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El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 526978 De conformidad con la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N.º 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N.º 011-2012-JUS, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- De la aprobación del Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016 Aprobar el Plan Nacional de Derechos Humanos 2014–2016, que consta de cuatro (04) lineamientos estratégicos: 1) Promoción de una cultura de derechos humanos en el Perú; 2) Diseño y fortalecimiento de la política pública de promoción y protección de los derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales; 3) Diseño y ejecución de políticas a favor de los grupos de especial protección; 4) Fortalecimiento del ordenamiento jurídico interno, a través de la implementación de instrumentos internacionales para la promoción y protección de los derechos humanos. Artículo 2º.- De la publicación del Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016 Publicar el “Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016” en el portal institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus. gob.pe), en el Observatorio de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (observatorioderechoshumanos.pe), así como en el Portal del Estado peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal de la Presidencia de la República (www.presidencia.gob.pe). Artículo 3º.- De la ejecución y cumplimiento del Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016 Disponer que los Ministerios, las entidades públicas, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales adopten, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para la implementación del “Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016” y velen por su cumplimiento. Artículo 4º.- Supervisión del cumplimiento del Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016 Encargar al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la supervisión y monitoreo del cumplimiento del “Plan Nacional de Derechos Humanos 2014-2016”, a través del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia. Artículo 5º.- Del Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro del Ambiente, la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, la Ministra de Cultura, el Ministro de Defensa, la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, el Ministro de Economía y Finanzas, el Ministro de Educación, el Ministro de Energía y Minas, el Ministro del Interior, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de la Producción, el Ministro de Relaciones Exteriores, la Ministra de Salud, la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, y el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Dado en Cusco, a los cuatro días del mes de julio del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego MANUEL PULGAR-VIDAL OTALORA Ministro del Ambiente MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo y Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior CARMEN OMONTE DURAND Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo JOSE DAVID GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1106686-3 Aceptan renuncia de Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2014-JUS Lima, 4 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema N° 170-2011-JUS, de fecha 17 de agosto de 2011, se designó al señor abogado Oscar Manuel Ayzanoa Vigil, como Tercer Miembro del Consejo Nacional Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario; Que, el referido profesional ha formulado renuncia al cargo para el que fue designado, siendo necesaria aceptarla; De conformidad con la Ley N.° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el Decreto Legislativo N° 654, que aprueba el Código de Ejecución Penal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor abogado Oscar Manuel Ayzanoa Vigil, como Tercer