Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2014 (28/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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El Peruano Sabado 28 de junio de 2014

Aprueban donacion dineraria a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, destinada al Desminado Humanitario en el cual participa la Fuerza Aerea del Peru en la Cordillera del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 478-2014-DE/FAPLima, 26 de junio de 2014 VISTO El Oficio NC-170-GEF3-Nº 1045 del 11-06-2013, mediante el cual el Grupo Aereo Nº 3, solicita la tramitacion de la Resolucion Ministerial que apruebe la donacion dineraria del Gobierno de los Estados Unidos de America; CONSIDERANDO Que, segun el OF.RE (DGM-DSD-SAM) Nº 2-20C/13 del 17-05-2013, el Secretario Tecnico Alterno del Centro Peruano de Accion contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS) informa a la Fuerza Aerea del Peru sobre la donacion que el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA ha considerado efectuar en apoyo al MORDAZA de desminado humanitario en la MORDAZA de frontera con el Ecuador, por un monto total de US$ 57,000.00 Dolares Americanos (Cincuenta y siete mil con 00/100 Dolares Americanos); Que, el articulo 69º de la Ley Nº 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, dispone que las donaciones dinerarias provenientes de Instituciones nacionales o internacionales, publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos publicos; la misma que debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las cinco (05) Unidades Impositivas Tributarias y; Que, de conformidad con la Ley 28411 ­ Ley General de Sistema Nacional de Presupuesto, Ley 29158 ­ Ley Organica del Poder Ejecutivo, Decreto Legislativo Nº 1134 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa. Estando a lo informado por el Comandante de Operaciones, a lo opinado por el Jefe de Estado Mayor General y a lo acordado con el Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion dineraria del Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA, a favor del Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru por el monto total de US$ 57,000.00 Dolares Americanos (Cincuenta y siete mil con 00/100 Dolares Americanos), destinado al Desminado Humanitario en el cual participa la Fuerza Aerea del Peru en la Cordillera del Condor. Articulo 2º.- Agradecer al Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA por su importante contribucion a nuestro pais. Articulo 3º.- Encargar al Centro Peruano de Accion contra las Minas Antipersonal (CONTRAMINAS) la supervision de la ejecucion de las donaciones materia de aprobacion por parte de la Fuerza Aerea del Peru. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administracion Tributaria - SUNAT y a la Contraloria General de la Republica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1103178-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Credito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales - FONIE en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO N° 172-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 29792, Ley de creacion, organizacion y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, compete a este Ministerio formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusion social encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la politica social universal, regular, de competencia sectorial; asi como dictar normas y lineamientos tecnicos para la adecuada ejecucion y supervision de las politicas nacionales en materia de desarrollo e inclusion social; Que, de acuerdo a lo senalado en el articulo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por la Quincuagesima Octava Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, el Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social (MIDIS), tiene por finalidad financiar la elaboracion de estudios de preinversion, la reformulacion de estudios de proyectos de inversion publica que no se encuentren en etapa de ejecucion, la ejecucion de proyectos de inversion publica, y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas juridicas privadas, con el objeto de cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios basicos seleccionados, generando un impacto en el bienestar y mejora de la calidad de MORDAZA en los hogares rurales; Que, de conformidad con el citado articulo 23 de la Ley N° 29951, los recursos del FONIE se incorporan o transfieren mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas, y de Desarrollo e Inclusion Social, a propuesta de este ultimo, detallando los estudios de pre inversion y/o proyectos de inversion publica, los montos de financiamiento y el destinatario de los recursos, segun el procedimiento que se establece en el reglamento del FONIE; Que, mediante la Ley N° 29951 y Ley N° 30114, Leyes de Presupuesto para los Anos Fiscales 2013 y 2014, respectivamente, se autorizo a la Direccion General de Endeudamiento y Tesoro Publico del Ministerio de Economia y Finanzas para depositar un monto de hasta SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 600 000 000,00) en el Ano Fiscal 2013 y CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00) en el presente Ano Fiscal, con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Publico al 31 de Diciembre de cada ano anterior respectivo; Que, de acuerdo con los articulos 7, 9 y 21 del Reglamento del Fondo para la Inclusion Economica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo N° 0042013-MIDIS, compete a la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE, bajo el ambito del Ministerio de Desarrollo e Inclusion Social, la funcion de evaluar y aprobar las solicitudes presentadas por los sectores para el financiamiento de la pre inversion, inversion y/o mantenimiento de las intervenciones, a cuyo efecto elaborara la lista priorizada de las solicitudes aprobadas; Que, mediante Informe N° 034-2014-MIDIS/VMPES/ FONIE/ST, la Secretaria Tecnica de Gestion del FONIE

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