Norma Legal Oficial del día 20 de febrero del año 2014 (20/02/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.serviciosalciudadano.gob.pe. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Disponer que el texto del presente Decreto sea publicado en la pagina web del MORDAZA institucional, de acuerdo a ley Segunda.- Dejese sin efecto cualquier otra MORDAZA que se oponga al presente Decreto. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1052185-1

El Peruano Jueves 20 de febrero de 2014

Los temas especificos de cooperacion en las areas prioritarias identificadas en este articulo, seran objeto de regulacion en anexos al presente Convenio Complementario, formando parte integrante del mismo, los cuales podran ser suscritos por las Partes al momento de la firma de este Convenio, o acordados con posterioridad. Articulo III La cooperacion entre las Partes en las areas definidas en el articulo anterior, se implementara mediante proyectos y actividades que comprendan el intercambio de experiencias y conocimientos, la investigacion cientifica, el otorgamiento de becas de estudios, pasantias y practicas profesionales y demas modalidades establecidas en el Articulo IV del Convenio Basico. Articulo IV Las Partes designaran a las instituciones responsables de la formulacion, ejecucion, seguimiento y evaluacion de los proyectos y actividades que se acuerden en el desarrollo del presente Convenio Complementario, quienes mediante Memoranda de Entendimiento definiran los recursos financieros y tecnicos, cronogramas de ejecucion y demas especificidades necesarias para la implementacion de los mismos. Dichas entidades daran cuenta semestral de lo actuado a la Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI) en el caso de la Republica del Peru y al Ministerio del Comercio Exterior y la Inversion Extranjera en el caso de la Republica de MORDAZA, respectivamente. Articulo V Las Partes acuerdan que los Organismos responsables de la ejecucion del presente convenio MORDAZA los siguientes: Por el Gobierno de la Republica del Peru: La Agencia Peruana de Cooperacion Internacional (APCI). Por el Gobierno de la Republica de Cuba: El Ministerio del Comercio Exterior y la Inversion Extranjera. Dichos Organismos acordaran entre si los protocolos necesarios para la revision y evaluacion periodicas del estado de la cooperacion bilateral, y podran proponer medidas para ampliarla y fortalecerla. Articulo VI 1.- Cualquier derecho de propiedad intelectual que se derive del trabajo conjunto dentro del MORDAZA del presente Convenio Complementario estara sujeto a lo establecido en la legislacion nacional de las Partes. 2.- Las Partes se comprometen a preservar la confidencialidad de los conocimientos, innovaciones, informaciones y cualquier otro MORDAZA que tenga caracter confidencial, no pudiendo ser divulgados ni transferido a terceros sin el consentimiento expreso de la otra Parte, de conformidad con la legislacion nacional vigente en ambos paises. Articulo VII Toda controversia que pueda surgir con respecto a la interpretacion, implementacion o aplicacion del presente Convenio Complementario sera resuelta a traves de los MORDAZA diplomaticos de manera amistosa mediante consultas y negociaciones entre las Partes. Articulo VIII Cualquiera de las Partes podra solicitar por escrito una revision o enmienda del presente Convenio Complementario. Toda revision o enmienda, acordada por las Partes, se realizara por escrito y por la via diplomatica. Tal revision o enmienda entrara en MORDAZA de la manera como se estipula en el articulo IX. Articulo IX 1. El presente Convenio Complementario tendra una duracion de cinco anos y entrara en MORDAZA en la fecha de la MORDAZA notificacion en que una de las Partes comunique a la otra, que se ha dado cumplimiento a los procedimientos internos correspondientes.

CONVENIOS INTERNACIONALES
Convenio Complementario del Convenio Basico de Cooperacion Tecnica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de MORDAZA
(Ratificado por Decreto Supremo N° 075-2013-RE de fecha 26 de diciembre de 2013) CONVENIO COMPLEMENTARIO DEL CONVENIO BASICO DE COOPERACION TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE MORDAZA La Republica del Peru y la Republica de MORDAZA, en adelante denominadas las "Partes". Teniendo presente los vinculos de amistad, cooperacion y entendimiento entre los pueblos y los gobiernos de la Republica del Peru y de la Republica de Cuba; Conscientes de la importancia de la cooperacion internacional como medio de coadyuvar al desarrollo y bienestar de los pueblos; En el MORDAZA del Convenio Basico de Cooperacion Tecnica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de MORDAZA, suscrito el 15 de febrero de 1999; y teniendo en cuenta el Convenio de Cooperacion Cultural, Cientifica y Educativa entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de MORDAZA, suscrito el 15 de febrero de 1999; y demas instrumentos bilaterales vigentes en materia de cooperacion interinstitucional; y, Animados del renovado deseo de fortalecer y estrechar los lazos de cooperacion existentes entre ambos paises con el fin de contribuir al desarrollo sostenible y la inclusion social de sus pueblos. Acuerdan lo siguiente: Articulo I El presente Convenio Complementario tiene como objetivo complementar y ampliar el Convenio Basico de Cooperacion Tecnica entre el Gobierno de la Republica del Peru y el Gobierno de la Republica de MORDAZA, en adelante, el "Convenio Basico". Articulo II Las Partes aprobaran un Programa de Cooperacion para el periodo 2012­ 2016, cuyas areas prioritarias seran las siguientes: - Educacion. - Salud. - Deporte. - Ciencia y tecnologia, en particular biotecnologia. - Gestion de Riesgo de Desastres. - Cultura. - Otros que acuerden las Partes.

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