Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2014 (20/07/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA 20 de MORDAZA de 2014

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del Ano Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 004: MORDAZA de MORDAZA del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos Organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al B.A.P. "CLAVERO" (CF-15), para que participe en la Visita Operacional de Interoperabilidad Fluvial, con ocasion de celebrarse los 204º Aniversario de la Independencia Nacional de la Republica de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 20 al 22 de MORDAZA de 2014; asi como, autorizar su retorno al MORDAZA el 23 de MORDAZA de 2014. Articulo 2º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio del Personal MORDAZA de la dotacion del B.A.P. "CLAVERO" (CF-15), que se detalla en la relacion del Anexo y que forma parte integrante de la presente Resolucion, para que participen en la Visita Operacional de Interoperabilidad Fluvial, con ocasion de celebrarse los 204º Aniversario de la Independencia Nacional de la Republica de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 20 al 22 de MORDAZA de 2014; asi como, autorizar su retorno al MORDAZA el 23 de MORDAZA de 2014. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Asignacion por Estadia en Puerto Extranjero: US$. 48,00 x 3 dias x 3 Oficiales Superiores US$. 40,00 x 3 dias x 3 Oficiales Subalternos US$. 30,00 x 3 dias x 45 Personal Subalterno US$. 21,00 x 3 dias x 10 Personal Marineria TOTAL A PAGAR US$. 432.00 US$. 360.00 US$. 4,050.00 US$. 630.00 -----------------US$. 5,472.00

Articulo 3°.- El traslado de la Comitiva Oficial, desde la MORDAZA de Iquitos a la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, tanto de ida como de retorno, sera realizado a bordo de unidades de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de la Fuerza Aerea del Peru. Articulo 4°.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El Oficial Superior designado mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal MORDAZA comisionado, debera efectuar la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

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Autorizan viaje de personal MORDAZA de la dotacion del B.A.P "CLAVERO" a . Colombia, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 341-2014-DE/MGP
MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2014 Visto, el Oficio P.1000-1594 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 15 de MORDAZA de 2014; CONSIDERANDO: Que, anualmente la MORDAZA de MORDAZA del Peru, a traves de la Comandancia General de Operaciones de la Amazonia y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, participa en forma ininterrumpida con Unidades Fluviales, en las celebraciones de las MORDAZA Patrias de la Republica de Colombia; Que, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, ha considerado dentro de sus prioridades para el ano 2014, la designacion y autorizacion de viaje al B.A.P. "CLAVERO" (CF-15) y del Personal MORDAZA de su dotacion, para que participen en la Visita Operacional de Interoperabilidad Fluvial, con ocasion de celebrarse los 204º Aniversario de la Independencia Nacional de la Republica de Colombia; Que, la visita permitira incrementar los lazos de amistad, confianza mutua y cooperacion entre MORDAZA Marinas; asi como, evidenciar un alto nivel de entrenamiento y alistamiento de nuestras Unidades Fluviales, para el cumplimiento de las diferentes misiones asignadas, permitiendo asimismo demostrar cohesion contra cualquier amenaza transnacional; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio de Personal MORDAZA que conforma la dotacion del B.A.P. "CLAVERO" (CF-15), para que participe en la Visita Operacional de Interoperabilidad Fluvial, con ocasion de celebrarse los 204º Aniversario de la Independencia Nacional de la Republica de Colombia, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Republica de Colombia, del 20 al 22 de MORDAZA de 2014; por cuanto las experiencias a adquirirse redundaran en beneficio de la Seguridad Nacional dentro del ambito de competencia de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional

Articulo 4º.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º y 2º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El Oficial Superior designado mas antiguo, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha del retorno al pais. Asimismo, el personal comisionado, dentro del mismo plazo efectuara la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha de 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA derecho a exoneracion, ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

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