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El Peruano Martes 10 de junio de 2014 524938 SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR al Ingeniero CARLOS ENRIQUE PRETELL PAREDES en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Moyobamba, de la Dirección Zonal Amazonas, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1094203-1 Designan Jefe de la Agencia Zonal Selva Central de la Dirección Zonal Junín de AGRO RURAL RESOLUCION DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 171-2014-MINAGRI-DVM-DIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 9 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, las Agencias Zonales están a cargo de un Jefe Zonal, quien es designado por Resolución Directoral de la Dirección Ejecutiva, dependen jerárquicamente de la Dirección Zonal y puede administrar uno o más provincias y distritos; Que, se ha visto pertinente designar al funcionario que ejercerá las funciones de Jefe de la Agencia Zonal Selva Central, del ámbito de la Dirección Zonal Junín, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1°.- DESIGNAR al Ingeniero FREDDY WALTER VARGAS AVILES en el cargo de Jefe de la Agencia Zonal Selva Central, de la Dirección Zonal Junín, del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL 1094203-2 Aprueban Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina - Locumba RESOLUCION JEFATURAL Nº 178-2014-ANA Lima, 9 de junio de 2014 VISTO: El Ofi cio Nº 061-2014-ANA/CRHCCL remitido por el Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 24 de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la planifi cación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 019-2013- MINAGRI se creó el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba; Que, de acuerdo con el artículo 41 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca cuentan con un Reglamento Interno para su funcionamiento, el que es aprobado por Resolución Jefatural; Que, con el documento del visto, el Presidente del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba remite un proyecto de Reglamento Interno solicitando sea aprobado; Que, con Informe Técnico N° 006-2014-ANA-DCPRH- GRH-OCA/GSB la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos recomienda la aprobación del precitado proyecto, señalando que guarda conformidad con los Lineamientos para la elaboración del Reglamento Interno de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, aprobados por Resolución Jefatural N° 290-2012-ANA; Que, en consecuencia, con la fi nalidad de garantizar el adecuado funcionamiento del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba, resulta necesario aprobar su Reglamento Interno; y Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaría General y en uso de la atribuciones conferidas por el artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba que consta de seis (06) títulos, treinta y dos (32) artículos y dos (2) disposiciones complementarias fi nales, que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación del Reglamento Interno del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Caplina – Locumba en el portal institucional: www.ana.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese, JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua 1094397-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar el pago de las asignaciones temporales a los profesores comprendidos en la Ley de Reforma Magisterial DECRETO SUPREMO Nº 134-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA