Norma Legal Oficial del día 19 de julio del año 2014 (19/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano Sabado 19 de MORDAZA de 2014

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Comision Transitoria de Signos Distintivos, a efectos de atender oportunamente la carga procesal que actualmente administra la Comision de Signos Distintivos; Que, en ese sentido, corresponde la designacion de los miembros que integraran la Comision Transitoria de Signos Distintivos, la cual estara presidida por el Director de la Direccion de Signos Distintivos, conforme a lo indicado en el literal c) del articulo 42.3º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 14 de MORDAZA de 2014, con la opinion favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 2°.- Designar a la senorita Viana MORDAZA MORDAZA MORDAZA y a los senores MORDAZA MORDAZA Costa MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Llosa como miembros de la Comision Transitoria de Signos Distintivos. Registrese, comuniquese y publiquese.

modificado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi determinar el regimen de dietas de los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, mediante Informe N° 115-2014/DSD, la Direccion de Signos Distintos y la Secretaria Tecnica de la Comision de Signos Distintivos propusieron la creacion de una Comision Transitoria con el objetivo de atender oportunamente la carga procesal que administra la referida Comision; Que, mediante Acuerdo Nº 125-2008 adoptado en sesion de fecha 28 de octubre de 2008, el Consejo Directivo aprobo el regimen de dietas aplicable a los organos que conforman la estructura organica resolutiva del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion en sesion de fecha 14 de MORDAZA de 2014; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Crear la Comision Transitoria de Signos Distintivos, la cual ejercera funciones hasta el 31 de diciembre de 2014. Articulo 2°.- Asignar a la Comision Transitoria de Signos Distintivos la misma competencia resolutiva que corresponde a la Comision de Signos Distintivos. Articulo 3º.- Disponer que la Comision Transitoria de Signos Distintivos cuente con el apoyo funcional de la Secretaria Tecnica de la Comision de Signos Distintivos, de conformidad con lo dispuesto por el Capitulo IV del Titulo V de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033. Articulo 4°.- Fijar los montos de las dietas a ser percibidas por los miembros de la Comision Transitoria de Signos Distintivos, asi como la periodicidad de sus sesiones mensuales retribuidas, en atencion al Acuerdo Nº 125-2008, de la siguiente manera: Numero MORDAZA de sesiones mensuales retribuidas 15

HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1112462-2

Aprueban Normas Tecnicas Peruanas sobre esparrago, palta y otros
RESOLUCION COMISION DE NORMALIZACION Y DE FISCALIZACION DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 60-2014/CNB-INDECOPI MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO:

Organo Resolutivo Comision Transitoria de Signos Distintivos

Monto de la dieta segun el cargo VicePresidente Miembro S/. 425 S/. 400

Registrese, comuniquese y publiquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo` 1112462-1

Designan miembros de la Comision Transitoria de Signos Distintivos
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 114-2014-INDECOPI/COD MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del articulo 5º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1033, el Consejo Directivo de la Institucion se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las areas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del articulo 22° de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, el periodo de designacion de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) anos, pudiendo ser designados por un periodo adicional; Que, en sesion de fecha 14 de MORDAZA de 2014, el Consejo Directivo del Indecopi acordo la creacion de la

Que, conforme a lo establecido en el Articulo 28º de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Articulos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacion y Acreditacion, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta MORDAZA Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comision de Normalizacion y de Fiscalizacion de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacion, aprobar las Normas Tecnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comites Tecnicos de Normalizacion; Que, las actividades de Normalizacion deben realizarse sobre la base del Codigo de Buena Conducta para la Adopcion, Elaboracion y Aprobacion de Normas que figura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstaculos Tecnicos al Comercio de la Organizacion Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislacion nacional mediante Resolucion Legislativa 26407. Dicho Codigo viene siendo implementado por la Comision a traves del Sistema Peruano de Normalizacion, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracion y Aprobacion de Normas Tecnicas Peruanas y el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion, aprobados mediante Resolucion 0482008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboracion y actualizacion de Normas Tecnicas Peruanas deben realizarse con la participacion de representantes de todos los sectores involucrados: produccion, consumo y tecnico, constituidos en Comites Tecnicos de Normalizacion, la Comision conformo los siguientes Comites Tecnicos de Normalizacion: a) Esparragos, b) Productos agroindustriales de exportacion; c) Fertilizantes y sus productos afines, d) Seguridad contra incendios, e) Productos forestales maderables transformados y f) Conductores electricos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comites Tecnicos de Normalizacion MORDAZA senalado; Que, los Comites Tecnicos de Normalizacion citados, presentaron Proyectos de Normas Tecnicas Peruanas

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