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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2014 (12/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 147

El Peruano Sábado 12 de julio de 2014 527677 que corresponde al Código 15.02, sobre Respeto a las Normas de Convivencia Urbana. Código INFRACCIÓN Monto de la UIT Sanción Complementaria 15.02 Por efectuar reparaciones mecánicas o lavado de automóviles o pintado de automóviles en la vía o área pública. a) Propietario b) Tercero 30 % 20% “Retención de los equipos, herramientas, mobiliarios y/o similares y/o Reposición al estado anterior de la vía o área pública” Artículo Segundo.- MODIFICAR la Tabla de Infracciones y Sanciones Administrativas, aprobada por Ordenanza N° 310-MSI, en el extremo de las sanciones que corresponde a las Normas de Comercio en Vía Pública. Código INFRACCIÓN Monto de la UIT Sanción Complementaria 18.22 Por efectuar o permitir el lavado de automóviles en la vía o área pública. a) Propietario b) Tercero 30% 20% “Retención de los equipos, herramientas, mobiliarios y/o similares y/o Reposición al estado anterior de la vía o área pública” Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Fiscalización el cumplimiento de la presenta Ordenanza. Artículo Cuarto.- DEROGAR todas las disposiciones cuya aplicación sea incompatible o que se opongan con la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en San Isidro, el 2 del mes de julio del 2014. MAGDALENA DE MONZARZ STIER Alcaldesa 1108865-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aceptan donaciones efectuadas por agentes participantes del Presupuesto Participativo 2014, destinadas al cofinanciamiento de proyectos de inversión ACUERDO DE CONCEJO Nº 017-2014-MDSMP San Martín de Porres, 30 de junio del 2014 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 30.JUNIO.2014, con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre la aceptación de donaciones de depósitos económicos para cofi nanciamiento y su incorporación al presupuesto institucional; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre el proyecto de acuerdo que acepta los depósitos económicos para cofi nanciamiento de proyectos de inversión, por la suma de S/. 205,989.70, efectuados por los agentes participantes del Presupuesto Participativo 2014, de acuerdo a lo señalado en el Anexo Nº 1 presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad con el Informe No. 057-2014-GPP/MDSMP – y que formará parte integrante de la presente norma municipal; lo que cuenta asimismo con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 947-2014-GAJ/MDSMP) y Gerencia Municipal (Proveído Nº 867-14-GM); De conformidad con los artículos 9, inciso 20) y 41 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículo 69 del TUO de la Ley Nº 28411 – General del Sistema Nacional de Presupuesto; con el Voto Mayoritario de los señores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres aprueba el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- ACEPTAR las donaciones efectuadas por los agentes participantes del Presupuesto Participativo 2014, por la suma de S/. 205,989.70, destinadas al cofi nanciamiento de proyectos de inversión; conforme a lo señalado en el Anexo Nº 1 presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de esta corporación municipal a efectuar la incorporación del monto señalado en el artículo precedente al Presupuesto Institucional 2014, conforme a lo dispuesto en el TUO de la Ley Nº 28411 – General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como la Directiva de Ejecución Presupuestaria vigente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de este Acuerdo conforme a la normatividad legal vigente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1109399-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Establecen bono de incentivo “Ecobono Barranca”, a favor de contribuyentes de la categoría casa-habitación y vivienda- comercio (sólo bodegas), que participen en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de Residuos Sólidos Domiciliarios “Eco Barranca” ORDENANZA MUNICIPAL Nº 0012-2014-AL/CPB EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 11 de Junio del 2014, en la estación Orden del Día, el Proyecto de Ordenanza que establece el Bono de Incentivo, “Ecobono Barranca”, a favor de los Contribuyentes de la categoría Casa – Habitación y Vivienda-Comercio (Sólo Bodegas), que participan actualmente y de los que se integren para participar en el Programa de Segregación en la Fuente y Recolección Selectiva de los Residuos Sólidos Domiciliarios “Eco Barranca”, y; CONSIDERANDO: Que, según lo señalado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades: “Los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los