Norma Legal Oficial del día 12 de julio del año 2014 (12/07/2014)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 137

El Peruano Sabado 12 de MORDAZA de 2014

527667
Por lo expuesto y estando dentro de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, la Ley de Bases de la Descentralizacion- Ley Nº 27783, Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 y sus modificatorias, y por el Reglamento Interno de Organizacion y Funciones del Consejo Regional del MORDAZA, el Consejo Regional por unanimidad; El Consejo Regional de Cusco; Ha dado la siguiente:

del ambiente. Promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; Que, el articulo 68º de la Constitucion Politica del Estado, establece que el Estado esta obligado a promover la conservacion de la diversidad biologica y de las areas naturales protegidas; Que, el articulo 35º inc. n) de la Ley Nº 27783º - Ley de Bases de la Descentralizacion y modificatorias senala que son competencias exclusivas de los Gobiernos Regionales promover el uso sostenible de los recursos forestales y de biodiversidad; Que, el articulo 53º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias establece, que las funciones materia ambiental, precisando que es funcion de los Gobiernos Regionales, implementar el sistema regional de gestion ambiental, en coordinacion con las comisiones ambientales; asi como formular, coordinar, conducir y supervisar la aplicacion de las estrategias regionales respecto a la diversidad biologica y sobre cambio climatico, dentro del MORDAZA de las estrategias nacionales respectivas; Que, mediante Resolucion Legislativa Nº 26185 se ratifico la Convencion MORDAZA de las Naciones Unidas sobre Cambio Climatico (1992), la cual tiene como objetivo ultimo la estabilizacion de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmosfera a un nivel que impida interferencias antropogenas peligrosas en el sistema climatico, senalandose que este nivel deberia lograrse en un plazo suficiente que permita que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climatico, asegurar que la produccion de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo economico prosiga de manera sostenible; Que, el Decreto Supremo Nº 086-2003-PCM- Aprueba Estrategia Nacional sobre cambio climatico, en su articulo 2º establece: La Estrategia Nacional sobre cambio climatico es de obligatorio cumplimiento y debe ser incluida en las politicas, planes y programas sectoriales y regionales en concordancia con lo establecido por el articulo 53º, literal c) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, asi como con los compromisos institucionales contenidos en ella; Que, el articulo 61º de la Ley General del Ambiente ­ Ley Nº 28611, establece que los gobiernos regionales, a traves de sus Gerencias de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, y en coordinacion con las Comisiones Ambientales Regionales y la Autoridad Ambiental Nacional, implementan un Sistema Regional de Gestion Ambiental, integrando a las entidades publicas y privadas que desempenan funciones ambientales o que inciden sobre la calidad del medio ambiente, asi como la sociedad civil, en el ambito de actuacion del gobierno regional; Que, la creacion del Consejo Regional de Cambio Climatico responde a los postulados de Estrategia Nacional de Cambio Climatico el cual constituye un instrumento regional orientador de las instituciones publicas y privadas y sociedad civil, que se perfila a desarrollar acciones pertinentes y concertadas de mitigacion y adaptacion al cambio climatico; asi como articular la accion de los diferentes actores para hacer mas racional sus intervenciones, potenciando el impacto global de sus acciones y promover la incorporacion en la agenda de desarrollo regional y local, de programas y proyectos de adaptacion al cambio climatico; Que, mediante Memorandum Nº 1766-2013-GR CUSCO/GRRNGMA de 23 de octubre del 2013, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente remite la Propuesta de Ordenanza Regional que crea el Consejo Regional de Cambio Climatico, corregido segun las observaciones presentadas por el equipo tecnico de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional, solicitando continuar con el tramite correspondiente. Y con el informe Nº 311-2013-GR CUSCO-GRPPAT-SGDI de fecha 30 de octubre del 2013, la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional considerando las observaciones levantadas y corregidas, emite opinion de conformidad y que se proceda con el tramite correspondiente; Que, el Consejo Regional tiene la atribucion de normar asuntos de caracter general, la organizacion y administracion del Gobierno Regional reglamentando las materias de su competencia conforme se establece en el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por la Ley Nº 27902, que es atribucion del Consejo Regional la de aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional;

ORDENANZA REGIONAL
Articulo Primero.- CREAR el Consejo Regional de Cambio Climatico de la Region MORDAZA ­ CORECC REGION MORDAZA, como organo consultivo y de concertacion entre el Estado, Instituciones Privadas y Organizaciones de la Sociedad Civil; cuyo fin es promover la implementacion de la Estrategia Regional Frente al Cambio Climatico, a traves de propuestas, politicas, estrategias y planes para el desarrollo con medidas de mitigacion y adaptacion ante los efectos e impactos del cambio climatico. Articulo Segundo.- El Consejo Regional de Cambio Climatico de la Region MORDAZA ­ CORECC REGION MORDAZA, estara conformado por representantes titulares o un Alterno Acreditado, de las siguientes instituciones/organizaciones: A. Gobierno Regional: - Presidencia Regional del Gobierno Regional MORDAZA, quien lo presidira. - Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente, que asumira la Secretaria Tecnica. - Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. - Gerencia Regional de Desarrollo Social. - Gerencia Regional de Desarrollo Economico. - Gerencia Regional de Infraestructura. - Direccion Regional de Agricultura Cusco. - Direccion Regional de Salud Cusco. - Direccion Regional de Educacion. - Direccion Regional de Vivienda Construccion y Saneamiento. - PER Instituto de Manejo de Agua y Medio Ambiente ­ IMA. - PER Plan Meriss Inka. B. Representantes de los 13 gobiernos locales provinciales. C. Representante del Colegio de Ingenieros. D. Representante del Colegio de Biologos. E. Representante del Colegio de Arquitectos. F. Representante del Colegio de Periodistas. G. Representante de la Universidad Nacional San MORDAZA MORDAZA del Cusco. H. Representante de la Universidad MORDAZA del Cusco. I. Representantes de Instituciones privadas (ONGS y asociaciones) que ejecuten acciones y proyectos ligados al cambio climatico. J. Organismos publicos descentralizados. - Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia SENAMHI. - Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural ­ AGRORURAL. - Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA. - Autoridad Local del Agua ­ ALA. K. Representantes de Plataformas Regionales (CORSA, Grupo Impulsor de la MORDAZA del Vilcanota Urubamba, Comite Tecnico de Glaciologia, Mesa REDD, MCLCP). L. Representantes de la Camara de Comercio del Cusco. M. Representantes de los gremios campesinos (FARTAC-FDCC-ARPAC) Cualquier institucion publica o privada, o sociedad civil organizada que tenga legitimo interes en el tema de cambio climatico podra formar parte de este Consejo. N. Otras que determina el Consejo Regional de Cambio Climatico Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente del Gobierno Regional de MORDAZA, la Secretaria Tecnica del Consejo Regional de Cambio Climatico CORECC REGION MORDAZA, estableciendo como funciones las siguientes:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.