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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2014 (19/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 86

TEXTO PAGINA: 53

El Peruano Sábado 19 de julio de 2014 528127 modifi cado por el Decreto Supremo N° 107-2012-PCM, corresponde al Consejo Directivo del Indecopi determinar el régimen de dietas de los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, mediante Informe N° 115-2014/DSD, la Dirección de Signos Distintos y la Secretaría Técnica de la Comisión de Signos Distintivos propusieron la creación de una Comisión Transitoria con el objetivo de atender oportunamente la carga procesal que administra la referida Comisión; Que, mediante Acuerdo Nº 125-2008 adoptado en sesión de fecha 28 de octubre de 2008, el Consejo Directivo aprobó el régimen de dietas aplicable a los órganos que conforman la estructura orgánica resolutiva del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 14 de julio de 2014; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 1º.- Crear la Comisión Transitoria de Signos Distintivos, la cual ejercerá funciones hasta el 31 de diciembre de 2014. Artículo 2°.- Asignar a la Comisión Transitoria de Signos Distintivos la misma competencia resolutiva que corresponde a la Comisión de Signos Distintivos. Artículo 3º.- Disponer que la Comisión Transitoria de Signos Distintivos cuente con el apoyo funcional de la Secretaría Técnica de la Comisión de Signos Distintivos, de conformidad con lo dispuesto por el Capítulo IV del Título V de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por Decreto Legislativo N° 1033. Artículo 4°.- Fijar los montos de las dietas a ser percibidas por los miembros de la Comisión Transitoria de Signos Distintivos, así como la periodicidad de sus sesiones mensuales retribuidas, en atención al Acuerdo Nº 125-2008, de la siguiente manera: Órgano Resolutivo Número máximo de sesiones mensuales retribuidas Monto de la dieta según el cargo Comisión Transitoria de Signos Distintivos 15 Vice- Presidente Miembro S/. 425 S/. 400 Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo` 1112462-1 Designan miembros de la Comisión Transitoria de Signos Distintivos RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI Nº 114-2014-INDECOPI/COD Lima, 17 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el literal d) del artículo 5º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1033, el Consejo Directivo de la Institución se encuentra facultado para designar a los miembros de las Comisiones de las áreas de competencia y propiedad intelectual; Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del artículo 22° de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, el período de designación de los miembros de las Comisiones es de cinco (5) años, pudiendo ser designados por un período adicional; Que, en sesión de fecha 14 de julio de 2014, el Consejo Directivo del Indecopi acordó la creación de la Comisión Transitoria de Signos Distintivos, a efectos de atender oportunamente la carga procesal que actualmente administra la Comisión de Signos Distintivos; Que, en ese sentido, corresponde la designación de los miembros que integrarán la Comisión Transitoria de Signos Distintivos, la cual estará presidida por el Director de la Dirección de Signos Distintivos, conforme a lo indicado en el literal c) del artículo 42.3º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institución en sesión de fecha 14 de julio de 2014, con la opinión favorable del Consejo Consultivo; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Artículo 2°.- Designar a la señorita Viana Elisa Rodríguez Escobar y a los señores Jean Carlo Costa Gálvez e Ignacio Jose Joaquín Soto Llosa como miembros de la Comisión Transitoria de Signos Distintivos. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1112462-2 Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre espárrago, palta y otros RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS Nº 60-2014/CNB-INDECOPI Lima, 3 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 28º de la Ley de Organización y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048- 2008/CNB-INDECOPI; Que, toda vez que las actividades de elaboración y actualización de Normas Técnicas Peruanas deben realizarse con la participación de representantes de todos los sectores involucrados: producción, consumo y técnico, constituidos en Comités Técnicos de Normalización, la Comisión conformó los siguientes Comités Técnicos de Normalización: a) Espárragos, b) Productos agroindustriales de exportación; c) Fertilizantes y sus productos afi nes, d) Seguridad contra incendios, e) Productos forestales maderables transformados y f) Conductores eléctricos, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización antes señalado; Que, los Comités Técnicos de Normalización citados, presentaron Proyectos de Normas Técnicas Peruanas