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El Peruano Sábado 14 de junio de 2014 525376 originado cambios en la estructura orgánica, funciones y competencias, habiéndose creado cargos previstos para la implementación a la nueva situación política en materia de descentralización, que propugna un impulso dinámico al proceso de descentralización; Que, mediante Informe Nº 007-2014-GRH-GRPPAT/ SGDIS/GACB, de fecha 14 de marzo del 2014, Informe Técnico dirigido a la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Sistemas, referente a la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Aldea Infantil “San Juan Bosco de Huánuco”, contiene los cargos clasifi cados de la entidad, en base a la estructura orgánica vigente prevista en su ROF por reordenamiento de cargos que conllevará a una afectación de su Presupuesto Analítico de Personal - PAP, por motivos que deberán asumir y desarrollar funciones por efecto del proceso de transferencia de funciones en el marco del proceso de descentralización, por lo tanto deberán estar preparados con el personal idóneo y poder asumir con éxito las funciones; Que, el Consejo Regional a través de Ordenanzas Regionales, de conformidad con lo previsto en el Art. 15º, lnc.”a”, de la Ley Nº 27867 que señala Aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Inc. “a” del Artículos 37º y 38º del acotado cuerpo normativo; correspondiendo en consecuencia al Consejo Regional como parte de su función normativa, aprobar los documentos de gestión de diversa naturaleza, propuestos por las entidades comprendidas en el ámbito administrativo del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación por el Ejecutivo; Que, la presente Ordenanza Regional cuenta con el dictamen favorable de la Comisión Permanente de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial Y Asuntos Legales del Consejo Regional y de conformidad con las atribuciones conferidas por los Artículos 9o, 10º, 11º, 15º, y 38 de la Ley Orgánica de Gobierno Regionales Nº 27867; Estando a lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los artículos 15 y 38 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y a lo aprobado por MAYORIA en la Sesión de Consejo Regional de Huánuco de la referencia, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL (CAP) DE LA ALDEA INFANTIL “SAN JUAN BOSCO” DEL GOBIERNO REGIONAL HUÁNUCO. Artículo Primero.- APROBAR, la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de la Aldea Infantil “San Juan Bosco de Huánuco”, Órgano Desconcentrado del Gobierno Regional Huánuco, con la implementación de veinte (20) cargos presupuestados y la habilitación de cinco (05) cargos previstos en las diferentes Unidades Orgánicas creadas, haciendo un total de veinticinco (25) cargos de acuerdo a los cuadros conexos que forman parte de la presente Ordenanza Regional por los considerandos expuestos en la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Aldea Infantil “San Juan Bosco de Huánuco”, PUBLICAR la presente Ordenanza conforme a lo dispuesto en el artículo 17º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM y el artículo 42º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867. Artículo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR, la presente Ordenanza Regional en el diario ofi cial “El Peruano” y en el portal del Gobierno Regional de Huánuco en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 42º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 22 días del mes de abril del año dos mil catorce. JOSÉ LUIS GONZALES CHUMBE Consejero Delegado Gobierno Regional Huánuco POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en Huánuco en la Sede Central del Gobierno Regional de Huánuco, a los 25 días del mes de abril del dos mil catorce. LUIS R. PICÓN QUEDO Presidente Gobierno Regional Huánuco 1095981-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran cumplidas por la empresa Hipermercados Tottus S.A. las obras de habilitación urbana de terreno, ubicado en el departamento de Lima RESOLUCIÓN Nº 059-2014-MML-GDU-SPHU Lima, 8 de mayo de 2014 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 93511-2014, del 12 de marzo de 2014, la empresa HIPERMERCADOS TOTTUS S.A. solicita la Recepción de Obras Con Variación de la Habilitación Urbana del terreno de 4,664.45 m2, ubicado en la Avenida Naciones Unidas Nº 1003 y Avenida Colonial Nº 1253-1255-1291-1293-1379, jurisdicción del Cercado, provincia y departamento de Lima y; CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente Nº 27274-2008, de fecha 03 de marzo de 2008 (fs. 1 al 33), promovido por la empresa HIPERMERCADOS TOTTUS S.A., representada por su Gerente General señor Juan Fernando Correa Malachowsqui, solicita la aprobación de la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso de Comercio Metropolitano, del terreno de 4,664.45 m2, ubicado en la Avenida Naciones Unidas Nº 1003 y Avenida Colonial Nº 1253-1255-1291-1293-1379, jurisdicción del Cercado, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Resolución Nº 094-2008-MML-GDU- SPHU, de fecha 04 de abril de 2008 (fs. 162 y 163), se resolvió aprobar de conformidad con el Plano signado con el Nº 003-2008-MML-GDU-SPHU, la Habilitación Urbana Nueva de Lote Único, para Uso Comercio Metropolitano – CM, con Autorización de Ejecución de Obras, desarrollada sobre el terreno de 4,664.45 m², ubicada en la Avenida Naciones Unidas Nº 1003 y Avenida Colonial Nº 1253- 1255-1291-1293-1379, , jurisdicción del Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima; asimismo se aprobó, Aceptar la redención en dinero de los défi cit de Aportes Reglamentarios, para Parques Zonales (SERPAR-LIMA) de 233.22 m², para Renovación Urbana – FOMUR (EMILIMA S.A.) de 139.93 m² y Servicios Públicos Complementarios (MML) de 93.29 m², disponiendo la cancelación de los défi cit de aportes reglamentarios, hasta antes de la Recepción de Obras, quedando como garantía el Lote Único de la Habilitación Urbana; Que, por Resolución Nº 147-2009-MML-GDU-SPHU, de fecha 06 de octubre de 2009 (fs. 189 y 190), se resolvió otorgar a la empresa HIPERMERCADOS TOTTUS S.A., un nuevo plazo de Ejecución de Obras, dieciocho (18) meses, contados a partir de la presente Resolución, obras que serán ejecutadas de conformidad con la Resolución Nº 094-2008-MML-GDU-SPHU, de fecha 04 de abril de 2008 y su Plano signado con el Nº 003-2008-MML-GDU- SPHU y demás especifi caciones técnicas aprobadas, del