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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE JUNIO DEL AÑO 2014 (30/06/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Lunes 30 de junio de 2014 526559 Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1167 dispone que se transfi era al Instituto de Gestión de Servicios de Salud, las funciones que corresponden a las Direcciones de Salud II Lima Sur, IV Lima Este y V Lima Ciudad, referidas a la conducción de la gestión de la operación y prestación de servicios de salud de los establecimientos de salud públicos bajo su dependencia. Asimismo, se autoriza al Ministerio de Salud a transferir al Instituto de Gestión de Servicios de Salud el acervo documentario, sistemas informáticos, activos, pasivos, recursos, bienes muebles e inmuebles y otros asignados, para lo cual se conformará una Comisión de Transferencia; Que, la citada Disposición Complementaria Final establece además que el Instituto de Gestión de Servicios de Salud asume los recursos humanos de los Institutos Especializados, Hospitales del tercer nivel de atención, Direcciones de Red de Salud que incluye a sus Hospitales de segundo nivel de atención, del Programa denominado “Sistema de Atención Móvil de Urgencia – SAMU” y los recursos humanos de las DISA V Lima Ciudad, IV Lima Este y II Lima Sur que correspondan; Que, mediante Resolución Ministerial N° 217-2014/ MINSA se conforma la Comisión de Transferencia de Salud encargada del proceso de transferencia antes señalado, la cual formuló diversas recomendaciones destinadas a realizar un proceso de transferencia ordenado, consignadas en el “Informe de Transferencia Especifi cado en la Fase I del Plan Presentado, remitido mediante Ofi cio N° 003-2014-COMISIÓN TRANSFERENCIA/MINSA; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1753- 2002-SA/DM, modifi cada por Resolución Ministerial N° 367-2005/MINSA, se aprobó la Directiva del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos e Insumos Médico Quirúrgicos (SISMED), con la fi nalidad de mejorar el acceso de la población de menores recursos a medicamentos esenciales e insumos médico - quirúrgicos; siendo de obligatorio cumplimiento por las Direcciones de Salud y Hospitales, entre otros;