Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (29/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Domingo 29 de junio de 2014 526518 conceder la extradición sin cumplir con las formalidades que establece este Tratado, si la persona reclamada, con asistencia letrada, prestare su expresa conformidad después de haber sido informada acerca de sus derechos a un procedimiento de extradición y de la protección que éste brinda”; Que, con Hoja de Estudio y Opinión Nº 198-2014- DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 5 de junio de 2014, el Estado Mayor Personal de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, estima conveniente que el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, autorice el viaje al exterior en comisión del servicio del 3 al 9 de julio de 2014, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Edward Luis FLORES ROMERO y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Edgar Augusto REINA ROJAS, a la ciudad de Madrid, Reino de España, a fi n de que ejecuten la extradición activa simplifi cada del ciudadano peruano Luis Enrique BOCANEGRA MARREROS, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de la Libertad-Trujillo, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de Diógenes Alfonso PÉREZ VILLALOBOS; Que, mediante Memorándum Múltiple Nº 249- 2014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 6 de junio de 2014, el General de Policía Director General de la Policía Nacional del Perú, dispuso la formulación del proyecto de resolución autoritativa de viaje al exterior en comisión del servicio de los funcionarios policiales antes mencionados; cuyos gastos por concepto de viáticos serán sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú del Pliego 007-Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para personal policial y el extraditable, serán asumidos por el Poder Judicial; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepción adicionales a las señaladas en los literales del artículo en mención, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modifi cado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010- 2013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policía Nacional del Perú. SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión del servicio del 3 al 9 de julio de 2014, del Mayor de la Policía Nacional del Perú Edward Luis FLORES ROMERO y del Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Edgar Augusto REINA ROJAS, para que ejecuten la extradición activa simplifi cada del ciudadano peruano Luis Enrique BOCANEGRA MARREROS, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de la Libertad- Trujillo, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de Diógenes Alfonso PÉREZ VILLALOBOS, a realizarse en la ciudad de Madrid, Reino de España, con costo para el Estado peruano. Artículo 2º.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Días Pers. T/C Total S/. Viáticos US$ 540.00 7 X 2 = 7,560.00 2.789 21,084.84 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado para la comisión del servicio, deberán presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente resolución suprema no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros DANIEL URRESTI ELERA Ministro del Interior 1103639-3 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA FE DE ERRATAS ANEXO - RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 125-2014-OS/CD Mediante Ofi cio Nº 75-2014-OS/AAD, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería solicita se publique Fe de Erratas del Anexo de la Resolución OSINERGMIN Nº 125-2014-OS/CD, publicada en la edición del día 22 de junio de 2014. En el título del acápite I del Anexo 2.3.E, página 525820 DICE: I. Requisitos para los Consumidores Directos indicado en los ítems 1 del Alcance: DEBE DECIR: I. Requisitos para los Consumidores Directos indicados en el ítem 1 del Alcance: En el numeral 8 del acápite I del Anexo 2.3.E, página 525820 DICE: 8. ... un profesional colegiado y habilitado.