Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 14 de MORDAZA de 2014, el Mayor General MORDAZA MORDAZA RESTREPO, MORDAZA Comandante y Jefe de Estado Mayor del Ejercito de Colombia, hace extensiva la invitacion a dos (02) Oficiales del Ejercito del Peru, para que reciban instruccion en la Compania Especial de Reconocimiento MORDAZA, en el Fuerte Militar de Tolemaida, en la MORDAZA de Bogota, durante 05 semanas, a partir del 01 de MORDAZA de 2014; Que, con el documento del visto, el Director de Educacion y Doctrina del Ejercito hace de conocimiento que, el General de Ejercito Comandante General del Ejercito aprobo la designacion del Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del MORDAZA EP Ibersen CHAHUARES MORDAZA, para que reciban instruccion en la Compania Especial de Reconocimiento MORDAZA, en el Fuerte Militar de Tolemaida, en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, en el periodo comprendido del 01 de MORDAZA al 04 de agosto de 2014; Que, es conveniente para los intereses de la institucion autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios, al personal militar MORDAZA mencionado, para que participen en la mencionada Instruccion; por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundaran en beneficio del Ejercito del Peru y permitira contar con personal altamente capacitado; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional del ano fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejercito del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideracion los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participacion del personal militar durante la totalidad de la comision mencionada, es necesario autorizar su salida del MORDAZA con un (01) dia de anticipacion, asi como su retorno un (01) dia posterior al termino de la misma, sin que estos dias adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Publico; Que, el articulo 2º de la Resolucion Ministerial Nº 778-2008-DE/SG de 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los organos competentes, organismos publicos descentralizados, unidades ejecutoras y empresas del Sector Defensa, deben cumplir con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del personal militar y civil del sector, una disposicion que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicios en el extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del viaje, conforme a lo dispuesto en el reglamento de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; Que, de conformidad con el articulo 26º de la Ley Nº 28359 ­ Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero esta impedido de solicitar su pase a la situacion de disponibilidad o retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el articulo 23º de la respectiva MORDAZA, mas el tiempo compensatorio senalado en el citado articulo 26º; y conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005; y, sus respectivas modificatorias el Decreto Supremo Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y el Decreto Supremo Nº 009-2013-DE, de fecha 02 de octubre de 2013; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2014; Ley Nº 27619 ­ Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modificatorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de

El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejercito Comandante General del Ejercito y lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios, al Capitan EP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificado con DNI Nº 10330431 y al MORDAZA EP Ibersen CHAHUARES MORDAZA, identificado con DNI Nº 43969052, para que reciban instruccion en la Compania Especial de Reconocimiento MORDAZA, en el Fuerte Militar de Tolemaida, en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, en el periodo comprendido del 01 de MORDAZA al 04 de agosto de 2014, asi como autorizar su salida del MORDAZA el 30 de junio y su retorno el 05 de agosto de 2014. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional del AF- 2014, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes aereos: MORDAZA ­ Bogota ­ (Republica de Colombia) ­ MORDAZA (Clase economica) US $. 850.00 x 02 personas US $. 1,700.00

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero US $ 2,400.00 x 01 meses x 02 personas (01 Jul - 31 Jul 2014) US $ 4,800.00 US $ 2,400.00/31 x 4 dias x 02 personas (01 Ago - 04 Ago 2014) US $ 619.35 ----------------------Total a pagar: US $. 7,119.35

Articulo 3°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, se MORDAZA por los dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de 26 de enero del 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo presupuesto institucional del ano fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El personal militar designado debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 6º.- El personal militar revistara en la Oficina Administrativa del Cuartel General del Ejercito del Peru, durante el periodo de tiempo que dure la mision de estudios. Articulo 7º.- El personal militar esta impedido de solicitar su pase a la situacion militar de disponibilidad y retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 8º.- La presente autorizacion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 9º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1103638-16

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