se designa a partir del 01.01.2014, al Señor Jorge Atico Carrión Orosco, en el cargo de confi anza de Subgerente de Serenazgo, el mismo que resulta competente para clasifi car la información de carácter reservada, conforme a la normatividad vigente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20º numeral 6) de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha, al Señor JORGE ATICO CARRIÓN OROSCO, Subgerente de Serenazgo de la Municipalidad Distrital de La Molina, como funcionario responsable de clasifi car la información de carácter reservada, conforme a lo establecido en el artículo 3º del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General de la Municipalidad de La Molina, la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, así como la colocación de una copia en un lugar visible de cada una de las sedes administrativas de la Entidad y a la Gerencia de Tecnologías de Información, la publicación de la presente Resolución en la página web de la municipalidad: www.munimolina.gob.pe, en el portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el portal de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P-F Alcalde 1051931-1 MUNICIPALIDAD DE LINCE Aprueban Monto por Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Distribución a Domicilio para el año 2014 ORDENANZA Nº 332-MDL Lince, 28 de noviembre del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTOS: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 07, de fecha 25 de Noviembre del 2013, emitido por las Comisiones de Economía y Administración, y Asuntos Legales, con votación por Unanimidad, de los señores regidores, y con dispensa del trámite de Lectura y Aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACIÒN DE IMPUESTOS Y DISTRIBUCION A DOMICILIO PARA EL AÑO 2014 Artículo Primero.- ÁMBITO DE APLICACION El ámbito de aplicación de la Ordenanza que aprueba el Monto por el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Distribución a Domicilio para el año 2014, es la jurisdicción de LINCE, por el monto de S/. 9.10 (Nueve y 10/100 Nuevos Soles). Artículo Segundo.- NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN La condición de contribuyente se confi gura con arreglo a la situación jurídica confi gurada al 1 de Enero del año a que corresponda la obligación tributaria. Artículo Tercero.- CONTRIBUYENTES Están obligados al pago del monto por concepto de Derechos de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Distribución a Domicilio, en calidad de contribuyentes: a. Los Propietarios de los predios ubicados en la jurisdicción de Lince. b. Los Pensionistas y Personas inafectas al pago por concepto de Impuesto Predial conforme a lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Artículo Cuarto.- INAFECTACIONES La Municipalidad de Lince se encuentra inafecta al pago por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Distribución a Domicilio. Artículo Quinto.- EXONERACIONES GENÉRICAS Las exoneraciones genéricas de tributos otorgados o por otorgarse no comprenden a los Derechos de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Distribución a Domicilio contemplados en la presente Ordenanza. El otorgamiento de exoneraciones, deberá ser expreso. Artículo Sexto.- DE LA ESTRUCTURA DE COSTOS Y DEL INFORME TÉCNICO Apruébese el importe de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Distribución a Domicilio correspondientes al año 2014 que se determinará de la aplicación del Informe Técnico, la Estructura de Costos; el Cuadro de Estimación de Ingresos y demás anexos que aprueban la presente norma y forma parte integrante de esta Ordenanza. Artículo Séptimo.- BASE IMPONIBLE La base imponible del Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Distribución a Domicilio, se encuentra constituida por los costos efectivos totales de los servicios a prestar, determinado en el artículo precedente. Artículo Octavo.- PERIODICIDAD Y VENCIMIENTO DEL TRIBUTO El monto por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores, Determinación de Impuestos y Distribución a Domicilio es anual. Debiendo ser cancelada al vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial del Ejercicio 2014. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACULTADES DEL ALCALDE Facúltese al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segunda.- DEROGATORIAS Deróguese toda norma que se oponga al contenido de la presente Ordenanza. Tercera.- CUMPLIMIENTO Encárguese a la Ofi cina de Administración Tributaria, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Tecnología de Información y Proceso y a la Ofi cina de Imagen Institucional, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Cuarta.- VIGENCIA La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, previa publicación del Texto Integro de la Ordenanza, del Informe Técnico, de la Estructura de Costos; del Cuadro de Estimación de Ingresos y del Acuerdo de ratifi cación emitido por la Municipalidad Metropolitana de Lima.