Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2014 (10/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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De MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General RESUELVE

El Peruano Jueves 10 de MORDAZA de 2014

Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Yone MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a Ronal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 46130234, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a Yone MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

1108280-3

Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 576-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00678 MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, tres de MORDAZA de dos mil catorce. VISTOS los Oficios Nº 316-2014-MPJ/A y Nº 323-2014MPJ/A, presentados el 20 y 27 de junio de 2014, por MORDAZA MORDAZA MORDAZA Talaverano, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, departamento de MORDAZA, sobre la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor Yone MORDAZA Cordova. CONSIDERANDOS 1. El literal b del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los alcaldes que deseen postular al cargo de vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 27 de junio de 2014 (fojas 005), el MORDAZA de la Municipalidad Provincial de MORDAZA, remite MORDAZA certificada de la licencia, sin goce de haber, que Yone MORDAZA MORDAZA, presento el 5 de junio de 2014 (fojas 007), ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el Acuerdo de Concejo Nº 028-2014-MPSC, de fecha 9 de junio de 2014 (fojas 002 a 003), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 7 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que Yone MORDAZA MORDAZA, regidor del concejo provincial, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo municipal, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 01402014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, corresponde convocar a Ronal MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 46130234, candidato no proclamado del partido politico Partido Aprista Peruano, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tarma, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,

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Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San MORDAZA
RESOLUCION Nº 577-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00715 LAMAS - SAN MORDAZA MORDAZA, tres de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 376-A-MPL-2014, presentado el 27 de junio de 2014 por MORDAZA MORDAZA Canche, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Lamas, departamento de San MORDAZA, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor Fredy MORDAZA Ruiz. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 6 de junio de 2014 (fojas 002), Fredy MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Lamas, presento su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el acuerdo adoptado en la sesion ordinaria, de fecha 12 de junio de 2014 (fojas 004 a 007), por el periodo comprendido entre el 7 de junio y el 5 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que Fredy MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Lamas, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 01402014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo

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