Norma Legal Oficial del día 06 de julio del año 2014 (06/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

El Peruano MORDAZA 6 de MORDAZA de 2014

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Articulo Sexto.- Modalidades de Aprobacion 1. Modalidades de aprobacion de regularizacion de Habilitaciones Urbanas Para la regularizacion de habilitacion MORDAZA solo son de aplicacion las modalidades B y D. Modalidad B: Podran acogerse a esta modalidad las habilitaciones urbanas: a) De unidades prediales no mayores de cinco (05) hectareas que constituyan islas rusticas y que conformen un lote unico, siempre y cuando el lote no se encuentre afecto al Plan Vial Provincial o Metropolitano. b) De predios que cuenten con un Planeamiento Integral aprobado con anterioridad. Modalidad D: Se sujetan a esta modalidad las habilitaciones urbanas: a) De predios que no colinden con areas urbanas o que dichas areas aledanas cuenten con proyectos de habilitacion MORDAZA aprobados y no ejecutados, por tanto, la habilitacion MORDAZA del predio requiera de la formulacion de un Planeamiento Integral. b) De predios que colinden con Zonas Arqueologicas, inmuebles previamente declarados como bienes culturales, o con Areas Naturales Protegidas. c) Para fines industriales, comerciales o usos especiales. 2. Modalidades de aprobacion de regularizacion de edificaciones. Para los proyectos de edificaciones, son de aplicacion las modalidades de aprobacion A, B, C y D conforme a lo dispuesto en el articulo 10º de la Ley. Modalidad A: Aprobacion automatica con firma de profesionales: Podran acogerse a esta modalidad: a) La construccion de una vivienda unifamiliar de hasta 120 m² construidos, siempre que constituya la unica edificacion en el lote. b) La ampliacion de una vivienda unifamiliar, cuya edificacion original cuente con licencia de construccion o declaratoria de fabrica y/o edificacion, y la sumatoria del area construida de MORDAZA no supere los 200 m². c) La remodelacion de una vivienda unifamiliar, sin modificacion estructural, ni cambio de uso, ni aumento de area construida. d) La construccion de cercos de mas de 20 metros de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el Regimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y de Propiedad Comun, de acuerdo a la legislacion de la materia. e) La demolicion total de edificaciones menores de 5 pisos de altura, siempre que no requieran el uso de explosivos. f) Las ampliaciones consideradas obras menores segun lo establecido en el RNE. g) Las obras de caracter militar de las Fuerzas Armadas y las de caracter policial de la Policia Nacional del Peru, asi como de los establecimientos penitenciarios que deben ejecutarse con sujecion a los Planes de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano. No estan consideradas en esta modalidad: i. Las obras de edificacion en bienes inmuebles que constituyan Patrimonio Cultural de la Nacion declarado por el Ministerio de Cultura, e incluidas en la lista a la que se hace referencia en el inciso f) del articulo 3 numeral 2 de la Ley. ii. Las obras que requieran la ejecucion de sotanos o semisotanos, o una profundidad de excavacion mayor a 1.50 m y colinden con edificaciones existentes. En dicho caso debe tramitarse la licencia de edificacion bajo la Modalidad B. Modalidad B: Con firma de profesionales responsables: Podran acogerse a esta modalidad:

ii. Planos de Replanteo de la Habilitacion MORDAZA, de corresponder. B) Requisitos Edificaciones. para Regularizacion de

a) FUE Conformidad de Obra y Declaratoria de Edificacion, por triplicado, debidamente llenado y firmado por el Responsable de Obra y el Propietario. b) Documento con fecha cierta donde se acredite que el predio cuente, por lo menos, con el correspondiente Proyecto de Habilitacion MORDAZA aprobado. c) Documentacion que acredite que cuenta con derecho a edificar y represente al titular, en los casos que el solicitante de la licencia de edificacion no sea el propietario del predio. d) Si el solicitante es una persona juridica se acompanara la respectiva constitucion de la empresa y MORDAZA literal del poder expedido por el Registro de Personas Juridicas, vigente al momento de MORDAZA de los documentos. e) Documentacion tecnica, firmada por el profesional constatador, compuesta por: - Plano de Ubicacion y Localizacion, segun formato. - Planos de Arquitectura (planta, cortes y elevaciones). - Memoria descriptiva. f) Documento que acredite la fecha de ejecucion de la obra. g) Carta de seguridad de Obra, firmada por un ingeniero civil colegiado. h) Declaracion jurada del profesional constatador, senalando encontrarse habil para el ejercicio de la profesion. i) Para regularizacion de remodelaciones, ampliaciones o demoliciones, presentaran MORDAZA del documento que acredite la declaratoria de fabrica o de edificacion, del predio a regularizar, con sus respectivos planos en caso no MORDAZA sido expedido por la municipalidad; en su defecto, MORDAZA del Certificado de Conformidad o Finalizacion de Obra, o la Licencia de Obra o de Edificacion de la construccion existente que no es materia de regularizacion. j) En caso de demoliciones totales o parciales de edificaciones cuya fabrica se encuentre inscrita en el Registro de Predios, se acreditara que sobre el bien no recaigan cargas y/o gravamenes; en su defecto, se acreditara la autorizacion del titular de la carga o gravamen. k) En caso de ubicarse el terreno frente a via expresa, arterial o colectora metropolitana debera acompanar el Certificado de Alineamiento otorgado por la Municipalidad Metropolitana de Lima. l) Autorizacion de la Junta de Propietarios, para las regularizaciones de inmuebles con unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y bienes de propiedad comun. m) Para el caso de modalidades de aprobacion C y D, ademas debera presentar: - Memoria y planos de seguridad amoblados, firmados y sellados por el profesional y propietario, anexando los comprobantes de pago por derecho de revision para la comision AD-HOC correspondiente. - Las edificaciones del sector educativo, salud, estaciones de combustible y otras actividades especiales, deberan anexar la autorizacion previa del Ministerio o Sector respectivo. - Estudio de impacto ambiental y/o vial, cuando la normatividad vigente lo requiera. - Estudio de accesibilidad y evacuacion vehicular, peatonal y discapacitados, cuando las normas vigente lo requieran. n) En caso de estaciones de combustible y actividades especiales, debera anexar los Certificados de Alineamiento y Compatibilidad de Uso otorgados por la Municipalidad Metropolitana de Lima. o) MORDAZA del comprobante de pago por la tasa municipal correspondiente a S/.168.00 nuevos soles p) MORDAZA del comprobante de pago de la multa por construir sin licencia. El valor de la multa sera equivalente al 10% del valor de la obra a regularizar tomando como base el costo a la fecha de construccion actualizado por el indice de precios al consumidor.

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