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El Peruano Sábado 28 de junio de 2014 526318 Aprueban donación dineraria a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, destinada al Desminado Humanitario en el cual participa la Fuerza Aérea del Perú en la Cordillera del Cóndor RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 478-2014-DE/FAP- Lima, 26 de junio de 2014 VISTO El Ofi cio NC-170-GEF3-Nº 1045 del 11-06-2013, mediante el cual el Grupo Aéreo Nº 3, solicita la tramitación de la Resolución Ministerial que apruebe la donación dineraria del Gobierno de los Estados Unidos de América; CONSIDERANDO Que, según el OF.RE (DGM-DSD-SAM) Nº 2-20- C/13 del 17-05-2013, el Secretario Técnico Alterno del Centro Peruano de Acción contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS) informa a la Fuerza Aérea del Perú sobre la donación que el Gobierno de los Estados Unidos de América ha considerado efectuar en apoyo al proceso de desminado humanitario en la zona de frontera con el Ecuador, por un monto total de US$ 57,000.00 Dólares Americanos (Cincuenta y siete mil con 00/100 Dólares Americanos); Que, el artículo 69º de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular del Pliego de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos; la misma que deberá ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias y; Que, de conformidad con la Ley 28411 – Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto, Ley 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. Estando a lo informado por el Comandante de Operaciones, a lo opinado por el Jefe de Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación dineraria del Gobierno de los Estados Unidos de América, a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú por el monto total de US$ 57,000.00 Dólares Americanos (Cincuenta y siete mil con 00/100 Dólares Americanos), destinado al Desminado Humanitario en el cual participa la Fuerza Aérea del Perú en la Cordillera del Cóndor. Artículo 2º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de América por su importante contribución a nuestro país. Artículo 3º.- Encargar al Centro Peruano de Acción contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS) la supervisión de la ejecución de las donaciones materia de aprobación por parte de la Fuerza Aérea del Perú. Articulo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT y a la Contraloría General de la Republica. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1103178-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales - FONIE en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 DECRETO SUPREMO N° 172-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, compete a este Ministerio formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales en materia de desarrollo e inclusión social; Que, de acuerdo a lo señalado en el artículo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, el Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), tiene por fi nalidad fi nanciar la elaboración de estudios de preinversión, la reformulación de estudios de proyectos de inversión pública que no se encuentren en etapa de ejecución, la ejecución de proyectos de inversión pública, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas jurídicas privadas, con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios básicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de vida en los hogares rurales; Que, de conformidad con el citado artículo 23 de la Ley N° 29951, los recursos del FONIE se incorporan o transfi eren mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas, y de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de este último, detallando los estudios de pre inversión y/o proyectos de inversión pública, los montos de fi nanciamiento y el destinatario de los recursos, según el procedimiento que se establece en el reglamento del FONIE; Que, mediante la Ley N° 29951 y Ley N° 30114, Leyes de Presupuesto para los Años Fiscales 2013 y 2014, respectivamente, se autorizó a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas para depositar un monto de hasta SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000 000,00) en el Año Fiscal 2013 y CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00) en el presente Año Fiscal, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Público al 31 de Diciembre de cada año anterior respectivo; Que, de acuerdo con los artículos 7, 9 y 21 del Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 004- 2013-MIDIS, compete a la Secretaría Técnica de Gestión del FONIE, bajo el ámbito del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la función de evaluar y aprobar las solicitudes presentadas por los sectores para el fi nanciamiento de la pre inversión, inversión y/o mantenimiento de las intervenciones, a cuyo efecto elaborará la lista priorizada de las solicitudes aprobadas; Que, mediante Informe N° 034-2014-MIDIS/VMPES/ FONIE/ST, la Secretaría Técnica de Gestión del FONIE