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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2014 (05/03/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Miércoles 5 de marzo de 2014 518112 De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modifi catoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Segundo Paolo CHIRICHIGNO Méndez, CIP. 00096283 y DNI. 44385354, para que participe en el Curso de Especialización en Análisis de Inteligencia Estratégica, a realizarse en el Instituto de Inteligencia de las Fuerzas Armadas Argentina, ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 5 de marzo al 17 de diciembre de 2014. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima US$ 1,400.00 US$ 1,400.00 Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero: US$ 2,400.00 / 31 x 27 días (marzo) US$ 2,090.32 US$ 2,400.00 x 8 meses (abril – noviembre) US$ 19,200.00 US$ 2,400.00 / 31 x 17 días (diciembre) US$ 1,316.13 Gastos de Traslado (ida y retorno): (equipaje, bagaje e instalación) US$ 2,400.00 x 2 compensaciones US$ 4,800.00 TOTAL A PAGAR: US$ 28,806.45 Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, considerando las posteriores actualizaciones de la Compensación Extraordinaria Mensual durante el período de viaje autorizado, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6º.- El Ofi cial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7º.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8º.- El citado Ofi cial Subalterno, está impedido de solicitar su pase a la Situación de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la normativa de la materia. Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República RENÉ CORNEJO DÍAZ Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1057269-2 Aprueban “Directiva General que regula el procedimiento para la contratación del personal altamente calificado en el Sector Defensa” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2014-DE Lima, 3 de marzo de 2014 VISTOS: El Ofi cio Nº 212-2014-MINDEF/DM de 25 de febrero de 2014, del Jefe de Gabinete de Asesores; y, el Informe Legal de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y dicta otras disposiciones, se reguló la contratación de profesionales altamente califi cados para ocupar puestos en las entidades públicas del Poder Ejecutivo; Que, con Resolución Ministerial Nº 343-2012-DE/SG del 23 de marzo de 2012 se aprobó la Directiva General Nº 011-2012-DE/, “Procedimiento para la aplicación de la Ley Nº 29806 que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 032-2012-EF, en el Sector Defensa”; Que, con Decreto Supremo Nº 026-2014-EF se modifi ca el Reglamento de la Ley Nº 29806; Que, en ese sentido, resulta necesario dejar sin efecto la Directiva General Nº 011-2012-DE/, a fi n de contar con un nuevo instrumento que se adecúe a las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 026-2014-EF; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 37) del artículo 10º del Decreto Legislativo N° 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Directiva General Nº 011-2012-DE/, “Procedimiento para la aplicación de la Ley Nº 29806 que regula la contratación de personal altamente califi cado en el Sector Público y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2012-EF, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 032-2012-EF, en el Sector Defensa”, aprobada por Resolución Ministerial Nº 343-2012-DE/SG del 23 de marzo de 2012. Artículo 2º.- Aprobar la Directiva General N° 05-2014- MINDEF/ “Directiva General que regula el procedimiento para la contratación del personal altamente califi cado en el Sector Defensa”, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución.