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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2014 (20/07/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Domingo 20 de julio de 2014 528194 Pasajes Aéreos : US$ 791,00 Viáticos (US$ 370,00 x3 días) : US$ 1 110,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el señor José Agustín Quiñones Baltodano, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la reunión a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no da derecho a liberación o exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1112391-1 RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 133-2014-PROMPERÚ/SG Lima, 15 de julio de 2014 Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección de Promoción del Turismo de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, la Alianza del Pacífi co es una iniciativa de integración regional conformada por Chile, Colombia, México y Perú, teniendo como uno de sus principales objetivos el impulsar el mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías de las partes para convertirse en una plataforma de articulación e integración económica y comercial. Para el logro de sus objetivos se plantean y ejecutan acciones conjuntas que comprometen el logro de los mismos como un bloque de integración regional; Que, en el marco del I Encuentro de Tour Operadores de Alianza del Pacífi co, realizado el 29 de abril de 2014, en la ciudad de Santiago, República de Chile, se propuso y acordó la realización de la “I Macro Rueda de Turismo de la Alianza del Pacífi co”, a realizarse en la ciudad de Cali, República de Colombia, los días 23 y 24 de julio de 2014, con el objetivo de establecer un espacio conjunto de intercambio y alianzas comerciales entre las empresas del sector turismo de la Alianza del Pacífi co, que promuevan la generación de paquetes turísticos que fomenten los viajes de turismo intrarregional; Que, en tal razón, la Dirección de Promoción del Turismo de PROMPERÚ ha solicitado que se autorice el viaje de las señoras María del Carmen de Reparaz Zamora y Liz Carolina Chuecas Gatty, quienes prestan servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Cali, República de Colombia, para que en su representación participen en la “I Macro Rueda de Turismo de la Alianza del Pacífi co”, realizando acciones de promoción del Turismo de importancia para el país; Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Cali, República de Colombia, de las señoras María del Carmen de Reparaz Zamora y Liz Carolina Chuecas Gatty, del 21 al 24 de julio de 2014 y del 21 al 25 de julio de 2014 respectivamente, para que en representación de PROMPERÚ participen en el evento señalado en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle: María del Carmen de Reparaz Zamora: - Pasajes Aéreos : US $ 696 00 - Viáticos (US$ 370,00 x 3 días) : US $ 1 110,00 Liz Carolina Chuecas Gatty: - Pasajes Aéreos : US $ 1 042,00 - Viáticos (US$ 370,00 x 4 días) : US $ 1 480,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución, presentarán a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistirán; asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1112391-2 INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Aprueban Normas Técnicas Peruanas sobre bebida de malta, seguridad contra incendios y otras RESOLUCIÓN COMISIÓN DE NORMALIZACIÓN Y DE FISCALIZACIÓN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS N° 63-2014/CNB-INDECOPI Lima, 10 de julio de 2014 CONSIDERANDO: Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artículos 4º al 11º de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalización y Acreditación, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta última Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalización, aprobar las Normas Técnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio, que fuera incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa 26407. Dicho Código viene siendo implementado por la Comisión a través del Sistema Peruano de Normalización, del cual forman parte el Reglamento de Elaboración y Aprobación de Normas Técnicas Peruanas y el Reglamento de Comités Técnicos de Normalización, aprobados mediante Resolución 048-2008/ CNB-INDECOPI;