Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2014 (29/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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presupuestarias a nivel institucional con cargo a los recursos asignados a dichos programas, siempre que el pliego habilitado tenga a su cargo productos o proyectos del mismo programa, senalando que dichas transferencias se aprueban mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, a traves de los Informes N°s 100, 101 y 1022014-VIVIENDA-VMVU-PMIB de la Direccion Ejecutiva del Programa de Mejoramiento Integral de MORDAZA y de los Memorandos N°s 200, 202 y 206-2014-VIVIENDA-VMVU, el Viceministerio de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, solicita gestionar dispositivos legales que autoricen transferencias de partidas en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios a favor de diversos Gobiernos Locales, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, los cuales, senala, se encuentran viables en el MORDAZA de la normatividad del Sistema Nacional de Inversion Publica (SNIP), contando con los convenios correspondientes; Que, la Oficina General de Planificacion y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, mediante los Memorandos Nº 1723 y 1734-2014/ VIVIENDA-OGPP, emite opinion favorable en materia presupuestal sobre las transferencias de recursos referidas en el considerando precedente, e informa que cuentan con la disponibilidad presupuestal en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios del Presupuesto Institucional del Ano Fiscal 2014 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ Administracion General, Programa Presupuestal 0108: Mejoramiento Integral de MORDAZA, para financiar la ejecucion de proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, en merito de lo cual, a traves de los Oficios N°s 845 y 854-2014/ VIVIENDA-SG, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita dar tramite a la citada transferencia de recursos; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas a favor de diversos Gobiernos Locales, hasta por la suma de SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 222 900,00), en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, para financiar la ejecucion de quince (15) proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, conforme a lo senalado en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el articulo 11 de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014 y el articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatoria; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1. Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, hasta por la suma de SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 222 900,00), del Pliego Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento a favor de diversos Gobiernos Locales, para financiar la ejecucion de quince (15) proyectos de inversion publica de infraestructura MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA PROGRAMA PRESUPUESTAL PRODUCTO En Nuevos Soles : Gobierno Central 037 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento 001 : Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ­ Administracion General 0108 : Mejoramiento Integral de MORDAZA 3000001 : Acciones Comunes ACTIVIDAD FUENTE DE FINANCIAMIENTO

El Peruano MORDAZA 29 de junio de 2014

5001253 : Transferencia de Recursos para la Ejecucion de Proyectos de Inversion 1 : Recursos Ordinarios 62 222 900,00 --------------------62 222 900,00 ============ En Nuevos Soles Instancias Descentralizadas : Gobiernos Locales 0108 : Mejoramiento Integral de MORDAZA 1 : Recursos Ordinarios 62 222 900,00 --------------------62 222 900,00 ============

GASTO DE CAPITAL 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS A LA: SECCION MORDAZA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL FUENTE DE FINANCIAMIENTO

GASTO DE CAPITAL 2.6. Adquisicion de Activos no Financieros TOTAL EGRESOS

1.2. Los Pliegos habilitados en la seccion MORDAZA del presente articulo y los montos de transferencia por Pliego y Proyecto, se detallan en el Anexo "Transferencia de Partidas para el Financiamiento de Proyectos de Inversion Publica de Infraestructura Urbana", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publica en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento (www.vivienda.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 El Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo, no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Informacion Los Pliegos habilitados informaran al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento los avances fisicos y financieros de la ejecucion de los proyectos a su cargo, con relacion a su cronograma de ejecucion y a las disposiciones contenidas en el convenio y/o adendas correspondientes, para los efectos de las acciones de verificacion y seguimiento a que se refiere el numeral 11.3 del articulo 11 de la Ley N° 30114.

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