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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (21/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 24

El Peruano Sábado 21 de junio de 2014 525782 Con la intervención de los señores Eldda Bravo Abanto, Augusto Ruiloba Rossel, Ítalo Laca Ramos y Jaime Miranda Sousa Díaz. Regístrese y publíquese. AUGUSTO RUILOBA ROSSEL Presidente de la Comisión de Normalización y de Fiscalización de Barreras Comerciales No Arancelarias 1099182-1 SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES Autorizan difusión del proyecto de norma que modifica el Reglamento del Segmento del Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima RESOLUCIÓN SMV Nº 011-2014-SMV/01 Lima, 18 de junio de 2014 VISTOS: El Expediente N° 2013042241 y el Memorándum Conjunto N° 1429-2014-SMV/06/11 del 12 de junio de 2014, emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica y la Superintendencia Adjunta de Supervisión de Conductas de Mercados; así como el Proyecto de norma que modifi ca el Reglamento del Segmento del Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima (en adelante, el Proyecto); CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores (SMV), aprobado mediante Decreto Ley Nº 26126 y modifi cado por la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, Ley N° 29782 (en adelante, la Ley Orgánica), la SMV tiene por fi nalidad velar por la protección de los inversionistas, la efi ciencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción; Que, conforme al literal a) del artículo 1 de su Ley Orgánica, la SMV está facultada para dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores; Que, la Bolsa de Valores de Lima S.A. (BVL) ha solicitado a la SMV, se modifi quen determinados artículos del Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima (Reglamento), aprobado por Resolución CONASEV N° 026-2005-EF/94.10, con la fi nalidad de efectuar precisiones sobre aspectos referidos a la inscripción de valores en dicho segmento; Que, asimismo, se ha determinado la necesidad de realizar algunas incorporaciones al mencionado Reglamento, para facilitar el cumplimiento de determinadas obligaciones y simplifi car el ingreso de nuevos emisores de acciones en este segmento de mercado; y, Estando a lo dispuesto por el literal a) del artículo 1° y el literal b) del artículo 5° de la Ley Orgánica de la SMV, el segundo párrafo del artículo 7° de la Ley del Mercado de Valores, la Resolución CONASEV Nº 089-2006-EF/94.10, que aprueba la política de difusión previa de las normas de carácter general de la SMV, y por el numeral 2 del artículo 9° del Reglamento de Organización y Funciones de la SMV, aprobado por Decreto Supremo Nº 216-2011- EF; así como a lo acordado por el Directorio en su sesión del 18 de junio de 2014; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la difusión del proyecto de norma que modifi ca el Reglamento del Segmento del Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima. Artículo 2°.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores a través de la siguiente dirección: http://www. smv.gob.pe. Artículo 3º.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 4º.- Los comentarios y observaciones a los que se hace referencia en el artículo anterior, podrán ser presentados vía la Ofi cina de Trámite Documentario de la Superintendencia del Mercado de Valores, sita en la Avenida Santa Cruz 315- Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: Proyecto_mineras_junior@smv. gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1099624-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aceptan renuncia y encargan funciones de Jefe de la Oficina de Imagen y Comunicaciones de la SUNAT RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 194-2014/SUNAT Lima, 20 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 135- 2014/SUNAT se designó al señor César Joaquín Campos Rodríguez en el cargo de Asesor II del Gabinete de Asesores de la Superintendencia Nacional, cargo considerado de confi anza según la Resolución de Superintendencia N.° 204- 2012/SUNAT y modifi catorias, que aprueba el Clasifi cador de Cargos considerados como Empleados de Confi anza y Cargos Directivos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT; Que el señor César Joaquín Campos Rodríguez ha presentado renuncia a la institución siendo su último día de vínculo laboral el día 22 de junio de 2014, por lo que corresponde aceptar su renuncia y en consecuencia, dejar sin efecto su designación en el cargo de Asesor II del Gabinete de Asesores de la Superintendencia Nacional; Que por otro lado, resulta necesario encargar a la persona que ocupará el cargo de confi anza de Jefe de la Ofi cina de Imagen y Comunicaciones, órgano dependiente de la Superintendencia Nacional; En uso de las facultades conferidas por los incisos i) y s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aceptar la renuncia presentada por el señor César Joaquín Campos Rodríguez, dejándose sin efecto, a partir del 23 de junio de 2014, su designación en el cargo de confi anza de Asesor II del Gabinete de Asesores de la Superintendencia Nacional, dándosele las gracias por la labor realizada. Artículo 2°.- Dar por concluido el vínculo laboral con la SUNAT del señor César Joaquín Campos Rodríguez, a partir del 23 de junio de 2014.