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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2014 (05/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 49

El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 526991 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 432-2014 MTC/02 Lima, 30 de junio de 2014 VISTOS: Informe Nº 339-2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe Nº 171- 2014-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, es un objetivo permanente del Estado en materia de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las operaciones aerocomerciales en un marco de leal competencia y con estricta observancia de las normas técnicas vigentes; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada Ley, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil debe efectuar la supervisión permanente de las operaciones aéreas de los explotadores bajo su control, a fi n de garantizar que se mantienen las normas requeridas en las operaciones para ofrecer al público, un servicio de transporte aéreo comercial seguro y fi able; Que, la Ley Nº 28404, Ley de Seguridad de la Aviación Civil, establece que la Dirección General de Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14 establece que los inspectores debidamente identifi cados a que se refi ere la Ley, son competentes según su especialidad, para verifi car las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronáutica civil; Que, la seguridad y efi ciencia de las operaciones aéreas, se verifi ca, entre otras formas, a través de inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores aéreos ubicados en el extranjero; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar los viajes de los Inspectores de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil acreditados en el Informe Nº 339-2014-MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedan realizar las inspecciones técnicas de vigilancia a que se contraen las Órdenes de Inspección Nº 1811- 2014-MTC/12.04, Nº 1812-2014-MTC/12.04, Nº 1813-2014-MTC/12.04, Nº 1814-2014-MTC/12.04, Nº 1815-2014-MTC/12.04, Nº 1816-2014-MTC/12.04 y Nº 1817-2014-MTC/12.04; Que, los gastos por concepto de viáticos, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo emitido la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto las Certifi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000003023, Nº 0000003024, 0000003030, Nº 0000003031, Nº 0000003032, Nº 0000003033 y Nº 0000003034, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por el Decreto Supremo Nº 304- 2012-EF; De conformidad con la Ley Nº 30114, la Ley Nº 27619 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar los viajes de inspección técnica de vigilancia de los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 339-2014- MTC/12.04, y Nº 171-2014-MTC/12.04: - Señor César Hernán Carassa Nole, del 14 al 18 de julio de 2014 a la ciudad de Santiago, República de Chile. - Señor Lucio Chicoma Fernández, del 22 al 25 de julio de 2014 a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América. - Señor Eugenio Neyra Luza, del 29 de julio al 01 de agosto de 2014 a la ciudad de Sao Paulo, República Federativa del Brasil. - Señor Miguel Encarnación Gonzales Saldarriaga, del 05 al 08 de agosto de 2014, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América. - Señor Oscar Estuardo Vilela Ojeda, del 12 al 15 de agosto de 2014, a la ciudad de San Salvador, República de El Salvador. - Señor Tony Cruz Vilcarromero, del 19 al 22 de agosto de 2014, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay. - Señor Luis Alberto Zavala Sierra, del 26 al 29 de agosto de 2014, a la ciudad de Porto Alegre, República Federativa del Brasil. DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 11 AL 14 DE JULIO DE 2014 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 181-2014-MTC/12.04 Y Nº 356-2014-MTC/12.04 ORDEN DE INSPECCIÓN Nº INICIO FIN VIÁTICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 1903-2014- MTC/12.04 11-Jul 14-Jul US$ 660.00 SERVICIOS AÉREOS DE LOS ANDES S.A.C. Febrero Cabrejos, Francisco Alejandro Toronto Canadá Chequeo técnico de profi ciencia en simulador de vuelo en el equipo Twin Otter, a su personal aeronáutico 2833-8274 1105591-1