Norma Legal Oficial del día 15 de junio del año 2014 (15/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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de las deudas tributarias y administrativas; y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 8) del articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, y luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Acta, el Pleno de Concejo Municipal aprobo por mayoria lo siguiente: ORDENANZA DE BENEFICIOS PARA EL PAGO DE DEUDAS TRIBUTARIAS, ADMINISTRATIVAS, SANCIONES GENERADAS Y REGULARIZACION PREDIAL Articulo Primero: DEL OBJETO La presente Ordenanza concede un regimen de incentivos tributarios y administrativos en la Jurisdiccion del distrito de MORDAZA El MORDAZA a favor de los contribuyentes y administrados, que comprende la condonacion de reajustes e intereses moratorios de deudas tributarias y administrativas, y la regularizacion de las declaraciones juradas del Impuesto predial para los omisos y/o subvaluantes. Articulo Segundo: DEL ALCANCE Estan comprendidos los contribuyentes y administrados que mantengan deudas tributarias y administrativas pendientes de pago hasta el ejercicio 2014, dentro del distrito de MORDAZA El Salvador. Asimismo, el presente beneficio alcanza a los contribuyentes a quienes tras un MORDAZA de fiscalizacion, se les MORDAZA determinado la deuda impaga y/o subvaluada y que se encuentren notificados o en MORDAZA de determinacion MORDAZA o durante la vigencia de la presente Ordenanza. Articulo Tercero: DE LOS CONCEPTOS COMPRENDIDOS Podran acogerse al presente beneficio, los tributos que se indican: 1. Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, todos los generados y los vencidos, incluido el ejercicio 2014. 2. Multa Tributaria y/o Administrativa, que se encuentren notificadas y las que se puedan generar durante la vigencia de la presente Ordenanza. 3. Inscripciones Prediales Extemporaneos (Omisos o subvaluadores) de acuerdo a lo normado en la presente Ordenanza. Articulo Cuarto: DE LA CONDICION Para acceder a los beneficios tributarios establecidos en la presente Ordenanza, el contribuyente y/o administrado debera estar al dia hasta el MORDAZA Trimestre de pago del Impuesto Predial del ejercicio 2014; excepcionalmente, no se aplicara esta condicion, previo informe favorable de la Gerencia de Rentas. Articulo Quinto: DE LOS INCENTIVOS 1. Impuesto Predial.- Se condonara el 100% de los reajustes e intereses moratorios, incluido el ejercicio 2014, siempre y cuando se cancele al contado la deuda insoluta, aplicandose tambien para deudas que se encuentren en fraccionamiento. 2. Arbitrios Municipales.- Se condonara el 100% de los reajustes e intereses moratorios, siempre y cuando se cancele al contado la deuda insoluta, incluido el ejercicio 2014, aplicandose tambien para deudas que se encuentren en fraccionamiento; ademas, tendran un descuento, en el monto insoluto, de acuerdo al siguiente cuadro:
ANO Hasta el ano 2009 Del 2010 hasta el 2013 (*) % de DESCUENTO 60% 20%

El Peruano MORDAZA 15 de junio de 2014

5. Sanciones Administrativas.- Se condonara el 100% de los intereses moratorios de las Multas Administrativas, y el 80% del insoluto de las multas en general, y para el caso de Multas por Licencia de Construccion, condonacion del 50% de la multa impuesta. Articulo Sexto: DE LAS DEUDAS EN COBRANZA COACTIVA Los incentivos establecidos en los articulos precedentes alcanzaran tambien a los contribuyentes y administrados que tengan deudas que se encuentren en procedimiento de cobranza coactiva. Con el acogimiento al beneficio, se condona el 100% de costas y gastos generados por dicho procedimiento, y se suspende los procedimientos de ejecucion coactiva que se hubieran iniciado. Articulo Septimo.- DE LOS FRACCIONAMIENTOS Los incentivos establecidos en los articulos precedentes alcanzaran tambien a los contribuyentes que hayan suscrito convenio de Fraccionamiento, cuando MORDAZA operado la causal de perdida del mismo; asimismo, podran acogerse al beneficio del fraccionamiento, conforme a los requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal Nº 196-MVES, salvo excepcion, lo senalado en el numeral 3) del Articulo MORDAZA de la presente. Articulo Octavo.- DEL DESISTIMIENTO Los contribuyentes que deseen acogerse a esta Ordenanza que mantengan en tramite procedimientos contenciosos y no contenciosos sobre deudas tributarias o administrativas deberan presentar una solicitud del desistimiento de su pretension. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Durante la vigencia de la presente ordenanza, se suspende la aplicacion de la Ordenanza Municipal Nº 196-MVES, en el extremo referido al porcentaje de la cuota inicial para acceder al beneficio de fraccionamiento y cualquier otra disposicion que oponga a la presente. Segunda.- La presente Ordenanza entrara en vigencia previa publicacion en el Diario Oficial El Peruano, de acuerdo al siguiente detalle: en el mes de junio: Del 20 al 30; y en el mes de julio: Del 10 al 31. Tercera.- Facultese al senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las medidas necesarias para el debido cumplimiento de la presente MORDAZA, asi como para suspender y/o prorrogar la vigencia de la misma. Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Rentas, Oficina General de Administracion, Unidad de Imagen Institucional, Unidad de Finanzas, Agencias Municipales y demas dependencias de la Administracion Municipal el estricto cumplimiento y difusion de la presente Ordenanza Municipal y a la Unidad de Desarrollo Tecnologico y Estadistica, tomar acciones y/o medidas tecnicas necesarias para la implementacion en el Sistema Informatico Integral de Rentas. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA INIGO MORDAZA MORDAZA 1096657-1

(*) En caso el contribuyente sea un adulto mayor (65 ANOS), tendra un descuento adicional del 10% en arbitrios municipales, para lo cual debe portar su DNI para su actualizacion en el Sistema Informatico Integral de Rentas. 3. Pago Fraccionado.- En caso que los contribuyentes, no alcancen a cancelar el integro de sus obligaciones tributarias, podran solicitar el fraccionamiento de pago de su deuda con un descuento del 80% en los reajustes e intereses moratorios, debiendo ser la cuota inicial no menor al 20% del total de la deuda a fraccionar. 4. Sanciones Tributarias.- Condonacion del 100% de las multas tributarias por omision o subvaluacion por declaracion jurada ordinaria anual o determinadas en un MORDAZA de fiscalizacion. La Administracion tributaria queda facultada para que de oficio revoque los valores emitidos en los casos que se amerite.

Modifican el MORDAZA de la Municipalidad, en lo referido a los Procedimientos de la Sub Gerencia de Licencias, Autorizaciones y Defensa del Consumidor
DECRETO DE ALCALDIA Nº 011-2014-ALC/MVES MORDAZA El MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2014 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA EL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 089-2014-SGLDC/GDE/ MVES de la Sub Gerencia de Licencias y Defensa del Consumidor, el Informe Nº 749-2014-OAJ/MVES de la Oficina de Asesoria Juridica, y el Memorando Nº 11902014-GM/MVES de la Gerencia Municipal; y,

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