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El Peruano Jueves 26 de junio de 2014 526113 indicadores y nivel de cumplimiento que se detalla a continuación: CUADRO DE INDICADORES Y NIVEL DE CUMPLIMIENTO INDICADORES DE EVALUACIÓN PUNTAJE (…) Actividad 1: Emisión de la Ordenanza que aprueba el TUPA y ofi cio de remisión a la Municipalidad Provincial para su ratifi cación hasta el 30 de setiembre de 2014 (en el caso de las Municipalidades Distritales). La verifi cación se realizará por medio de la documentación remitida al Consejo Nacional de la Competitividad CNC - por las municipalidades (distritales y provinciales). (…) 25 Actividad 4: Emisión de los Acuerdos del Concejo Provincial sobre la ratifi cación o no de la Ordenanza Distrital hasta el 30 de noviembre de 2014. La verifi cación se realizará por medio de la documentación remitida al Consejo Nacional de la Competitividad –CNC- por la Municipalidad Provincial. (…) 10 (…)” Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 1102281-1 EDUCACION Modifican los numerales 7 y 10 del “Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente”, aprobado por R.M. N° 0297-2012-ED RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2014-MINEDU Lima, 24 de junio de 2014 VISTOS; los Expedientes N° DESP2013-INT-0181568 y N° DESP2013-INT-0206368; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0297- 2012-ED, se aprobó el “Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente”, dirigido a directivos y formadores de institutos y escuelas de Educación Superior de formación docente y a especialistas de Educación Superior Pedagógica de las Direcciones Regionales de Educación, a ser ejecutado con la participación de Universidades, Institutos y Escuelas de Educación Superior, así como de otras instituciones de prestigio, públicos y privados; Que, el “Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente” señala que los programas de especialización se realizarán en el año 2012; Que, en el marco del referido Programa se encuentran: el Programa de Especialización en Educación Intercultural Bilingüe para Formadores de Docentes de Educación Inicial y Educación Primaria en ámbitos bilingüe y rural hispano, y el Programa de Especialización en Investigación Educativa para Formadores de Docentes en Institutos de Educación Superior de Formación Docente, entre otros; Que, mediante Informes N° 309-2013-MINEDU/ VMGP-DIGESUTP-DESP, N° 393-2013-MINEDU/VMGP- DIGESUTP-DESP, y N° 0056-2014-MINEDU/VMGP- DIGESUTP-DESP-FJY-JCP, la Dirección de Educación Superior Pedagógica, dependiente de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, sustenta la necesidad de suscribir Convenios de Cooperación Interinstitucional con la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y con la Universidad Nacional de San Agustín, para la ejecución del Programa de Especialización en Educación Intercultural Bilingüe para Formadores de Docentes de Educación Inicial y Educación Primaria en ámbitos bilingüe y rural hispano y del Programa de Especialización en Investigación Educativa para Formadores de Docentes en Institutos de Educación Superior de Formación Docente, respectivamente; Que, respecto del proyecto de Convenio de Cooperación Interinstitucional a suscribirse con la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, mediante Resolución Directoral N° 0302-2013-ED, se aprobó el documento denominado “Términos de Referencia para establecer Convenio con Universidad Nacional para la ejecución del Programa de Especialización en Educación Intercultural Bilingüe para Formadores Docentes de Educación Inicial y Educación Primaria en ámbitos bilingüe y rural hispano”, cuyo Anexo N° 2 fue modifi cado mediante Resolución Directoral N° 011- 2014-MINEDU/VMGP-DIGESUTP; Que, respecto del proyecto de Convenio de Cooperación Interinstitucional a suscribirse con la Universidad Nacional de San Agustín, mediante Resolución Directoral Nº 0307-2012-ED, se aprobó el documento denominado “Términos de Referencia para establecer convenio con Universidad Nacional para la ejecución del Programa de Especialización en Investigación Educativa para Formadores de Docentes de Institutos de Educación Superior de Formación Docente 2012 -2013”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 0233- 2013-ED, se modifi có el numeral 6 de los Términos de Referencia a los que se hace referencia en el considerando precedente; Que, mediante Resolución Directoral N° 034- 2014-MINEDU/VMGP-DIGESUTP, se modificó el artículo 1 de la Resolución N° 0307-2012-ED, y se suprimió del contenido de los referidos Términos de Referencia, toda mención respecto a los años de ejecución del programa consignados en su texto, y en su modificatoria aprobada por Resolución Directoral N° 0233-2013-ED; Que, de conformidad con los textos de los referidos proyectos de Convenios, el Programa de Especialización en Educación Intercultural Bilingüe para Formadores de Docentes de Educación Inicial y Educación Primaria en ámbitos bilingüe y rural hispano, y el Programa de Especialización en Investigación Educativa para Formadores de Docentes en Institutos de Educación Superior de Formación Docente, que forman parte del “Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente”, serán ejecutados a partir del año 2014; por lo que para poder suscribir los referidos proyectos de Convenios resulta necesario modifi car los numerales 7 y 10 del “Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente”, respecto a los años que se consignó en su texto; De conformidad con el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2012-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car los numerales 7 y 10 del “Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 0297-2012-ED, que como Anexos, forman parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Apoyo a la Administración de la Educación publique la presente Resolución Ministerial, así como su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http:// www.minedu.gob.pe). Regístrese y comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1101910-1