Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2014 (29/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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conceder la extradicion sin cumplir con las formalidades que establece este Tratado, si la persona reclamada, con asistencia letrada, prestare su expresa conformidad despues de haber sido informada acerca de sus derechos a un procedimiento de extradicion y de la proteccion que este brinda"; Que, con Hoja de Estudio y Opinion Nº 198-2014DIRGEN PNP/EMP-OCNI del 5 de junio de 2014, el Estado Mayor Personal de la Direccion General de la Policia Nacional del Peru, estima conveniente que el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, autorice el viaje al exterior en comision del servicio del 3 al 9 de MORDAZA de 2014, del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, a fin de que ejecuten la extradicion activa simplificada del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de la Libertad-Trujillo, para ser procesado por la presunta comision del delito contra el Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA VILLALOBOS; Que, mediante Memorandum Multiple Nº 2492014-DIRGEN-PNP/EMP-OCNI del 6 de junio de 2014, el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru, dispuso la formulacion del proyecto de resolucion autoritativa de viaje al exterior en comision del servicio de los funcionarios policiales MORDAZA mencionados; cuyos gastos por concepto de viaticos seran sufragados por el Estado peruano, con cargo a la Unidad Ejecutora 002 de la Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru del Pliego 007-Ministerio del Interior y los gastos correspondientes a pasajes e impuestos de viaje para personal policial y el extraditable, seran asumidos por el Poder Judicial; Que, el ultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, respecto a los viajes al extranjero de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepcion adicionales a las senaladas en los literales del articulo en mencion, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el diario oficial "El Peruano"; y, De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado con Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; la Ley N° 29158 - Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014; el Decreto Legislativo Nº 1135 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio del Interior aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0102013-IN y el Decreto Legislativo N° 1148 - Ley de la Policia Nacional del Peru. SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comision del servicio del 3 al 9 de MORDAZA de 2014, del Mayor de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y del Suboficial Brigadier de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que ejecuten la extradicion activa simplificada del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien se encuentra requerido por la Sala Penal Liquidadora Permanente de la Corte Superior de Justicia de la LibertadTrujillo, para ser procesado por la presunta comision del delito contra el Patrimonio-Robo Agravado, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a realizarse en la MORDAZA de MORDAZA, Reino de Espana, con costo para el Estado peruano.

El Peruano MORDAZA 29 de junio de 2014

Articulo 2º.- Los gastos por concepto de viaticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el articulo precedente se efectuaran con cargo a la Unidad Ejecutora 002-Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Importe Dias Pers. Viaticos US$ 540.00 7 X 2 = T/C 7,560.00 2.789 Total S/. 21,084.84

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario de efectuado el viaje, el personal policial designado para la comision del servicio, deberan presentar ante el titular del sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; asi como la rendicion de cuentas debidamente documentada por los viaticos asignados. Articulo 4º.- La presente resolucion suprema no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente resolucion suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA URRESTI MORDAZA Ministro del Interior 1103639-3

ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
FE DE ERRATAS ANEXO - RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 125-2014-OS/CD Mediante Oficio Nº 75-2014-OS/AAD, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria solicita se publique Fe de Erratas del Anexo de la Resolucion OSINERGMIN Nº 125-2014-OS/CD, publicada en la edicion del dia 22 de junio de 2014. En el titulo del acapite I del Anexo 2.3.E, pagina 525820 DICE: I. Requisitos para los Consumidores Directos indicado en los items 1 del Alcance: DEBE DECIR: I. Requisitos para los Consumidores indicados en el item 1 del Alcance: Directos

En el numeral 8 del acapite I del Anexo 2.3.E, pagina 525820 DICE: 8. ... un profesional colegiado y habilitado.

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