Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 145

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

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el Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios al 25 % de Viviendas Urbanas del Distrito de La MORDAZA, el cual debe aprobarse mediante Decreto de Alcaldia y publicarse en el diario oficial El Peruano conforme a lo establecido en el articulo 44º de la Ley Nº27972 - Ley Organica de Municipalidades -; Que, en merito a lo expuesto, la Gerencia de Servicios a la MORDAZA ha formulado el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios al 25 % de Viviendas Urbanas del Distrito de La Victoria" de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio del Ambiente a fin de implementarlo en el distrito y de esta forma dar cumplimiento a la meta MORDAZA mencionada; Que, al respecto se precisa que en el ano 2011 se emitio la Ordenanza Nº132-2011/MLV que aprobo el Plan de Manejo de Residuos Solidos en el Distrito de La MORDAZA, asi como los Decretos de Alcaldia Nº 0122011-ALC/MLV, Nº 006-2012-ALC/MLV y Nº 002-2013ALC/MLV que aprobaron el Programa de Segregacion MORDAZA mencionado con un alcance del 5%, 7% y 12%, respectivamente, tal como lo establecian las metas de dichos anos; Estando a los fundamentos expuestos, en merito a las normas legales glosadas y contando con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica, de la Gerencia Municipal y de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto ­cuyo jefe es el Coordinador de la Entidad para el cumplimiento de metas del Plan de Incentivos a la Mejora de Gestion y Modernizacion Municipal del Ano 2014- y en uso de las facultades otorgadas en la Ley Nº27972 ­ Ley Organica de Municipalidades-; DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar el "Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 25% de Viviendas Urbanas del Distrito de la Victoria" con el objeto de mejorar la gestion ambiental de los residuos solidos, involucrando la participacion activa de las organizaciones sociales y vecinos del distrito, el cual forma parte integrante del presente Decreto como Anexo. Articulo Segundo.- Encargar a la Subgerencia de Tecnologia de la Informacion la publicacion del presente Decreto y de su Anexo en el MORDAZA institucional www. munilavictoria.gob.pe, debiendo ejecutar las demas acciones que corresponden a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA AIZCORBE C. MORDAZA

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA VISTOS: El memorandum Nº 296-2014-GESECI/MLV de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA de 2 de MORDAZA de 2014, el informe anual 2013 del sistema de informacion para la gestion de residuos solidos, el Anexo que contiene el Programa de segregacion en la fuente y recoleccion selectiva de residuos solidos en un 25% de las viviendas urbanas de La Victoria; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en los articulos 194º y 195º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con los articulos II y IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ las municipalidades distritales son organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujecion al ordenamiento juridico, los cuales promueven el desarrollo, la economia local y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, el numeral 4.1 del articulo 80º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades ­ establece que las municipalidades distritales administran y reglamentan, directamente o por concesion, el servicio de limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, entre otros, cuando esten en capacidad de hacerlo; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente ­ dispone que el Estado, a traves de sus entidades y organos correspondientes, disena y aplica las politicas, normas, instrumentos, incentivos y sanciones que MORDAZA necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en la ley; Que, la Ley Nº 27314 ­ Ley General de Residuos Solidos ­ senala en su articulo 10º que las municipalidades distritales son responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos de origen domiciliario, comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos y de la limpieza de los espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2009MINAM se aprueba la Politica Nacional del Ambiente, la cual establece en el Eje de Politica Nº 2 Ia Gestion Integral de la Calidad Ambiental y declarando como uno de los Lineamientos de Politica de los Residuos Solidos, el de promover la formalizacion de los segregadores y recicladores y otros actores que participan en el manejo de los mismos; Que, la Ley Nº 29419 ­ Ley que Regula Ia Actividad de los Recicladores ­ busca establecer el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el pais. Esto en el MORDAZA de los objetivos y principios de las Leyes Nº 27314 y Nº 28611, MORDAZA citadas, estableciendo a su vez que dicha actividad es regulada por los gobiernos locales como entes rectores, en el MORDAZA de sus atribuciones y que el regimen de regulacion local se orienta a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestion de residuos solidos; Que, mediante Decreto Supremo Nº015-2014-EF, el Ministerio de Economia y Finanzas establecio los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignacion de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestion y Modernizacion Municipal del ano 2014; Que, en el Anexo Nº 02 "Metas del Plan de Incentivos que deben cumplir las municipalidades al 31 de MORDAZA del ano 2014" del citado Decreto Supremo se detalla los objetivos que le corresponden cumplir a cada uno de los gobiernos locales, estableciendo la Meta Nº 03: Implementacion del Programa de Segregacion en la Fuente y Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Domiciliarios en un 25% de las Viviendas Urbanas del Distrito de la MORDAZA, estableciendo como responsable de entrega de resultados al Ministerio del Ambiente; Que, en merito a lo expuesto, el citado Ministerio emitio la correspondiente Guia para el cumplimiento de la Meta Nº 03, estableciendo el procedimiento para implementar

1109029-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Modifican la Ordenanza Nº 274-MDL ­ "Ordenanza que regula el Carne de Sanidad en el distrito de Lince"
ORDENANZA Nº 338-MDL
Lince, 30 de junio del 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE: POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTOS: En Sesion Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 02, de fecha 04 de junio del 2014, emitido por la Comision de Educacion, Cultura, Deporte y Salud, y con

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