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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (21/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 26

El Peruano Sábado 21 de junio de 2014 525784 Artículo 20º.- Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar. La Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar es el órgano de línea de la Gerencia General encargado de programar, organizar, dirigir, ejecutar y supervisar las actividades del Sistema de Recursos Humanos del Poder Judicial, promoviendo el bienestar y las buenas relaciones laborales entre los servidores de este Poder del Estado a nivel nacional. Artículo 21º.- Funciones de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar. Son funciones de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar: a. Proponer a la Gerencia General las políticas, normas, objetivos y planes para la administración del personal del Poder Judicial. b. Planear, organizar, dirigir, ejecutar y supervisar las acciones referidas tanto a la vinculación de personal, como a su mantenimiento y desvinculación, tales como: reclutamiento, selección, contratación, evaluación, desplazamientos, capacitación, bienestar, cese y demás procesos técnicos de personal, a nivel nacional. c. Elaborar el proyecto de Presupuesto Analítico de Personal (PAP). d. Participar en la formulación del Plan Estratégico, Plan Operativo y Presupuesto Anual del Poder Judicial, en coordinación con la Gerencia de Planifi cación. e. Controlar la distribución de plazas de personal en conformidad con el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y el Presupuesto Analítico de Personal (PAP). f. Coordinar con las Ofi cinas de Administración Distrital a nivel nacional, y demás ofi cinas administrativas, las acciones a seguir en el desarrollo de los procesos de personal del Poder Judicial, así como para su optimización continua. g. Emitir Resoluciones de primera instancia, para el reconocimiento de los derechos y benefi cios del personal activo del Poder Judicial; así como de sus pensionistas. h. Dirigir, controlar y ejecutar, según corresponda, los procesos de control de asistencia, puntualidad y permanencia del personal del Poder Judicial, aplicando las acciones de personal que correspondan; así como el procesamiento y emisión de la Planilla Única de Pagos de activos, pensionistas y otras que se generen de acuerdo a las disposiciones internas. i. Administrar el escalafón de jueces, personal auxiliar jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial. j. Efectuar el procesamiento de la documentación orientado a mantener actualizado el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido. k. Formular informes técnico-administrativos referidos a la evaluación y a la mejora de la gestión de personal, tanto desde una perspectiva cualitativa como cuantitativa, para una adecuada toma de decisiones dentro del ámbito de su competencia. l. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales, disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección y la Gerencia General del Poder Judicial; así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. m. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente General. Artículo 22º.- Unidades Orgánicas de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar. Para el desarrollo de sus funciones, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar cuenta con las siguientes unidades orgánicas: - Subgerencia de Escalafón y Registro. - Subgerencia de Procesos de Personal y Bienestar. - Subgerencia de Remuneraciones y Benefi cios. - Subgerencia de Capacitación. - Subgerencia de Relaciones Laborales. Artículo 23°.- Subgerencia de Escalafón y Registro. La Subgerencia de Escalafón y Registro es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar encargada de realizar las actividades de registro de antecedentes laborales de jueces, personal auxiliar jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial. Artículo 24º.- Funciones de la Subgerencia de Escalafón y Registro Son funciones de la Subgerencia de Escalafón y Registro: a. Formular y proponer los objetivos, metas, normas y disposiciones relacionadas a la gestión de los procesos desarrollados por la Subgerencia de Escalafón. b. Organizar y desarrollar las actividades de procesamiento de la documentación e información a fi n de mantener actualizado el sistema de escalafón y legajos personales de jueces, auxiliares jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial, a nivel nacional, así como los legajos personales de los pensionistas del Poder Judicial. c. Adoptar las medidas de seguridad necesarias para la conservación y buen estado de los legajos personales. d. Elaborar los proyectos del Cuadro de Antigüedad de Jueces Superiores del Poder Judicial. e. Elaborar y actualizar el Cuadro de Plazas Vacantes de jueces a nivel nacional. f. Proporcionar información del Sistema de Escalafón Judicial a las demás áreas de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar, para la elaboración de las planillas de pago, trámites de benefi cios, entre otros. g. Proyectar los certifi cados, constancias de trabajo, así como las cartas de presentación a las embajadas solicitados por jueces, auxiliares jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial (activos y pasivos). h. Atender los requerimientos de información solicitadas por las personas naturales, instituciones públicas y privadas. i. Formular los informes técnico-administrativos de gestión, generando, asimismo, información de manejo estadístico para la toma de decisiones, en el ámbito de su competencia. j. Dar cumplimiento a las disposiciones legales emitidas por los órganos rectores gubernamentales, disposiciones administrativas de los Órganos de Dirección, Gerencia General y Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar; así como a la Política de Seguridad de la Información del Poder Judicial, en el ámbito de su competencia. k. Cumplir las demás funciones que le asigne el Gerente de Recursos Humanos y Bienestar. Artículo 25°.- Subgerencia de Procesos de Personal y Bienestar. La Subgerencia de Procesos de Personal y Bienestar es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar encargada de planear, organizar, dirigir y desarrollar los procesos técnicos de personal, tales como: reclutamiento, selección, contratación, desplazamiento y evaluación; asimismo, es responsable de desarrollar acciones orientadas a promover el bienestar social de los servidores del Poder Judicial, coordinando actividades sociales, de salud, culturales y recreativas conducentes a la salud física y mental del personal del Poder Judicial. Artículo 26º.- Funciones de la Subgerencia de Procesos de Personal y Bienestar. Son funciones de la Subgerencia de Procesos de Personal y Bienestar: a. Formular y proponer los objetivos, metas, normas y disposiciones para el desarrollo de los procesos técnicos de personal del Poder Judicial. b. Ejecutar y/o supervisar las actividades circunscritas a los procesos técnicos de ingreso, desarrollo y bienestar del personal del Poder Judicial, tales como: reclutamiento, selección de personal, registro y actualización de datos del personal que ingresa o reingresa; evaluación del desempeño, organización y ejecución de campañas de salud ocupacional y eventos de carácter social, recreativo, deportivo y cultural; a través de las Ofi cinas de Administración en el caso de los Distritos Judiciales. c. Implementar acciones orientadas al bienestar de los servidores del Poder Judicial a nivel nacional. d. Coordinar y ejecutar actividades sociales, de salud, culturales y recreativas conducentes a la salud física y mental del personal del Poder Judicial. e. Brindar a los trabajadores del Poder Judicial servicios orientados a una mejor calidad de vida y que coadyuven al buen desempeño de sus funciones.