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El Peruano Domingo 15 de junio de 2014 525421 cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley N° 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2014 N° SBS-DIR-ADM-085-17, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de los señores Wendy Maribel Okada Nishikawa, Jefe de Supervisión de Banca, César Alejandro Ospino Ricaldi, Inspector de Banca y Marco Antonio Mamani Amanca, Inspector de Banca, del Departamento de Supervisión Bancaria C de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS, del 15 de junio al 03 de julio de 2014, del señor Claudio Enrique Saito Zuiko, Jefe de Supervisión de Banca del Departamento de Supervisión Bancaria C de la Superintendencia Adjunta de Banca y Microfi nanzas de la SBS, del 23 de junio al 03 de julio de 2014, del señor Javier Enrique Chávez Galarza, Supervisor de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones I del Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 22 de junio al 01 de julio de 2014 y de la señorita Jessica Araceli Sánchez Lui, Supervisor Principal de Riesgos de Conglomerados II del Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, del 22 de junio al 03 de julio de 2014, a la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los citados funcionarios, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2014, de acuerdo al siguiente detalle: Wendy Maribel Okada Nishikawa Pasajes aéreos US$ 752,65 Viáticos US$ 6 290,00 César Alejandro Ospino Ricaldi Pasajes aéreos US$ 752,65 Viáticos US$ 6 290,00 Marco Antonio Mamani Amanca Pasajes aéreos US$ 752,65 Viáticos US$ 6 290,00 Claudio Enrique Saito Zuiko Pasajes aéreos US$ 752,65 Viáticos US$ 3 700,00 Javier Enrique Chávez Galarza Pasajes aéreos US$ 1 066,53 Viáticos US$ 3 700,00 Jessica Araceli Sánchez Lui Pasajes aéreos US$ 894,25 Viáticos US$ 4 070,00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 1097220-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE Modifican el artículo 3 de la Ordenanza Nº 265-2007-MPL, referido a la conformación de la Comisión Ambiental Municipal de Pueblo Libre CAM-MPL ORDENANZA Nº 419-MPL Pueblo Libre, 23 de mayo de 2014 POR CUANTO: El concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria Nº 11 de la fecha; VISTO: La Carta Nº 001-2014-MPL-CPL-CPDDA de fecha 22 de mayo de 2014, remitida por el presidente de la Comisión Permanente de Desarrollo Distrital y Ambiental; CONSIDERANDO: Que, el sistema de planifi cación local tiene como principios la participación ciudadana, a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, la transparencia, la gestión moderna y rendición de cuentas, la inclusión, efi ciencia, efi cacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaria con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración, tal como lo indica el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972; Que, el artículo 25º, Numeral 25.1 de la Ley Marco que crea el Sistema Nacional de Gestión Ambiental Nº 28245, establece que las Comisiones Ambientales Municipales – CAM son las instancias de gestión ambiental, encargadas de coordinar y concertar la política ambiental municipal, promover el diálogo y el acuerdo entre los sectores públicos y privados y, articular sus políticas ambientales con las políticas y sistemas ambientales regional y nacional; Que, las competencias y funciones específi cas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo, tal como lo señala el Artículo VIII: Aplicación de leyes generales y políticas y planes nacionales, de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 265-2007-MPL de fecha 26 de octubre de 2007 se creó la Comisión Ambiental Municipal del distrito de Pueblo Libre, CAM- MPL, señalando en el artículo 3º que la Comisión Ambiental Municipal de Pueblo Libre – CAM-MPL, estará conformada por doce (12) miembros institucionales o electos; Que, mediante Informe Nº 062-2014-MPL/GAJ de fecha 20 de mayo de 2014, la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que resulta necesario que la cantidad de miembros que conforme el CAM – MPL sea ampliado previo acuerdo de los interesados o a pedido del Presidente de la CAM, y que deberá ser formalizado mediante Decreto de Alcaldía, toda vez que existen entidades que desean participar en la CAM, y que por contar ya con representantes dentro de su actividad no pueden ser miembros, perdiendo esta Corporación Edil valiosos aportes relacionados con la mejora del medio ambiente, que incluso, permitirían mejorar la calidad de vida de los vecinos del distrito de Pueblo Libre. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por MAYORÍA; y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el artículo 3º de la Ordenanza Nº 265-2007-MPL, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: