Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2014 (26/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Huallaga, distribuidos en columnas terroristas por diversos sectores rurales de la margen izquierda y derecha del rio Huallaga del distrito de Cholon de la provincia de Maranon, en el distrito de MORDAZA de la provincia de Huamalies, y en la provincia de MORDAZA MORDAZA, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huanuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martin; y en la provincia del Padre MORDAZA del departamento de Ucayali, requiere la presencia del Estado a traves de la Policia Nacional del Peru en dicha circunscripcion del pais; Que, mediante Informe Nº 023-2014-DIRNOP PNPFPH-EM/OFIPLO, el Jefe del Frente Policial Huallaga se pronuncia porque se prorrogue el estado de emergencia declarado por el Decreto Supremo N° 078-2011-PCM, publicado el 13 de setiembre de 2011, y prorrogado por Decreto Supremo Nº 087-2011-PCM, publicado el 11 de noviembre de 2011, el Decreto Supremo Nº 002-2012-PCM, publicado el 04 de enero de 2012, el Decreto Supremo Nº 023-2012-PCM, publicado el 10 de marzo de 2012, el Decreto Supremo Nº 052-2012-PCM, publicado el 09 de MORDAZA de 2012, el Decreto Supremo Nº 073-2012-PCM, publicado el 07 de MORDAZA de 2012, el Decreto Supremo Nº 092-2012-PCM, publicado el 06 de setiembre de 2012, el Decreto Supremo N° 108-2012PCM, publicado el 26 de octubre de 2012, el Decreto Supremo N° 002-2013-PCM, publicado el 03 de enero de 2013, el Decreto Supremo N° 022-2013-PCM, publicado el 1 de marzo de 2013, el Decreto Supremo N° 049-2013-PCM, publicado el 04 de MORDAZA de 2013, el Decreto Supremo N° 078-2013-PCM, publicado el 03 de MORDAZA de 2013, el Decreto Supremo N° 099-2013-PCM, publicado el 30 de agosto de 2013, el Decreto Supremo N° 117-2013-PCM, publicado el 30 de octubre de 2013, el Decreto Supremo N° 134-2013-PCM, publicado el 28 de diciembre de 2013, el Decreto Supremo N° 017-2014PCM, publicado el 27 de febrero de 2014, y el Decreto Supremo N° 030-2014-PCM, publicado el 28 de MORDAZA de 2014, en las zonas citadas precedentemente para que la presencia de la Policia Nacional del Peru con su acertado accionar permita que la poblacion se identifique con los fines u objetivos que busca el Gobierno Central, esto es, la consolidacion de la pacificacion de la MORDAZA y del MORDAZA y asimismo manifiesta que aparte del terrorismo tiene el problema del trafico ilicito de drogas y el sembrio ilegal de la hoja de coca que es la principal actividad que ocupa a la poblacion; Que, la lucha contra el trafico ilicito de drogas constituye una politica de Estado en el Peru, por ser una amenaza, al tener efectos devastadores en lo social, economico, medio ambiental y politico; Que, el numeral 1) del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, establece que la prorroga del Estado de Emergencia requiere MORDAZA Decreto; De conformidad con lo establecido en los numerales 4) y 14) del articulo 118, el numeral 1) del articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru y los literales b) y d) del numeral 2) del articulo 4 de la Ley Nº 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga del Estado de Emergencia Prorrogar el Estado de Emergencia por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 28 de junio de 2014, en el distrito de Cholon de la provincia de Maranon, en el distrito de MORDAZA de la provincia de Huamalies y en la provincia de MORDAZA MORDAZA, circunscripciones ubicadas en el departamento de Huanuco; en la provincia de Tocache del departamento de San Martin; y, en la provincia del Padre MORDAZA del departamento de Ucayali. La Policia Nacional del Peru mantendra el control del orden interno con el apoyo de las Fuerzas Armadas. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales Durante la prorroga del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior y en las circunscripciones senaladas en el mismo, quedan suspendidos los derechos constitucionales relativos a la MORDAZA y seguridad personales, la inviolabilidad de domicilio y la MORDAZA de reunion y de MORDAZA en el territorio, comprendidos en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2 de la Constitucion Politica del Peru.

El Peruano Jueves 26 de junio de 2014

Articulo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de junio del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1102283-3

AGRICULTURA
Designan Conductor y Supervisor de los Anexos "Chincha", "Ica" y "Canete" del INIA
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACION AGRARIA RESOLUCION JEFATURAL N° 00174/2014-INIA MORDAZA, 24 de junio de 2014 VISTO: La Resolucion Jefatural N° 00438-2011-INIA de fecha 21 de diciembre de 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural N° 00438-2011INIA se designo a la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, las actividades del cargo funcional no estructurado de Conductora y Supervisora de los Anexos "Chincha", "Ica" y "Canete" del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA, via contratacion administrativa de servicios ­ CAS; Que, la Jefatura del Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA estima conveniente dar por concluida la designacion precitada, siendo necesario emitir la Resolucion que oficialice el acto de administracion interna; Estando a las funciones y facultades consideradas en el articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones del INIA, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2005-AG, modificado por Decreto Supremo N° 0272008-AG y con el visto de la Directora General de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dar por concluida la designacion de la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a las actividades del cargo funcional no estructurado de Conductora y Supervisora de los Anexos "Chincha", "Ica" y "Canete" del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA, dandole las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°- Designar en su reemplazo al senor MORDAZA MORDAZA Reynaga MORDAZA a las actividades del cargo funcional no estructurado de Conductor y Supervisor de los Anexos "Chincha", "Ica" y "Canete" del Instituto Nacional de Innovacion Agraria ­ INIA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA GUEUDET Jefe 1101911-1

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