Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2014 (30/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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c. Coordinar la incorporacion de los proyectos de inversion en el presupuesto institucional correspondiente. d. Apoyar al Comite de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el presupuesto participativo. e. Coordinar, a pedido del Comite de Vigilancia, las reuniones de trabajo necesarias. f. Otras funciones que le asigne el Concejo Municipal. Articulo 18º.- Forma de eleccion de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital a. La convocatoria a la eleccion de los cuatro (4) representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital, se ejecuta mediante decreto de alcaldia. b. La Gerencia de Participacion Vecinal, responsable del Libro de Registro Unico de Organizaciones Sociales, publicara el Padron Electoral en la pagina web institucional de la municipalidad, dentro de los diez (10) dias habiles de emitido el Decreto de Alcaldia correspondiente. La Gerencia de Participacion Vecinal depurara el Padron Electoral solicitando la actualizacion de la documentacion que obra en el Registro Unico de Organizaciones Sociales. Unicamente podran ser parte del Consejo en mencion aquellas organizaciones que cumplan los requisitos previstos en la Ordenanza Nº 275-MM, al momento de la apertura del padron. Los representantes de las organizaciones sociales podran inscribir a sus candidatos hasta diez (10) dias habiles despues de publicado el Padron Electoral. c. Las impugnaciones a las candidaturas se presentaran ante la Gerencia de Participacion Vecinal, dentro de los dos (2) dias habiles posteriores al cierre de inscripciones de candidaturas. Al termino de dicho plazo, la mencionada gerencia contara con dos (2) dias habiles para resolver las impugnaciones, emitiendo la resolucion correspondiente, la misma que tiene caracter de irrecurrible. Articulo 19º.- Del MORDAZA Electoral El Comite Electoral del MORDAZA de eleccion de los cuatro (4) representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital estara conformado por: Gerente de Participacion Vecinal, quien lo presidira; Gerente de Desarrollo Humano y Gerente de Planificacion y Presupuesto. Tienen derecho a votar los representantes de las organizaciones sociales inscritas en el Padron Electoral. El dia de la eleccion, a la hora programada, los representantes presentes en el acto electoral recibiran una cedula de sufragio donde emitiran su MORDAZA hasta por cuatro (4) candidatos de su preferencia. Luego del escrutinio seran proclamados los cuatro (4) representantes de la Sociedad Civil que logren la mayor cantidad de votos ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital. En caso de empate, se repetira la votacion entre los candidatos empatados. El Comite Electoral publicara los resultados y las actas de asistencia al MORDAZA en el MORDAZA institucional de la Municipalidad de Miraflores, en un plazo no mayor de dos (2) dias habiles luego de producida la eleccion y proclamacion. Articulo 20º.- De la instalacion y funcionamiento del Consejo de Coordinacion Local Distrital a. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores se instalara cuando asi lo convoque el Alcalde. b. El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores se reune de manera ordinaria dos (2) veces al ano, y extraordinariamente cuando asi lo convoque el Alcalde. c. El quorum de las sesiones se establece con la mitad mas uno (1) de sus miembros. De no alcanzar el quorum reglamentario se realizara una nueva convocatoria en los siguientes treinta (30) minutos, iniciandose con los integrantes que estuvieran presentes. d. Los acuerdos que adopte el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores se obtendran

El Peruano Lunes 30 de junio de 2014

mediante votacion mayoritaria entre sus integrantes. El MORDAZA tiene MORDAZA dirimente en la aprobacion de los acuerdos. e. Los representantes de la Sociedad Civil dentro del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores en ningun caso percibiran dietas, viaticos u otro MORDAZA de asignacion de parte de la municipalidad. Titulo VI Del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo 2015 Articulo 21º.- Fases del MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo 2015 a. Preparacion b. Concertacion c. Coordinacion d. Formalizacion El MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2015 se desarrollara de acuerdo al Cronograma de Actividades que obra en el Anexo1 y que es parte integrante de la presente ordenanza. Articulo 22º.- Preparacion, convocatoria y registro La fase de preparacion del MORDAZA estara a cargo del Equipo Tecnico y comprende la ejecucion de las acciones de comunicacion, sensibilizacion, convocatoria, identificacion y capacitacion de los agentes participantes para el adecuado desarrollo del proceso; segun como sigue: a. Durante el MORDAZA del Presupuesto Participativo se desarrollaran mecanismos de comunicacion a fin de que la poblacion se encuentre debidamente informada sobre los avances y resultados del MORDAZA, para lo cual pueden utilizar diversos medios de comunicacion, incluyendo los portales electronicos, entre otros. b. La sensibilizacion es de suma importancia con la finalidad de promover la participacion responsable de la sociedad civil organizada en la gestion del desarrollo local y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen. Es necesario que la sociedad civil se involucre en el desarrollo del MORDAZA, a fin que con su participacion contribuyan al desarrollo local. c. La convocatoria programada por el Equipo Tecnico del MORDAZA se difundira haciendo uso de los medios de comunicacion adecuados para el ambito de su jurisdiccion, a fin de garantizar una correcta y eficiente comunicacion con los agentes participantes. d. La identificacion y registro de agentes participantes se efectuara a traves de las formas de registro establecidas en el Articulo 8 de la presente ordenanza. e. Capacitacion de agentes participantes, mediante talleres de capacitacion y programas de desarrollo de capacidades para estos. Las capacitaciones deben ser permanentes, ajustandose a las necesidades y caracteristicas de la poblacion del distrito. Articulo 23º.- De los talleres del Presupuesto Participativo Dentro de los talleres y/o reuniones vecinales es necesario reglamentar la participacion de los agentes participantes en los mismos, resultando aplicables en todas las reuniones vecinales en el MORDAZA del MORDAZA del Presupuesto Participativo de acuerdo al siguiente detalle: a. Todos los talleres se realizaran de acuerdo al Cronograma de Actividades aprobado; si se modifica el mismo, se publicara a traves de la pagina web el dia, hora y lugar del taller con la debida anticipacion. b. Los talleres se realizaran en el lugar descrito en el Cronograma de Actividades y a la hora programada. c. Las personas naturales residentes en Miraflores pueden ingresar a los talleres, siempre y cuando registren en el padron los siguientes datos: nombres y apellidos, direccion, numero de DNI y firma correspondiente.

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