Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2014 (10/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano Jueves 10 de MORDAZA de 2014

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las elecciones, con motivo de su participacion en las Elecciones Regionales 2014, siendo concedida mediante el acuerdo adoptado en la sesion ordinaria, de fecha 12 de junio de 2014 (fojas 002), por el periodo comprendido entre el 6 de junio y el 6 de octubre de 2014. 4. Teniendo en consideracion que MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de San MORDAZA, presento su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, la cual fue aprobada por el concejo provincial, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, para completar el numero de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2, del articulo 24, de la LOM, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 10615538, candidato no proclamado del movimiento regional Movimiento Regional Fuerza Social MORDAZA, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de San MORDAZA, departamento de MORDAZA , con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Pegundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con Documento Nacional de Identidad Nº 10615538, para que asuma provisionalmente el cargo de regidor del Concejo Provincial de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

24, de la LOM, corresponde convocar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 07430961, candidata no proclamada del partido politico Alianza para el Progreso, conforme a la informacion remitida por el MORDAZA Electoral Especial de Moyobamba, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del ano 2010. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Fredy MORDAZA MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San MORDAZA , con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales de 2014, por el periodo de la licencia concedida. Articulo Segundo.- CONVOCAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, identificada con Documento Nacional de Identidad Nº 07430961, para que asuma provisionalmente el cargo de regidora del Concejo Provincial de Lamas, departamento de San MORDAZA, mientras dure la licencia concedida a Fredy MORDAZA MORDAZA, otorgandosele la correspondiente credencial que la faculta como tal. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AYVAR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Secretario General

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Convocan a ciudadano para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de San MORDAZA, departamento de MORDAZA
RESOLUCION Nº 578-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00722 SAN MORDAZA - MORDAZA MORDAZA, tres de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 315-2014-MEPSI, presentado el 27 de junio de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de San MORDAZA, departamento de MORDAZA, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida al regidor MORDAZA MORDAZA Pena Parra. CONSIDERANDOS 1. El literal c del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los regidores que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, entendiendose que el plazo limite para presentar la solicitud de licencia para el MORDAZA electoral regional vigente es el 7 de junio de 2014. 2. El Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante la Resolucion Nº 0140-2014-JNE, de fecha 26 de febrero de 2014, establece el procedimiento a seguir en el caso de que las autoridades y funcionarios soliciten licencia, sin goce de haber, con el proposito de participar como candidatos en las Elecciones Regionales 2014. 3. Con fecha 6 de junio de 2014 (fojas 003), MORDAZA MORDAZA Pena MORDAZA, regidor del Concejo Provincial de San MORDAZA, presento su solicitud de licencia sin goce de haber ciento veinte (120) dias MORDAZA de la fecha de

1108280-6

Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de vicepresidenta del Gobierno Regional de MORDAZA y de consejero regional del Consejo Regional de MORDAZA
RESOLUCION Nº 579-2014-JNE
Expediente Nº J-2014-00723 MORDAZA MORDAZA, tres de MORDAZA de dos mil catorce. VISTO el Oficio Nº 070-2014-GRL-SCR, presentado el 30 de junio de 2014 por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, secretario del consejo regional, comunicando la licencia, sin goce de haber, concedida a MORDAZA MORDAZA MORDAZA, vicepresidenta del Gobierno Regional de Junin. CONSIDERANDOS 1. El literal a del numeral 4 del articulo 14 de la Ley Nº 27683, Ley de Elecciones Regionales, modificada por la Ley Nº 29470, dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales los presidentes regionales que deseen postular al cargo de presidente, vicepresidente o consejero regional, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) dias MORDAZA

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