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El Peruano Domingo 20 de julio de 2014 528182 Eliot Hernán Gaviria Valverde Pasajes Aéreo : S/. 2,641.95 Viáticos (3 días) : S/. 3,130.20 Total : S/. 5,772.15 Marissa Anelí González Otoya Barrera Pasajes Aéreo : S/. 2,641.95 Viáticos (3 días) : S/. 3,130.20 Total : S/. 5,772.15 Artículo 3°.- La ejecución de la presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados servidores deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros 1113247-2 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 048-2014-PCM Mediante Ofi cio Nº 575-2014-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 048-2014-PCM, publicado en la edición del día 12 de julio de 2014. En el número del Decreto Supremo; DICE: DECRETO SUPREMO N° 048-2014-PCM DEBE DECIR: DECRETO SUPREMO N° 004-2014-MIDIS 1113246-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 228-2014-PCM Mediante Ofi cio Nº 574-2014-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 228-2014-PCM, publicada en la edición del día 12 de julio de 2014. En el número de la Resolución Suprema; DICE: RESOLUCIÓN SUPREMA N° 228-2014-PCM DEBE DECIR: RESOLUCIÓN SUPREMA N° 233-2014-PCM 1113245-1 CULTURA Autorizan viaje de funcionario del Ministerio de Cultura a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 016-2014-MC Lima, 19 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica, que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene como áreas programáticas de acción, el Patrimonio Cultural de la Nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, mediante documento de fecha 12 de mayo de 2014, el Secretario Ejecutivo de la Cinematografía Iberoamericana de la Conferencia de Autoridades Cinematográfi cas de Iberoamérica, cursa invitación al Ministerio de Cultura para participar en la “XXVI Reunión Ordinaria de la Conferencia de Autoridades Cinematográfi cas de Iberoamérica - CACI” y en la “X Reunión Extraordinaria del Comité Intergubernamental IBERMEDIA-CII”, que tendrá lugar del 21 al 24 de julio de 2014, en la ciudad de Cuenca, República del Ecuador; Que, la Conferencia de Autoridades Cinematográfi cas de Iberoamérica (CACI) es un organismo internacional del ámbito regional iberoamericano especializado en materia audiovisual y cinematográfi ca, cuyo objetivo es el desarrollo de la cinematografía dentro del espacio audiovisual de los países iberoamericanos y la integración mediante una participación equitativa en la actividad cinematográfi ca regional; Que, el Perú es país miembro de la Conferencia de Autoridades Cinematográfi cas de Iberoamérica – CACI, siendo de especial interés participar en la XXVI Reunión que se convoca porque en ella se establecerán las líneas de acción referidas a su presupuesto, gestión, proyectos, políticas cinematográfi cas y audiovisuales a nivel iberoamericano, y asimismo se ha propuesto que la reunión de la CACI – IBERMEDIA del mes de noviembre de 2014 se realice en la ciudad de Cusco; Que, el Programa de Desarrollo en Apoyo a la Construcción del Espacio Audiovisual Iberoamericano – IBERMEDIA, es un fondo fi nanciero multilateral cuyo objetivo es estimular la cooperación técnica y fi nanciera para fomentar las áreas de formación profesional, desarrollo de proyectos, y coproducciones en el ámbito audiovisual y cinematográfi co, en lenguaje español y portugués, siendo de interés para las funciones que realiza la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; Que, con Informe N° 244-2014-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 27 de mayo de 2014, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, manifestó que es prioritario asistir a estas reuniones ya que en ellas se formalizará la posibilidad de recibir la sesión de la Conferencia de Autoridades Cinematográfi cas de Iberoamérica (CACI) y la sesión del Comité Intergubernamental IBERMEDIA en la ciudad de Cusco, durante el mes de noviembre de 2014, por lo cual propone se autorice la participación del señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero, Director de la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios; Que, de acuerdo al artículo 80 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Dirección del Audiovisual, la Fonografía y los Nuevos Medios es la unidad orgánica encargada de diseñar, proponer, promover y ejecutar las políticas, planes, estrategias y normas para el desarrollo y promoción de la industria audiovisual, fonografía y de nuevos medios aplicados a la producción cultural; Que, en vista de la importancia de las reuniones antes descritas y su aporte para el desarrollo de la agenda cinematográfi ca nacional y el interés institucional de ser sede de la próxima sesión de la Conferencia de Autoridades Cinematográfi cas de Iberoamérica – CACI, se estima conveniente autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero, del 20 al 25 de julio de 2014, a la ciudad de Cuenca, República del Ecuador; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específi co de la institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos;