Norma Legal Oficial del día 14 de junio del año 2014 (14/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Sabado 14 de junio de 2014

525363
Tasa: Indice porcentual en relacion a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) 3.68% Monto: Conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente para el ano 2014 139.84 Tasa: Indice porcentual en relacion a una (1) Unidad Impositiva Tributaria (UIT) 5% Monto: Conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente para el ano 2014 190



Descripcion



Descripcion

Nulidad de proclamacion por no haber 51 juramentado para asumir el cargo y convocatoria de candidato no proclamado. Medios impugnatorios en contra de otras 52 resoluciones de los Jurados Electorales Especiales. Traslado al consejo regional de la solicitud 53 de vacancia presentada ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Traslado al consejo regional de la solicitud 54 de suspension presentada ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Traslado al concejo municipal de la 55 solicitud de vacancia presentada ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Traslado al concejo municipal de la 56 solicitud de suspension presentada ante el MORDAZA Nacional de Elecciones. Apelacion en contra de la decision adoptada por el consejo regional que 57 resuelve la solicitud de vacancia de los cargos de presidente regional, vicepresidente o consejero regional. Apelacion en contra de la decision adoptada por el consejo regional que 58 resuelve la solicitud de suspension de los cargos de presidente regional, vicepresidente o consejero regional. 59 Apelacion en contra de la decision adoptada por el concejo municipal que resuelve la solicitud de vacancia de los cargos de MORDAZA o regidor. Apelacion en contra de la decision adoptada por el concejo municipal que resuelve la solicitud de suspension de los cargos de MORDAZA o regidor.

Acreditacion ante el MORDAZA Nacional de 68 Elecciones de observadores de procesos electorales. Recurso extraordinario en contra de las resoluciones expedidas por el Pleno 69 del MORDAZA Nacional de Elecciones por afectacion del derecho al debido MORDAZA y a la tutela jurisdiccional efectiva. Impugnacion en contra de resoluciones de la Oficina Nacional de Procesos Electorales o del Registro Nacional 70 de Identificacion y Estado Civil, en materia electoral, de referendum o consultas populares, que agotan la via administrativa. 71 Tacha en contra de los candidatos al Consejo Nacional de la Magistratura, en representacion de los gremios o colegios profesionales. Nulidad parcial o total de la eleccion de los representantes de los gremios o colegios profesionales al Consejo Nacional de la Magistratura.

9.50%

361

75%

2850

0.37%

14.06

0.37%

14.06

9.50%

361

0.37%

14.06

0.37%

14.06

10.51%

399.38

3.15%

119.7

72

26.27%

998.26

3.15%

119.7

Impugnacion en contra de resolucion de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 73 que causa estado, referida al MORDAZA de eleccion de miembros al Consejo Nacional de la Magistratura.

10.51%

399.38

3.15%

119.7

Articulo Tercero.- Se encuentran exonerados del pago de tasa por medio impugnatorio u otro acto en materia electoral: a) Las personas a quienes se les MORDAZA concedido MORDAZA de justicia electoral. b) Los litigantes en las zonas geograficas de la republica, en las que por efectos de las dificultades administrativas o de otra indole se justifique una exoneracion generalizada, aprobada por resolucion del Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones. c) Los que gocen de inafectacion por mandato expreso de la ley. Articulo Cuarto.- No se encuentran exonerados del pago de tasa por medio impugnatorio u otro acto en materia electoral las autoridades o funcionarios que, no obstante representen o formen parte de alguna entidad del poder legislativo, ejecutivo o judicial, organos constitucionalmente autonomos o gobiernos regional o local, actuen o intervengan en los procesos jurisdiccionales electorales a titulo personal. Tampoco se encuentran exonerados del pago de la tasa por medio impugnatorio u otro acto en materia electoral aquellas autoridades o funcionarios contra quienes se siga un MORDAZA jurisdiccional electoral, cuando el sujeto materia del referido MORDAZA no sea la entidad en si misma, sino la autoridad o funcionario. Articulo Quinto.- No se encuentran exonerados del pago de tasa por medio impugnatorio u otro acto en materia electoral, las empresas del Estado, con accionariado integramente publico o mayoritariamente publico que se encuentran dentro del ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), asi como tampoco las empresas regionales o municipales cuyo accionariado le pertenece en su integridad o mayoritariamente a las regiones o municipalidades. Articulo Sexto.- Se concedera MORDAZA de justicia electoral a las personas naturales que por pagar las tasas senaladas en el articulo MORDAZA de la presente resolucion pongan en peligro su subsistencia y la de quienes ellas dependan.

60

3.15%

119.7

Convocatoria de candidato no proclamado, por haberse declarado la vacancia de los cargos de presidente regional, 61 vicepresidente o consejero regional, que MORDAZA quedado consentida en el consejo regional. Convocatoria de candidato no proclamado, por haberse declarado la suspension de los cargos de presidente regional, 62 vicepresidente o consejero regional, que MORDAZA quedado consentida en el consejo regional. Convocatoria de candidato no proclamado, por haberse declarado la vacancia de 63 los cargos de MORDAZA o regidor, que MORDAZA quedado consentida en el concejo municipal. Convocatoria de candidato no proclamado, por haberse declarado la suspension 64 de los cargos de MORDAZA o regidor, que MORDAZA quedado consentida en el concejo municipal. Acreditacion de vicepresidente regional 65 por eleccion del consejo regional y convocatoria del accesitario. Apelacion contra la resolucion emitida por la Direccion Central de Gestion 66 Institucional que deniega la inscripcion o renovacion de inscripcion de encuestadoras. 67 Apelacion contra la sancion a encuestadora impuesta por la Direccion Central de Gestion Institucional o el MORDAZA Electoral Especial.

5.25%

199.5

5.25%

199.5

8.41%

319.58

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5.25%

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10%

380

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