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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (26/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

El Peruano Jueves 26 de junio de 2014 526110 Pública (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Dirección General de Política de Inversiones (hoy Dirección General de Inversión Pública) del Ministerio de Economía y Finanzas, la que de corresponder, los declara elegibles; Que, el numeral 11.6 del artículo 11 de la citada Directiva, señala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI aprobando las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13 de la referida Directiva; Que, el artículo 13 de la Directiva antes referida, establece que la transferencia de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; Que, en aplicación de lo antes señalado, el INDECI, a través del Ofi cio N° 1713-2014-INDECI/4.0, solicita la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 469 347,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Unidad Ejecutora 001: Sede Huancavelica del Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica, para la atención de una (01) Actividad de Emergencia denominada “Alquiler de maquinaria pesada para el encausamiento y limpieza del Rio Mantaro en los sectores de Huayllapampa y Casma en los distritos de Cuenca y Acostambo, Provincia de Huancavelica y Tayacaja, Región Huancavelica, afectados por el deslizamiento del Cerro Socos y el embalsamiento del Rio Mantaro, a consecuencia de las intensas lluvias, ocurrido el día 20 de enero del 2014”, declarado en estado de emergencia mediante el Decreto Supremo N° 011- 2014-PCM y prorrogado mediante el Decreto Supremo N° 022-2014-PCM; Que, el INDECI, a través del Ofi cio N° 1746-2014- INDECI/4.0, solicita la suma de CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL CIENTO VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 421 121,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Unidad Ejecutora 001: Sede Moquegua del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la atención de dos (02) Actividades de Emergencia denominadas “Adquisición y distribución de agua potable a la población de los C.P. de Querapi y Tonohaya, del Distrito de Ubinas, Provincia General Sanchez Cerro, Región Moquegua, por peligro inminente de erupción del volcán Ubinas, declarado en Estado de Emergencia mediante D.S. 028-2014-PCM” y “Adquisición de combustible para la evacuación de personas y ganado de las comunidades de Ubinas, Sacohaya, San Miguel, Tonohaya, Escacha, Querapi, Santa Rosa de Phara, San Carlos de Tite, a los albergues de Chajchajen y Santa Lucia de Salinas, ante peligro inminente del volcán Ubinas, según el Decreto Supremo N° 028-2014-PCM”; Que, el INDECI, a través del Ofi cio N° 1747-2014- INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 185 991,00), los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Unidad Ejecutora 400: Salud Moquegua del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la atención de una (01) Actividad de Emergencia denominada “Adquisición de mascarillas y lentes para la protección de la salud de la población del Distrito de Ubinas por peligro inminente del incremento de erupciones de acuerdo al informe del INGEMMET, declarado en Estado de Emergencia por Decreto Supremo N° 028-2014-PCM”; Que, es necesario atender las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fi n de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de DOS MILLONES SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 076 459,00) a favor del pliego INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014”; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y la Directiva Nº 002-2013-EF/63.01 “Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30115, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014”; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de DOS MILLONES SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 076 459,00), a fi n de atender cuatro (04) Actividades de Emergencia, para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0. Reserva de Contingencia 2 076 459,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 2 076 459,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias 2 076 459,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 2 076 459,00 ========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.