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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE JULIO DEL AÑO 2014 (05/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 132

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Sábado 5 de julio de 2014 526986 Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 1106687-12 Autorizan al Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, Ministerio de la Producción y a la Autoridad Portuaria Nacional efectuar pagos de cuotas a diversos organismos internacionales RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 105-2014-RE Lima, 4 de julio de 2014 VISTO: El ofi cio Nº 441-2014-MINDEF/SG/A/02 del Ministerio de Defensa de fecha 3 de junio de 2014, mediante el cual solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de las cuotas del año 2014, a la International Association of Lighthouse Authorities – IALA (Asociación Internacional de Autoridades de Faros) y la Organización Hidrográfi ca Internacional - OHI; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar, con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales de los cuales el Perú es miembro; Que, la International Association of Lighthouse Authorities – IALA (Asociación Internacional de Autoridades de Faros) y la Organización Hidrográfi ca Internacional - OHI, proporcionan entre otros, asistencia técnica científi ca, asesoramiento, información actualizada sobre el estado actual y el progreso de ayudas a la navegación y señalización marítima; contribuyen con el desarrollo de tecnologías y temas técnicos relacionados a las ciencias hidrográfi cas, cartográfi cas y de seguridad a la navegación; así como establecen normas internacionales para la producción de datos hidrográfi cos y cartográfi cos; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales de manera que permitan potenciar y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperación y asistencia técnica internacional: Que, en consecuencia, es necesario autorizar el pago de las cuotas del año 2014, con cargo al presupuesto del Pliego 026 Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú; Estando a lo opinado por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3, de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú a efectuar el pago de las cuotas correspondiente al año 2014, a los siguientes organismos internacionales: ORGANISMO INTERNACIONAL CUOTA • International Association of Lighthouse S/. 55,000.00 Authorities – IALA (Asociación Internacional de Autoridades de Faros) • Organización Hidrográfi ca Internacional - OHI S/. 55,000.00 Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MAGALI SILVA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo Encargada del Despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores 1106687-13 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 106-2014-RE Lima, 4 de julio de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 203-2014-PRODUCE/OGPP-OCTE, de fecha 06 de junio de 2014, del Ministerio de la Producción, por el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la expedición de la Resolución Suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2014 a la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - ONUDI; CONSIDERANDO: Que, el artículo 67º, numeral 67.3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, autoriza a las entidades del Sector Público a pagar con cargo a sus respectivos presupuestos, las cuotas del Gobierno peruano a los organismos internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es miembro; Que, es obligación del Perú cumplir con el pago de las cuotas a los organismos internacionales, de manera que permitan potenciar la capacidad de negociación en las gestiones diplomáticas y acrecentar el benefi cio de los fl ujos de cooperación y asistencia técnica internacional; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el pago de la cuota correspondiente al año 2014, a la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - ONUDI, con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción; De conformidad con lo establecido en el artículo 67º, numeral 67.3 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el Anexo B: Cuotas Internacionales de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Ministerio de la Producción a efectuar el pago de S/. 406,607.00 (Cuatrocientos Seis Mil Seiscientos Siete y 00/100 Nuevos Soles) a la Organización de las Naciones Unidas para el Desarrollo Industrial - ONUDI, correspondiente a la cuota del año 2014. Artículo 2º.- Los gastos que demande lo dispuesto en el artículo precedente, serán fi nanciados con cargo al presupuesto del Ministerio de la Producción (PRODUCE).