Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2014 (26/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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El Peruano Jueves 26 de junio de 2014

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica en infraestructura de riego
DECRETO SUPREMO Nº 152-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 se aprueba, entre otros, el Presupuesto Institucional del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, la Ley Nº 30048, Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, actualmente, Ministerio de Agricultura y Riego, dispone que dicho Ministerio disena, establece, ejecuta y supervisa las politicas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoria en relacion con MORDAZA y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; el sector Agricultura y Riego comprende a todas las entidades de los tres niveles de gobierno vinculadas al ambito de su competencia que MORDAZA las siguientes materias, tierras de uso MORDAZA y de pastoreo, tierras forestales y tierras eriazas con aptitud agraria; recursos forestales y su aprovechamiento, MORDAZA y fauna, recursos hidricos, infraestructura agraria, riego y utilizacion de agua para uso agrario, cultivos y crianzas y sanidad, investigacion, extension, transferencia de tecnologia y otros servicios vinculados a la actividad agraria; Que, los numerales 5.1 y 5.2 del articulo 5 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, modificado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-AG, establece que es funcion del citado Ministerio formular, supervisar, disenar y elaborar planes en aspectos de Politica Nacional Agraria, entre otros, asi como dictar las normas para la gestion integral, social, eficiente y moderna de los recursos hidricos, en concordancia con el Sistema Nacional de Gestion Ambiental, asi como ejercer competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en materia de promover la ampliacion de las tierras dedicadas a la agricultura, fomentando el desarrollo de proyectos de irrigacion y otros mecanismos de aprovechamiento de las tierras con aptitud agraria, en coordinacion con los sectores e instituciones competentes, conforme a Ley; Que, el numeral 11.1 del articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, establece que los recursos publicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecucion de proyectos de inversion en los gobiernos regionales o los gobiernos locales se transfieren bajo la modalidad de modificacion presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el ministro del sector correspondiente y el ministro de Economia y Finanzas, previa suscripcion de convenio; Que, seguidamente, el numeral 11.2 del citado articulo 11 senala, que previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversion publica deben contar con viabilidad en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), y las transferencias de recursos que se efectuen en el MORDAZA del articulo 11 solo se autorizan hasta el MORDAZA trimestre del ano fiscal 2014; asimismo, dispone que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la verificacion y seguimiento, lo que incluye el monitoreo financiero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecucion del proyecto de inversion publica, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, el numeral 80.2 del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto

Supremo Nº 304-2012-EF y modificatoria, establece, entre otros, que las entidades que tengan a cargo programas presupuestales pueden realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego mediante los Oficios Nº 1645 y Nº 1680-2014-MINAGRI-OPP/UPRES y los Informes Nº 125 y Nº 130-2014-MINAGRI-UPRES/OPP, emite opinion favorable a la transferencia de recursos del pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Agricultura ­ Administracion Central, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA para la elaboracion del expediente tecnico del proyecto de inversion publica de codigo SNIP Nº 212654 "Instalacion del Servicio de Agua para el Sistema de Riego Huenque - Ilave, en los Distritos de Conduriri e Ilave, Provincia de el Collao, Region Puno" y del pliego Municipalidad Distrital de Lloque para la ejecucion del proyecto de inversion publica de codigo SNIP Nº 280320 "Instalacion del MORDAZA de Conduccion Chirimayuni - Lloque Distritos de Lloque y Chojata, Provincia de General MORDAZA Cerro ­ Moquegua", en razon a que el pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecucion de los dos (02) proyectos de inversion publica en infraestructura de riego citados anteriormente, declarados viables en el MORDAZA del Sistema Nacional de Inversion Publica ­ SNIP y suscritos los convenios correspondientes; en merito de lo cual, con Oficios Nº 647 y Nº 633-2014MINAGRI-SG, el Secretario General del citado Ministerio solicita las referidas transferencia de partidas; Que, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas, hasta por la suma de ONCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 927 039,00), del pliego Ministerio de Agricultura y Riego, a favor de los pliegos Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y Municipalidad Distrital de Lloque, para ser destinadas al financiamiento de la ejecucion de dos (02) proyectos de inversion publica en infraestructura de riego; De conformidad con lo establecido en el articulo 11 de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF y sus modificatorias; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de ONCE MILLONES NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 11 927 039,00), del pliego Ministerio de Agricultura y Riego, para financiar la ejecucion de dos (02) proyectos de inversion publica en infraestructura de riego, a cargo de los pliegos Gobierno Regional del Departamento de MORDAZA y Municipalidad Distrital de Lloque, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles : Gobierno Central 013 : Ministerio de Agricultura y Riego 001 : Ministerio de Agricultura - Administracion Central 0042 : Aprovechamiento de los Recursos Hidricos para Uso Agrario 2.196555 : Instalacion del Servicio de Agua para el Sistema de Riego Huenque - Ilave, en los Distritos de Conduriri e Ilave, Provincia de el Collao, Region MORDAZA

PROGRAMA PRESUPUESTAL PROYECTO

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisicion de Activos No Financieros

5 000 000,00

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