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El Peruano Domingo 29 de junio de 2014 526521 respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías que se aplicarían de haberse llevado a cabo el proceso de selección correspondiente. La contratación del bien, servicio u obra objeto de la exoneración, será realizada por el órgano encargado de las contrataciones de la Entidad o el órgano designado para el efecto. El cumplimiento de los requisitos previstos para las exoneraciones, en la Ley y el presente Reglamento, es responsabilidad del Titular del la Entidad y de los funcionarios que intervengan en la decisión y ejecución”; por lo que en el presente caso debe de encomendarse dicha función a la Dirección de Administración, debiendo tener en cuenta que el proveedor cumpla con las condiciones exigidas en los literales b), c), e), h) e i) del artículo 26º de la Ley; que en el presente caso una vez que el área de contrataciones determine que la Empresa Telefónica S.A.C. es único proveedor y que el resumen ejecutivo se encuentre aprobado por el Vicerrector Administrativo, se remita copia de todo lo actuado al Titular del Pliego a efectos de que emita la Resolución de aprobación de exoneración del Proceso de Selección para la Contratación del Servicio de Ancho de Banda de 30 MBPS; en consecuencia por los fundamentos expuestos opina que para emitirse la resolución de exoneración del proceso de selección para la Contratación del Servicio de Ancho de Banda de 30 MBPS; se requiere que previamente se realicen las siguientes acciones: que el área de contrataciones realice el Resumen Ejecutivo en la que se determine que la empresa Telefónica S.A.C., es único proveedor y en el que se va a determinar que tipo de proceso de selección corresponde; que una vez realizado el Resumen Ejecutivo en la que se determina que la Empresa Telefónica es proveedor único, el señor Vicerrector Administrativo apruebe el mismo; que asimismo atendiendo a que existe justifi cación del área usuaria y el presente informe, se debe remitir todo lo actuado al titular del pliego a efectos de que emita la resolución en los siguientes términos: que se exonere el proceso de contratación por proveedor único para el servicio de ampliación de ancho de banda a 30 MBPS, para la Universidad Nacional Hermilio Valdizán de Huánuco, debiendo disponerse la contratación de la empresa Telefónica del Peru S.A.A. en caso de corresponder; que se encomiende a la Dirección General de Administración adopte las acciones complementarias para la contratación de las empresas, debiendo tener en cuenta lo dispuesto en el artículo 135º del Reglamento de Contratación del Estado; que se disponga la publicación de la resolución en el diario ofi cial el peruano y el SEACE dentro de los 10 días hábiles de su emisión, se realice a través de la Dirección de Administración; que se disponga que Secretaria General remita a la contraloría general de la republica la resolución de exoneración y de los informes que la sustentan dentro del plazo de 10 días hábiles siguientes a la fecha de aprobación, con todos sus anexos, con copia a los órganos de control institucional de las entidades que cuenten con dicho órgano; Que la Directora General de Administración(e), con Informe Nº 001-2014-UNHEVAL-DIGA, dirigido al Rector, indica que según folios del 1 al 5 se cuenta con el Contrato Adicional Nº 307-2010-UNHEVAL referente al Servicio de Ampliación de Ancho de Banda de Internet a 10 MBPS y Acceso PRI RDSI realizado entre la UNHEVAL y Telefónica del Perú S.A.A. Las partes suscribieron el Contrato precitado de fecha 04 de octubre del 2010, por la suma de S/. 640 214,12 a todo costo incluido IGV, con un plazo de ejecución de la prestación hasta la culminación de la etapa de implementación del servicio, REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN