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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2014 (20/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Domingo 20 de julio de 2014 528193 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL Amplían fecha para el censo de operadores del Diagnóstico de Conocimientos de los operadores de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 139-2014-SERVIR/PE Lima, 18 de julio de 2014 VISTO, el Informe Nº 018-2014-SERVIR/GDCRSC de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil; CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 084- 2014-SERVIR/PE se aprobó la Directiva N° 002-2014- SERVIR/GDCRSC “Directiva que regula el desarrollo del Diagnóstico de Conocimientos de las personas al servicio del Estado en los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública; Que, conforme lo establecido en el numeral 7.2 de la Directiva N° 002-2014-SERVIR/GDCRSC, mencionada en el considerando precedente, concordado con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 097-2014-SERVIR-PE, el censo del Diagnóstico de Conocimientos de los operadores de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública, se realiza en dos etapas: a) Registro del responsable del censo hasta el 17 de junio; y, b) Censo de operadores, cuya fecha se formalizó mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 105-2014-SERVIR-PE; Que, mediante documento de visto, la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil, órgano encargado de la gestión de los subsistemas de desarrollo de capacidades y evaluación del desempeño en el marco de la gestión del rendimiento, propone ampliar la fecha para el Censo de Operadores del Diagnóstico de Conocimientos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública, hasta el 15 de agosto de 2014, con la fi nalidad de incrementar la cantidad de operadores registrados; Con la visación de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo de Capacidades y Rendimiento del Servicio Civil y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1023 y en uso de las facultades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aprobado con Decreto Supremo Nº 062-2008-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Ampliar la fecha para el censo de operadores del Diagnóstico de Conocimientos de los operadores de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico y Modernización de la Gestión Pública, hasta el 15 de agosto de 2014. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de SERVIR (www.servir.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS CORTÉS CARCELÉN Presidente Ejecutivo 1113243-1 COMISION DE PROMOCION DEL PERU PARA LA EXPORTACION Y EL TURISMO Autorizan viajes de representantes de PROMPERU a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 132-2014-PROMPERÚ/SG Lima, 14 de julio de 2014 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, el Comité Andino de Autoridades de Promoción de Exportaciones, fue creado mediante la Decisión 566 y conformado por las autoridades de promoción comercial de los países miembros de la Comunidad Andina, con la fi nalidad de avanzar hacia una mayor integración, realizar proyectos destinados a incrementar las posibilidades de negocios de los países miembros con el resto del mundo, tales como encuentros empresariales, participación conjunta en ferias y misiones internacionales; Que, la XXII reunión del Comité Andino de Autoridades de Promoción de Exportaciones, se realizará en la ciudad de Medellín, República de Colombia, los días 23 y 24 de julio de 2014, con el objetivo evaluar y revisar las actividades conjuntas realizadas, así como las programadas para el presente año, como es el caso de la participación conjunta en las Ferias Magic Show, en Las Vegas, Estados Unidos y Fine Food Australia, en Melbourne, Australia, entre otras actividades; Que, por tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones, solicita que se autorice el viaje del señor José Agustín Quiñones Baltodano, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Medellín, República de Colombia, para que en representación de PROMPERÚ participe en la referida reunión, con el fi n de realizar acciones de promoción de las exportaciones; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Medellín, República de Colombia, del señor José Agustín Quiñones Baltodano, del 22 al 25 de julio de 2014, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la reunión a que se refi ere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán efectuados con cargo al Pliego Presupuestal: 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: