Norma Legal Oficial del día 30 de junio del año 2014 (30/06/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Lunes 30 de junio de 2014

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Los acuerdos y actividades ordinarias se registraran en un libro de actas, a ser entregado por la Gerencia de Participacion Vecinal al inicio de sus funciones, y podra ser solicitado por dicha gerencia en cualquier etapa del proceso. Titulo V Sobre el Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores Articulo 15º.- Conformacion del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores El Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores estara conformado por: a. El MORDAZA, quien lo preside, pudiendo delegar la presidencia en el MORDAZA Alcalde. b. Los nueve (9) regidores del Concejo Municipal. c. Los cuatro (4) representantes de la Sociedad Civil elegidos. Articulo 16º.- De los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinacion Local Distrital Los representantes de la Sociedad Civil son elegidos democraticamente y ejercen su cargo por un periodo de dos (2) anos, salvo que no sustenten domicilio dentro de la jurisdiccion del distrito de Miraflores o que cesen sus actividades propias en el distrito de Miraflores al momento de inicio del MORDAZA del presupuesto participativo, o al momento de entrada en vigencia de la presente ordenanza. La Gerencia de Participacion Vecinal emitira la resolucion respectiva, la cual tendra caracter de irrecurrible al sustentar cualquiera de las dos causales descritas en el parrafo anterior. Articulo 17º.- Funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital Son funciones del Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores: a. Verificar que el MORDAZA de Formulacion del Presupuesto Participativo se sujete a lo establecido en el Plan de Desarrollo Local Concertado de Miraflores. b. Participar y promover de forma activa el MORDAZA, dentro de sus competencias, y atender a las convocatorias realizadas por el Equipo Tecnico.

Articulo 13º.- Funciones del Comite de Vigilancia Son funciones del Comite de Vigilancia: a. Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del MORDAZA del Presupuesto Participativo en la aprobacion y ejecucion del Presupuesto Institucional, verificando que contengan proyectos priorizados de acuerdo a los montos que fueron asignados y acordados en el proceso. b. Vigilar que la municipalidad cuente con un cronograma aprobado de ejecucion de obras correspondiente a los proyectos priorizados en el MORDAZA participativo, a fin de facilitar la vigilancia. c. Vigilar que los recursos de la municipalidad destinados al Presupuesto Participativo de cada ano fiscal sea invertido de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d. Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofinanciamiento de los proyectos de inversion, si los hubiera, incluidos en el MORDAZA participativo. e. Solicitar formalmente al MORDAZA, de acuerdo a las normas de transparencia, la informacion que requiera para desarrollar de forma adecuada las tareas de vigilancia. f. Informar al Concejo Municipal, Consejo de Coordinacion Local Distrital de Miraflores, Contraloria General de la Republica, Ministerio Publico, Defensoria del Pueblo y otras dependencias publicas especializadas, el incumplimiento de los acuerdos suscritos en el MORDAZA de Presupuesto Participativo. g. Informar semestralmente al Consejo de Coordinacion Local Distrital sobre los resultados de la vigilancia. A fin de ejecutar las acciones previstas el Comite de Vigilancia esta exonerado del pago de los derechos de MORDAZA de los documentos solicitados, siempre y cuando MORDAZA documentos necesarios para la ejecucion de los fines previstos. Articulo 14º.- Reuniones y adopcion de acuerdos El Comite de Vigilancia del Presupuesto Participativo se reunira de forma ordinaria, trimestralmente, para elaborar el informe sobre los avances y resultados de la vigilancia, el cual se informara al Consejo de Coordinacion Local Distrital y a la Sociedad Civil, a traves de la pagina web institucional. Los cinco (5) miembros elegidos designaran a un (1) representante ante la municipalidad, para la realizacion de las coordinaciones necesarias con respecto a sus tareas.

REQUISITO PARA PUBLICACI N DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan mas de una pagina, se adjuntara un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe.
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