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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (26/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 21

El Peruano Jueves 26 de junio de 2014 526119 indicada, presenta un error material en el nombre correcto de acuerdo a su Documento Nacional de Identidad; Que, el numeral 201.1 del artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales en los actos administrativos pueden ser rectifi cados en cualquier momento, siempre que no alteren lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal l) del artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia Central de Aseguramiento aprobado por Resolución Presidencia Ejecutiva N° 533-PE- ESSALUD-2011, corresponde a esta Gerencia, formular e implementar las normas y procedimientos relacionadas con el sistema de aseguramiento; y en conformidad del numeral 201.1 del artículo 201° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Rectifi car el error material incluido en el Artículo 1° de la Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N° 011-GCAS-ESSALUD-2014, respecto al nombre de la servidora propuesta como verifi cadora, debiendo ser HERMELINDA AGATONICA ROMAN CASTILLO, quedando subsistente los demás términos de la precitada resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME MUÑOZ LEON Gerente Central de Aseguramiento (e) ESSALUD 1101064-2 VIVIENDA Autorizan Transferencia Financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor de SEDAPAL S.A., para el financiamiento de la elaboración de estudios de preinversión de diversos proyectos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 192-2014-VIVIENDA Lima, 24 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que dicho Ministerio tiene por fi nalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; señalando que tiene competencia en materia de vivienda, construcción, saneamiento, urbanismo, desarrollo urbano, bienes estatales y propiedad urbana; ejerciendo competencias compartidas con los gobiernos regionales y locales en dichas materias; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 318-2013- VIVIENDA, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2014 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por el monto de S/. 4 368 652 708,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto, Fuentes de Financiamiento; y el detalle de los recursos que lo fi nancian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específi ca de Ingreso; Que, el artículo 33 de la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, señala que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como ente rector, ejecuta transferencias extraordinarias de recursos destinadas a fi nanciar estudios de preinversión y la ejecución de proyectos de inversión o de programas orientados al fortalecimiento de la gestión de los servicios de saneamiento; señalando que dichas transferencias se efectúan preferentemente a las EPS, encontrándose sujetas a las condiciones de sostenibilidad que establezca el Reglamento; asimismo, señala que las citadas transferencias se efectúan en el marco del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, del Programa Nacional de Saneamiento Rural o cualquier otro programa a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, el inciso vi del literal a), numeral 12.1 del artículo 12 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza de manera excepcional, en el presente año fi scal, la realización de transferencias fi nancieras, entre otros, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el Fondo MIVIVIENDA, y para las entidades prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que según el numeral 12.2 del mismo artículo, se realizan mediante Resolución del Titular del Pliego, las mismas que se publican en el diario ofi cial El Peruano; Que, mediante Memorando Nº 547-2014/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo (s) del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, en el marco de lo dispuesto por el artículo 12 de la Ley Nº 30114, solicita gestionar el dispositivo legal que autorice una transferencia fi nanciera por la suma de S/. 744 149,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL S.A., para fi nanciar la elaboración de los Estudios de Pre-inversión del proyecto “Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Sector 206 - Cerro La Milla, distrito de San Martin de Porres” y del proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para las Nuevas Habilitaciones en la Esquema Santa Rosa y Ancón”, indicando que la transferencia fi nanciera será atendida con cargo a los recursos previstos en el presupuesto de la Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; Que, con Memorando Nº 1668-2014/VIVIENDA- OGPP, la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, emite opinión favorable en materia presupuestaria y propone un proyecto de Resolución Ministerial que autoriza una Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 744 149,00, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL S.A., destinada al fi nanciamiento de la elaboración de los Estudios de Pre-inversión del proyecto “Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Sector 206 - Cerro La Milla, distrito de San Martin de Porres”; y del proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para las Nuevas Habilitaciones en la Esquema Santa Rosa y Ancón”; precisando que se cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional 2014 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano; señalando que se han suscrito los convenios correspondientes; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 744 149,00, en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, a favor de la empresa Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima S.A. - SEDAPAL S.A., destinada al fi nanciamiento de la elaboración de los Estudios de Pre-inversión del proyecto “Ampliación de los Sistemas de Agua Potable y Alcantarillado del Sector 206 - Cerro La Milla, distrito de San Martin de Porres” por la suma de S/. 271 086,00; y del proyecto “Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado para las Nuevas Habilitaciones en la Esquema Santa Rosa y Ancón” por la suma de S/. 473 063,00; y,